Test Teoría de la Constitución
Un Partido Político conservador y tradicionalista, contrario a la
equiparación del hombre y de la mujer y a la descentralización
política, cuya inscripción en el Registro de partidos ha sido denegada
por perseguir fines antidemocráticos, organiza una serie de actividades
públicas para sus afiliados y simpatizantes para oponerse al proyecto
gubernamental de reforma de la Constitución dirigido a suprimir la
preferencia del varón sobre la mujer en la sucesión a la Jefatura del
Estado y convertir al Senado en una auténtica cámara de representación
territorial. Una de ellas consiste en organizar una manifestación en
Madrid a favor de la recuperación de los valores sociales y morales
tradicionales, la otra en presentar ante la Mesa del Congreso de los
Diputados una iniciativa popular de reforma constitucional en la que se
pide la modificación del art. 69 CE, suprimiendo los senadores de
designación por las Comunidades Autónomas, y una modificación del art.
14 CE exigiendo que se suprima la mención al sexo entre las
prohibiciones de discriminación. La Mesa del Congreso de los Diputados
inadmite a trámite la iniciativa por versar sobre una materia excluida
de ella. Entre tanto las dos Cámaras han aprobado la reforma propuesta
por el Gobierno por una mayoría de 2/3 cada una, y ésta se ha
promulgado, sancionado y publicado, entrado en vigor sin celebrar un
referéndum, a pesar de que lo habían pedido un grupo de diputados y
senadores que constituían una décima parte de el conjunto de las
Cortes. Los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado disuelven la
manifestación con base en la falta de desarrollo legal de las
condiciones de ejercicio de ese derecho.
1.-El Partido Politico Conservador...
Es un órgano del Estado, pues como se ve
puede ejercer funciones públicasRespuesta
incorrecta en nuestro ordenamiento los partidos políticos son
una forma especial, protegida por la garantía institucional del art. 6
debido a las funciones públicas que desempeñan, de ejercicio del
derecho de asociación, esto es, son asociaciones privadas y no órganos
del Estado (STC 3/1981)
No necesita estar inscrito para tener
personalidad jurídicaRespuesta incorrecta La
personalidad jurídica se adquiere con la inscripción del partido en el
registro de partidos (art. 3.2 Ley 6/2000 de partidos)
-
No ha de perseguir fines democráticos sino
únicamente poseer una estructura, funcionamiento y actividad
democráticosRespuesta correcta ¡Correcta!
Como la CE no consagra una democracia militante y cabe la persecución
de cualesquiera fines mediante la reforma total de la constitución, la
única exigencia que lógicamente podía imponerle el art. 6 a los
partidos no era la persecución de fines democráticos sino la estructura
y organización democráticas.
Solo puede contar entre sus afiliados con
ciudadanos españolesRespuesta incorrecta Es
necesario ser español para crear el partido (art. 1.1 Ley de partidos)
pero no para afiliarse a él, pues al ser asociaciones privadas el
derecho a asociarse es un derecho de titularidad de todas las personas
2.-La disolución de la manifestación por la policía..
Es ajustada a derecho porque los fines
proclamados en la manifestación por el partido promotor no son
democráticosRespuesta incorrecta No
hay democracia militante en España, y por tanto si los fines no son
delictivos, es decir, si no implican el uso de medios ilegales, no se
puede disolver una manifestación por perseguir fines antidemocráticos
-
Es inconstitucional, puesto que el derecho
de asociación está garantizado directamente por la CE, sin necesidad de
ley que lo desarrolleRespuesta correcta La
CE, en tanto norma suprema, goza de eficacia directa, y algunas de sus
prescripciones, de aplicabilidad directa por los tribunales ante los
que los ciudadanos pueden invocarlas cuando les garanticen derechos
subjetivos. Tal es el caso de los derechos fundamentales del Capítulo
II entre los que se encuentra el derecho de manifestación del art. 21
CE
Es perfectamente constitucional puesto que
las disposiciones constitucionales sobre derechos solo son invocables
ante la jurisdicción ordinaria en los términos de las leyes que los
desarrollenRespuesta incorrecta No es
el caso de los derechos fundamentales del Capítulo II que, sensu
contrario de lo dispuesto en el art. 53.3 CE respecto de los principios
rectores del Capítulo III, son invocables directamente por los
ciudadanos ante los tribunales en los términos en los que la CE los ha
garantizado incluso en ausencia de leyes que los desarrollen
Es constitucional pues la policía, en
tanto Administración Pública, solo está sometida a la ley y al derecho,
pero no a la ConstituciónRespuesta
incorrecta El sometimiento a la Ley y al derecho del art. 103.1
CE no excluye el sometimiento a la Constitución, que en tanto norma
suprema ha de ser entendida dentro del genérico "ley", pues ya en el
art. 9.1 CE se indica el sometimiento a la CE de los poderes públicos,
entre los que se encuentra la Administración
3.-La inadmisión a trámite de la iniciativa de reforma
constitucional propuesta por el Partido Político Conservador...
-
Es correcta porque no cabe la iniciativa
popular en la reforma constitucionalRespuesta
correcta Conforme al art. 166 CE la iniciativa de reforma se
ejercerá en los términos del art. 87.1 y 2 CE, es decir por iniciativa
del Gobierno, de cualquiera de las Cámaras y de las CC.AA., pero no por
la iniciativa popular del art. 87.3 CE
Es incorrecta porque no afecta a ninguna
de las materias excluidas de la iniciativa popularRespuesta incorrecta La reforma constitucional es
una materia que implícitamente (por la remisión a los aprtados 2 y 3
del art. 87 CE) está excluida de la iniciativa popular.
Es correcta porque el art. 14 CE no es
susceptible de revisión constitucionalRespuesta
incorrecta Conforme a los arts. 167 y 168 CE no hay ningún
límite material (explícito o implícito) a la reforma constitucional y
por tanto no hay ningún precepto irreformable.
Es incorrecta porque no hay límites
materiales a la reforma de la constituciónRespuesta
incorrecta Que no haya límites materiales a la reforma no
quiere decir que no se pueda inadmitir una iniciativa por razones
orgánico-procedimentales, como en este caso, por no ser competente para
presentarla el colectivo de ciudadanos que ejercen la iniciativa
popular.
4.-La tramitación de la reforma constitucional propuesta por
el Gobierno...
Es inconstitucional sólo por no haber
realizado el referéndum solicitadoRespuesta
incorrecta El procedimiento correcto para la reforma es el del
art. 168 CE que requiere más que la convocatoria del referéndum.
Es inconstitucional por no haber sido
aprobada por la mayoría de 3/5Respuesta
incorrecta La mayoría a la que se refiere la respuesta es la del
procedimiento simple de reforma del art. 167 CE y la que se requeriría
aquí es la mayoría de 2/3 del procedimiento agravado del art. 168 CE
Es constitucional porque el referéndum han
de pedirlo una décima parte de diputados o senadores por separadoRespuesta incorrecta El referéndum al que hace
referencia esta respuesta es el potestativo del art. 167 CE y el que se
requeriría aquí el preceptivo del art. 168 CE
-
Es inconstitucional por no haber disuelto
las cámaras, vuelto a aprobar por idéntica mayoría la reforma y por no
haber sometido a referéndum la reforma aprobadaRespuesta correcta El procedimiento correcto es
el del art. 168 CE que requiere lo que aquí se indica
5.-El contenido de la reforma aprobada por el Gobierno
-
Debe tramitarse por el procedimiento del
art. 168Respuesta correcta ¡
Respuesta Correcta ! Pues afecta al Título Preliminar y al Título II
Debe tramitarse por el procedimiento del
art. 167Respuesta incorrecta Al
afectar al Título Preliminar y al Título II queda fuera del art. 167 CE
Es inconstitucional porque desconoce la
indisoluble unidad de la nación españolaRespuesta
incorrecta La indisoluble unidad de la nación española, en tanto
parte del Título Preliminar, también es modificable por la vía del
art. 168 CE
Es inconstitucional por alterar la
configuración histórica de la institución de la monarquíaRespuesta incorrecta La configuración
constitucional de la monarquía, siga o no la tradición histórica,
en tanto parte del Título II, también es modificable por la vía del
art. 168 CE
ABC, español de 20 años residente en Madrid y cumpliendo condena de
privación de libertad por sentencia firme, se presenta como candidato a
las elecciones a Cortes Generales en la lista de una agrupación de
electores de Asturias. La Junta Electoral Provincial se niega a
proclamar candidato a ABC. En la circunscripción de Asturias se eligen 8
Diputados y se presentan 5 candidaturas. Cada una propone 8 candidatos
y 4 suplentes, especificando el orden en que deben ser elegidos.
Celebradas las elecciones y realizado el escrutinio, a una de las
candidaturas se le niega la aplicación de la fórmula electoral, pues no
ha obtenido el 3% de los votos válidamente emitidos en la
circunscripción
6.-La Junta Electoral puede negar la proclamación a ABC...
-
Por estar privado de libertad por sentencia
firme mientras dure la condenaRespuesta
correcta ¡Correcta! Conforme al art. 6.2 LOREG es causa de
inelgibilidad condena por sentencia firme a privación de libertad.
por residir fuera de la provincia en la
que se presenta como candidatoRespuesta
incorrecta No es causa de inelegibilidad la falta de residencia
en la circunscripción
porque las agrupaciones de electores NO
pueden presentar candidaturasRespuesta
incorrecta Las agrupaciones de electores pueden presentar
candidaturas (art. 44 c) LOREG)
solo si incurre en causa de
inelegibilidad, pues la condena a privación de libertad no excluye el
derecho de sufragio pasivoRespuesta
incorrecta Si incurre en las causas de inelegibilidad distintas
de la privación de libertad por sentencia firme TAMBIéN debe no ser
proclamado, pero no sólo en ese caso sino también en el de privación de
libertad (Art. 6 LOREG)
7.-Contra la decisión de la Junta Electoral de no proclamarle
candidato...
debe recurrirse primero ante la Junta
Electoral provincial y luego a la jurisdicción
contencioso-administrativaRespuesta
incorrecta No, pues el recurso según el art. 49 LOREG es directo
ante la jurisdicción contencioso-administrativa
-
cabe recurso directamente ante la
jurisdicción contencioso-administrativaRespuesta
correcta ¡Correcta! Conforme al art. 49 LOREG se interpone
directamete el recurso contra la proclamación (y la no proclamación) de
candidaturas ante la jurisdicción contencioso-administrativa
debe recurrirse primero ante la Junta
Electoral Central y luego a la jurisdicción contencioso-administrativaRespuesta incorrecta No, pues el recurso según
el art. 49 LOREG es directo ante la jurisdicción
contencioso-administrativa
No cabe en ningún caso recurrir en amparo
electoral ante el Tribunal Constitucional una vez agotada la vía
jurisdiccional ordinaria previaRespuesta
incorrecta No, pues cabe recurso ante la jursdicción
contencioso-administrativa ordinaria (art. 49.1 LOREG)y si este fracasa
el recurspo de amparo constitucional ante el Tribunal Constitucional
(art. 49.3 LOREG)
8.-La agrupación de electores necesita para poder presentar la
candidatura en Asturias...
-
el aval de un número de firmas de personas
inscritas en el censo electoral de AsturiasRespuesta
correcta Así lo establece el art. 169.3 LOREG para las
elecciones al Congreso y al Senado
estar inscrita en el Registro de partidos,
pues no es otra cosa que una unión de partidosRespuesta incorrecta La agrupación de electores
no tiene que estar inscrita en el Registro de partidos porque ni es ni
tiene por qué tener que ver con ningún partido político
el aval de algún partido político que
presente su candidatura en AsturiasRespuesta
incorrecta No necesita el aval de ningún partido porque es una
manifestación complementaria de la participación de los ciudadasnos al
margen de los partidos en la formación de la voluntad general,
concurriendo a los procedimientos electorales
el aval de un número de firmas de personas
inscritas en el censo electoral de cualquier provincia de EspañaRespuesta incorrecta El aval debe venir de los
electores de la circunscripción en la que la agrupación quiere
presentar la candidatura, lo cual es consecuencia de que el cuerpo
electoral sea múltiple en las elecciones al Congreso y al Senado y
coincida no con toda España sino con cada una de las provincias
9.-En el caso...
-
La circunscripción de Asturias es
territorial y plurinominalRespuesta correcta
¡Correcta! es territorial porque la definición de quién (los
electores de Asturias) elige a cuántos diputados se hace conforme a una
demarcación territorial: la provincia; y es plurinominal porque se
elige a más de un candidato
El tipo de voto es de listas abiertasRespuesta incorrecta las listas son cerradas y
bloqueadas en las elecciones al congreso (art. 169.2)
Los 8 diputados se repartirán entre las
listas votadas conforme a una fórmula mayoritariaRespuesta incorrecta En las elecciones al
congreso, la fórmula que se aplica es la fórmula del art. 163 LOREG
(D'hont), que es proporcional, no mayoritaria
La lista más votada obtendrá los 8
diputados conforme a una fórmula proporcionalRespuesta incorrecta Para que la lista más votada
obtenga todos los escaños, la fórmula tiene que qer mayoritaria, lo
que no ocurre en las elecciones al Congreso
10.-La barrera legal aplicada en el supuesto...
Debería haber sido del 5% y no del 3%Respuesta incorrecta Conforme al art. 163.1 a)
LOREG es del 3% en las elecciones al Congreso. El 5% es según el art.
180 LOREG la barrera electoral para las elecciones municipales
NO le es aplicable a la Agrupación de
electores si hubiese obtenido por lo menos un diputadoRespuesta incorrecta La barrera electoral es
aplicable a todas las candidaturas sin distinción entre las de los
partidos políticos y las de agrupaciones de electores, y precisamente
lo que impide a quienes no obtengan el porcentaje mínimo de votos es
acceder al reparto de escaños
Se debería haber calculado teniendo en
cuenta los votos válidamente emitidos en todas las circunscripciones a
las que se hayan presentado candidaturasRespuesta
incorrecta La barrera electoral se calcula teniendo en cuenta
los votos válidamente emitidos en la circunscripción (art. 163.1 a)
LOREG) en la que se va a aplicar la fórmula electoral, porque se trata
del ámbito en el que actúa el cuerpo electoral de la provincia
-
Suele carecer de efectos prácticos en
circunscripciones pequeñas o medianas como la de AsturiasRespuesta correcta ¡Correcta! La razón de ello es
que en tales circunscripciones incluso algunos partidos que superan el
3% de la barrera electoral se quedan sin escaños en el reparto porque
el tamaño pequeño o mediano de la tarta (circunscripción) hace que con
la aplicación de la formula proporcional no se puedan repartir lo
suficiente como para que todas las candidaturas obtengan escaños
Un grupo de ciudadanos que fueron bautizados durante su minoría de
edad bajo el régimen anterior a la CE de 1978, al cumplir 18 años
solicitan de la Iglesia Católica, al amparo de su libertad religiosa y
de asociación, la salida de la misma y la baja absoluta de cualquiera
de los registros en los que están inscritos como fieles católicos. Ante
la negativa de la Iglesia, los ciudadanos recurren a los tribunales
que desestiman la pretensión, razonando que no existe legislación que
desarrolle el derecho a darse de baja de las asociaciones religiosas
pues los Tratados Internacionales que regulan las relaciones entre el
Estado español y la Iglesia Católica nada dicen al respecto, y que la
entrada en vigor de las libertades constitucionales no permite derogar
situaciones inconstitucionales nacidas con anterioridad a ella. Ante
ello, los ciudadanos presentan una iniciativa de reforma constitucional
para que se modifique el art. 16 CE y se contemple expresamente el
derecho a abandonar una asociación religiosa y la prohibición de ayudas
estatales a cualesquiera religiones, incluida la católica.
11.-Los ciudadanos
-
Pueden invocar su liberad religiosa y su
libertad negativa de asociación desde la entrada en vigor de la
Constitución pues ésta goza de eficacia directaRespuesta correcta La libertad religiosa (art.
16 CE) es una norma constitucional y como tal goza de eficacia directa,
sin necesidad de intermediación del legislador, pero además esa
eficacia directa en invocable por los propios ciudadanos al amparo de
los previsto en el art. 53.3 CE, que sólo excluye esa invocabildiad
directa para los principios rectores de la política social y económica
del Capítulo III del Título I
Necesitan, como razonan los tribunales, de
una ley que desarrolle sus derechos fundamentales para que sean
eficacesRespuesta incorrecta No se
necesita una ley para que los derechos fundamentales, garantizados por
la CE, sean eficaces, porque eso sería tanto como negarle su supremacía
frente al legislador, que con su simple inactividad podría disponer de
la obligatoriedad y vinculación de los preceptos constitucionales que
contienen esos derechos
No pueden hacer valer sus derechos frente a
la Iglesia Católica porque la Constitución no prima sobre los tratados
internacionales celebrados con ellaRespuesta
incorrecta La CE tiene supremacía sobre todas las normas y
sobre todos los poderes públicos (el art. 9.1 CE no hace distinción
alguna), incluidos los tratados internacionales, que conforme al art.
96 CE formarán parte de nuestro ordenamiento una vez "válidamente"
celebrados, es decir, siempre que respeten las condiciones de validez
que les impone la Constitución
no tienen derecho a salirse de una
organización religiosa, pues la CE no respeta el pluralismo religiosoRespuesta incorrecta La CE respeta el pluralismo
político y la libertad como valores superiores (art. 1.1 CE) y como
concreción de ello la libertad religiosa como derecho fundamental (art.
16 CE) que es un elemento garantista del pluralismo religioso. Esa
libertad es tanto positiva (profesar la religión que uno quiera) como
negativa (no profesar ninguna y dejar de profesarla, saliéndose de una
Iglesia, si uno la ha profesado previamente).
12.-La reforma de la Constitución propuesta
Se tramitará por el procedimiento
legislativo ordinarioRespuesta incorrecta La
reforma constitucional se tramita por un procedimiento especial,
previsto en el Título X CE (arts. 166-169) que no coincide con el
legislativo ordinario
Debe ser aprobada por las 3/5 partes de
cada Cámara y ratificada en referéndum por el PuebloRespuesta incorrecta Concretamente la
modificación propuesta, al referirse al art. 16 CE, afecta a la Sección
1ª del Capítulo II del Título I, lo que según el art. 168 CE obliga a
que la reforma requiera una mayoría de 2/3 en cada Cámara y otros
requisitos procedimentales, y no la mayoría de 3/5 del procedimiento
simple de reforma del art. 167 CE
Debe ser ratificada por 2/3 partes de cada
Cámara y ratificada en referéndum solo si lo pide una décima parte de
los diputados o los senadoresRespuesta
incorrecta Este es el procedimiento del art. 167 CE para las
reformas que no afecten a las materias del art. 168, entre las que
están las que afecten a las Sección 1ª del Capítulo II del Título I, en
la que se encuentra la libertad religiosa del art. 16.
-
No debe ser tramitada, pues no cabe la
iniciativa legislativa popularRespuesta
correcta ¡Correcta! Conforme al art. 166 CE, la iniciativa de
reforma se ejerce en los términos del art. 87.1 y 2, es decir,
iniciativa del Congreso, Senado o Gobierno, e iniciativa de las CC.AA.,
pero no se menciona el art. 87.3, de la iniciativa popular, por lo que
ésta queda excluida como forma de impulsar la reforma constitucional.
De ahí que al no ser los proponentes ninguno de los sujetos del art.
87.1 y 2 CE, la propuesta de reforma no debiera ser tramitada
13.-Las normas de la CE sobre la libertad de conciencia y el derecho
de asociación
-
Poseen, entre otra, eficacia interpretativaRespuesta correcta ¡Correcta! poseen, como todas
las normas constitucionales, eficacia interpretativa, consecuencia de
su supremacía, lo que las convierte en criterio de interpretación de
las lagunas o dudas interpretativas que surjan al aplicar las normas
infraconstitucionales, sin perjuicio de que,a demás puedan tener otra
eficacia reforzada
Solo son principios políticos sin eficacia
jurídica mientras no exista desarrollo legal de los mismosRespuesta incorrecta Como ya se dijo, conforme al
art. 53.3 a sensu contrario, los derechos fudnamentales del Capítulo
II (entre los que se encuentran la libertad de conciencia del art. 16 y
el derecho de asociación del art. 22) no necesitan desarrollo legal
para tener eficacia directa y ser invocables directamente ante los
tribunales por los ciudadanos, por lo que su eficacia vá más allá de la
mera eficacia interpretativa
vinculan a los poderes públicos, pero no a
los ciudadanosRespuesta incorrecta La
libertad de conciencia y el derecho de asociación, en tanto normas
constitucionales, forman parte de la CE, que según el art. 9.1. vincula
a poderes públicos y a ciudadanos.
Tienen más valor que las normas
constitucionales de organización y procedimientoRespuesta incorrecta Estas normas dogmáticas
tienen el mismo valor normativo que las normas orgánicas (de
organización y procedimiento) porque comparten con éstas la
característica de la supremacía, sin perjuuicio de que su eficacia
directa se pueda plasmar de una forma diversa a la de las normas
orgánicas.
14.-Los tribunales ordinarios
-
Deben interpretar los tratados con la
Iglesia Católica de conformidad con las normas constitucionalesRespuesta correcta ¡Correcta! es una
consecuencia de la eficacia interpretativa de las normas
constitucionales, expresión de su supremacía
Solo podrían amparar las pretensiones de
los ciudadanos recurrentes si hubiese legislación ordinaria que
desarrolle los derechos constitucionales invocadosRespuesta incorrecta Conforme al art. 53.3 CE no
es necesaria una ley de desarrollo de los derechos del Capítulo II del
Título I para invocar ante los tribunales dichos derechos, y por tanto
para que éstos los amparen
No pueden aplicar directamente la
Constitución porque, dado el carácter abstracto de las normas
constitucionales, ello generaría gran inseguridad jurídicaRespuesta incorrecta El carácter abstracto de
las normas constitucionales, especialmente de las de derechos, es algo
deliberadamente querido por la Constitución una garantía de
posibilidades de actuación para los beneficiarios de esos derechos (los
ciudadanos) y por tanto no es una quiebra de la seguridad jurídica sino
un refuerzo de las expectativas que como normas supremas pretenden
garantizar los preceptos constitucionales que las contienen
deben aplicar siempre todas las normas
constitucionales que les invoquen los ciudadanos, pues todas tienen los
mismos efectos normativosRespuesta
incorrecta Como ya se dijo, todas las normas constitucionales
tienen el mismo valor, pues todas son normas supremas, pero no todas
plasman su eficacia directa de la misma manera\: las hay que son
invocables directamente ante los tribunales y las hay que no (art. 53. 3
CE)
15.-En atención a su contenido, la propuesta de reforma
constitucional
Debería tramitarse por el procedimiento
del art. 167 CERespuesta incorrecta No,
pues afecta al contenido del art. 168 (los derechos de la sección 1ª
del Capítulo II del Título I), por lo que debe tramitarse por el
procedimiento de este último artículo
Es ilícita pues afecta a una materia no
susceptible de reforma constitucionalRespuesta
incorrecta Conforme al art. 168 CE, no hay materias
irreformables
-
Debería tramitarse por el procedimiento del
art. 168 CERespuesta correcta ¡Correcta!
Pues afecta al contenido del art. 168 (los derechos de la sección 1ª
del Capítulo II del Título I)
No podría seguir tramitándose si se
declara un estado de crisis del art. 116 CERespuesta
incorrecta La prohibición del art. 169 se refiere a la
iniciativa de una reforma constitucional bajo los estados de crisis o
en tiempo de guerra, pero no impide que se continúe una reforma
iniciada antes de estos supuestos cuando después se declarase alguno de
los mismos
Ante la falta de afiliados dispuestos a concurrir como candidatos a
las elecciones al Congreso, tres partidos forman una coalición y
presentan candidaturas conjuntas en la que proponen como suplentes a
las mismas personas en las circunscripciones de Vizcaya, álava y
Guipúzcoa. Durante el periodo electoral, pero antes de celebrarse la
votación, un individuo, que cumple los requisitos exigidos para ser
elector, observa que no aparece en el Censo electoral.
16.-Señale la respuesta correcta
Sólo los afiliados a un partido pueden ser
incluidos en las candidaturas que éste elabore, sin que se pueda
incluir en ellas a candidatos independientesRespuesta
incorrecta No es necesario estar afiliado a un partido para ser
candidato, pues no lo requiere ningún precepto de la LOREG
cada uno de los partidos que forman la
coalición, si tuviera candidatos suficientes, podría presentar en esas
circunscripciones, además de su candidatura conjunta, sus respectivas
candidaturas a título individualRespuesta
incorrecta Lo prohíbe el Art. 44.3 LOREG
-
en contra de lo que ocurre en el caso, una
persona sólo puede aparecer como candidato en una lista y en una
circunscripciónRespuesta correcta ¡Correcta!
Así lo dispone el art. 46.6 LOREG. Es lógico, si se tiene en cuenta
que cada circunscripción es un cuerpo electoral distinto que va a
desempeñar la función de elegir y si además se tiene en cuenta que
también el derecho de sufragio pasivo debe ser igual
tal y como ocurre en el caso, una persona
puede aparecer como candidato en varias circunscripciones, si en todas
ellas lo es a título de suplenteRespuesta
incorrecta No es posible aparecer como candidato en varias
circunscripciones ni a título de suplente pues la prohibición del art.
46.6 LOREG es absoluta
17.-La coalición que han formado esos tres partidos
debe inscribirse en el registro de
partidosRespuesta incorrecta La
coalición no es un partido político sino una agrupación de partidos ya
inscritos por separado, a los efectos de concurrir a unas elecciones,
por eso no debe incribirse en el registro de partidos
-
debe comunicar su formación a la Junta
Electoral competenteRespuesta correcta ¡Correcta!
Así lo requiere el art. 44.2 LOREG; como lógica consecuencia de su
agrupación formal para presentarse a las elecciones bajo una misma
candidatura
debe contar con el aval de un número de
firmas acreditadas para poder concurrir a las eleccionesRespuesta incorrecta El aval es necesario para la
agrupación de electores (art. 169.3 LOREG) pero no para las
coaliciones electorales de partidos
tiene personalidad jurídica propiaRespuesta incorrecta La coalición de partidos es
una agrupación temporal de partidos para fines electorales que ni
adquiere personalidad jurídica propia ni necesita inscribirse en el
registro de partidos, sino sólo comunicar su existencia a la junta
electoral competente (art. 44.2 LOREG)
18.-La proclamación de esas listas por las Juntas Electorales
competentes sería
recurrible ante la Junta Electoral CentralRespuesta incorrecta Conforme al art. 49 LOREG
la proclamación de candidatos es recurrible directamente ante la
jurisdicción contencioso-administrativa y cabe recurso previo ante la
Junta electoral Central
directamente recurrible ante el Tribunal
ConstitucionalRespuesta incorrecta El
recurso ante el TC es, según el art. 49.3 LOREG es subsidiaria (no
directa)del previo recurso ante la jurisdicción
contencioso-administrativa ordinaria
-
recurrible en vía contencioso-administrativaRespuesta correcta ¡Correcta! la proclamación de
candidatos es recurrible directamente ante la jurisdicción
contencioso-administrativa según el art. 49 LOREG
irrecurribleRespuesta
incorrecta Es recurrible judicialmente y ante el TC, según el
art. 49 LOREG
19.-Señale la respuesta correcta
-
Las circunscripciones mencionadas son
territoriales, plurinominales y múltiplesRespuesta
correcta ¡Correcta! Son territoriales porque se definen conforme
al criterio de la extensión de un ente territorial como la provincia,
plurinominales porque el cuerpo electoral elije en la circunscripción a
más de un escaño y múltiples porque hay más de una circunscripción en
la que cada cuerpo electoral elije a sus escaños dentro de un mismo
proceso electoral
Las mencionadas candidaturas obtendrán
todos los escaños en juego, si resultan ser las más votadas en las
circunscripciones en las que se presentanRespuesta
incorrecta Es incorrecto porque la fórmula electoral en las
elecciones al congreso es proporcional (D'hont) y los escaños se
atribuyen a las candidaturas presentadas que hayan superado la barrera
electoral del 3% en proporción a los votos obtenidos (art. 163 LOREG).
Para que fuese así la fórmula tendría que ser mayoritaria
A las mencionadas candidaturas se les
aplicará la fórmula electoral D`Hondt, sea cual sea el número de votos
que obtenganRespuesta incorrecta Para
aplicar la fórmula D'hont es requisito haber superado la barrera
electoral del 3% (art. 163.1 a) LOREG)
En las elecciones mencionadas en el caso,
los electores podrán elaborar sus candidaturas, eligiendo entre todos
los candidatos de las listas que concurrenRespuesta
incorrecta Para que elloo fuese así el voto tendría que ser de
listas abiertas y múltiple, lo que ocurre en las elecciones al Senado
pero no en las elecciones al congreso, donde el voto es único, de
listas cerradas y bloqueadas y el elector no puede hacer otra cosa que
elegir la lista, pero sin cambiar nada en ella (art. 169.2 Y 171.1
LOREG)
20.-El elector NO incluido en el censo electoral
puede reclamar ante la Junta electoral
provincialRespuesta incorrecta Coonforme
al art. 39.3 LORE no es competente la Junta electoral para conocer de
esos recursos,sino la Delegación provincial de la Oficina del Censo
electoral
puede recurrir directamente al
contencioso-administrativoRespuesta
incorrecta Conforme al art. 39.3 LOREG debe recurrir primero
ante la Delegación provincial de la Oficina del Censo electoral, y sólo
si esta no le atiende acudir al los tribunales, que en el período
electoral serán los del orden civil (juzgado de primera instancia)
conforme al art. 40 LOREG
-
puede reclamar ante la Delegación provincial
de la oficina del Censo electoralRespuesta
correcta ¡Correcta! Así se establece en el art. 39.3 LOREG
NO es titular del derecho de sufragio
activoRespuesta incorrecta La
inscripción en el censo electoral es declarativa y no constitutiva de
la titularidad del sufragio, o lo que es lo mismo, es condición para su
ejercicio pero no para su titularidad (art. 2.3 LOREG)
El principal partido de la oposición se manifiesta contrario a la
reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña propuesta por el
Parlamento de esta Comunidad Autónoma y aprobada las Cortes Generales
pues la considera una reforma constitucional encubierta que vacía al
Estado de competencias y atenta contra la soberanía nacional. Como
consecuencia de su oposición a dicha reforma del Estatuto organiza
diversos actos públicos y entre ellos una recogida de firmas para
reclamar un referéndum sobre la decisión política de reformar el
Estatuto catalán.
21.-Conforme a la clásica doctrina de la soberanía nacional:
-
la Nación es el ente colectivo abstracto al
que se atribuye la titularidad del poderRespuesta
correcta ¡Correcta! Para la soberanía nacional clásica la nación
es un ente abstracto, que por su abstracción sólo puede ser titular
pero no ejercer el poder por sí misma, sino a través de sus
representantes
corresponde a la Nación la titularidad y
el ejercicio de todo el poderRespuesta
incorrecta La nación sólo es titular del poder, pero por su
abstracción no puede ejercerlo por sí misma y lo tiene que hacer a
través de sus representantes
la Nación está compuesta por la suma o
agregado de los habitantes en un territorio en un tiempo determinadoRespuesta incorrecta Conforme al dogma de la
soberanía nacional la nación es abstracta, es para la soberanía popular
para la que el pueblo está compuesto de la suma o agregado de los que
habitan un territorio
a la Nación sólo le corresponde el
ejercicio del poder ejecutivoRespuesta
incorrecta La nación no ejerce por sí misma ningún poder, pero
es titular de TODOS los poderes, y sus repreentantes los ejercen TODOS
22.-La participación del individuo mediante la iniciativa
legislativa popular en la formación de la voluntad del Estado
-
está excluida en materias propias de ley
orgánica, como la reforma de los Estatutos de AutonomíaRespuesta correcta ¡Correcta! Conforme al art.
87.3 CE no cabe iniciativa legislativa popular en materia de ley
orgánica y conforme al art. 81 CE son leyes orgánicas las que aprueban
los Estatutos (y sus reformas conforme al art. 147.3 CE) de autonomía
es consecuencia de su carácter socialRespuesta incorrecta la iniciativa popular
supone participación de la sociedad en el Estado y no del Estado en la
sociedad que es lo que demanda el Estado social
no es compatible con el principio de
Estado de derechoRespuesta incorrecta La
participación democrática que conlleva la iniciativa popular es
compatible con el Estado de derecho. Es más, requiere del Estado de
derecho para organizar la forma de participación y sirve al Estado de
derecho para reforzar la legitimidad y, por tanto, la eficacia de las
normas jurídicas
es consecuencia del carácter prejurídico y
soberano del puebloRespuesta incorrecta No
hay un pueblo prejurídico y soberano, puesto que es necesario que el
derecho defina quien pertenece a ese pueblo y quién no y quién
perteneciendo puede participar y quién no, lo que niega la soberanía
(desvinculación de normas y poder absoluto) de los integrantes de ese
colectivo que ni siquiera pueden autodefinirse a sí mismos
23.-Conforme al principio dispositivo del art. 2 CE,
-
la organización territorial del nuestro
Estado en CC.AA. era posible pero no necesariaRespuesta correcta ¡Correcta! El art. 2 y el art.
143 CE dicen que "podrán" y ello depende de la inciiativa de
municipios y provincias o entes preautonómicos (Disposición Transitoria
1ª CE)
las CC.AA. disfrutan de mera autonomía
administrativaRespuesta incorrecta La
autonomía del art. 2 y del art. 137 CE, referida a las CC.AA., es
política y de naturaleza distinta a la mera autonomía administrativa de
municipios y provincias, tal y como ha puesto de relieve en múltiples
ocasiones el TC
las Comunidades Autónomas dispusieron su
integración en el Estado español pactando la ConstituciónRespuesta incorrecta Las CC.AA. no existen antes
del Estado español, ni siquiera antes de la CE. Son producto de una Ley
del Estado, la Ley orgánica que las establece a través de su Estatuto
de autonomía (Art. 147 CE), y no de un pacto entre unos sujetos
previamente inexistentes (las CC.AA.) y el EStado español
las Cortes Generales puede configurar
libremente el alcance y contenido de la autonomía, como si España fuese
un Estado federalRespuesta incorrecta Las
Cortes, al tramitar la Ley Orgánica de Estatuto de Autonomía, pueden
rechazar el proyecto y pueden enmendarlo, pero al hacer esto último no
pueden intentar vulnerar indirectamente la CE y convertir la autonomía
de la C.A. a crear en una mera autonomía administrativa de un ente
local, porque la CE ha querido que, de haber CC.AA., éstas tengan
autonomía política de un contenido político superior al de la autonomía
de oos entes locales. Por eso no son absolutamente libres para
configurar el alcance y contenido de la autonomía de las CC.AA.
24.-La conversión del Estado de las autonomías en un Estado federal
requiere ser tramitada como reforma
constitucional y aprobada por mayoría de tres quintos de cada cámaraRespuesta incorrecta Sí requiere ser aprobada
por reforma constitucional, pero, dado que afecta al Título Preliminar
(al art. 2 CE), tendría que hacerse por la vía agravada del art. 168,
en el que las mayorías son superiores a los 3/5 (2/3).
-
requiere ser tramitada como reforma
constitucional y aprobada por mayoría de dos tercios de cada cámara y
sometido a referéndum preceptivamenteRespuesta
correcta ¡Correcta! Así se desprende de la aplicación del art.
168 CE, dado que afectaría a una de las materias reservadas a este
procedimiento agravado (el Título Preliminar)
no es posible pues la forma de
organización territorial del Estado es inmodificableRespuesta incorrecta conforme al art. 168 CE, no
hay materias irreformables, no existen cláusulas de intangibilidad ni
límites materiales implícitos a la reforma constitucional
no requiere la modificación de la CE de
1978, bastando la reforma de los Estatutos de Autonomía de cada uno de
los territorios autonómicosRespuesta
incorrecta El Estado autonómico definido por la CE en el art. 2 y
en el Título VIII no es ni estructural ni formalmente un Estado
federal, aunque el nivel de descentralización territorial pueda ser tan
elevado como en él, luego trasformarlo en un Estado federal implica un
cambio de la Constitución y por consiguiente es necesaria la reforma
constitucional
25.-La participación directa del ciudadano en la adopción de
decisiones políticas, como la de reformar el Estatuto de Autonomía de
Cataluña,
se puede articular a través del referéndum
de reforma constitucionalRespuesta
incorrecta No es necesario un referéndum de reforma
constitucional para reformar un estatuto de autonomía que es una ley
orgánica
se puede articular a través de las
elecciones a Cortes generales periódicasRespuesta
incorrecta Las elecciones a Cortes Generales son una forma de
participación política indirecta a través de representantes, no de
participación directa (art. 23 CE)
-
se puede articular a través del plebiscito
previsto en el art. 92 CE convocado por el Presidente del GobiernoRespuesta correcta ¡Correcta! El plebiscito, en
tanto convocatoria del cuerpo electoral a manifestarse sobre una
decisión política, es una forma de participación directa, con
independencia de si es vinculante o no, y se regula en el art. 92 CE.
El Presidente del Gobierno podría considerar relevante la cuestión
política de si los ciudadanos españoles considerar necesario que las
Cortes aprueben la reforma de la Ley orgánica del Estatuto de Autonomía
de cualquier Comunidad autónoma y para conocer la opinión de los
ciudadanos españoles está este plebiscito (mal llamado referéndum
consultivo)
es preceptiva siempre que se reunan
500.000 firmas que lo solicitenRespuesta
incorrecta Las 500.000 firmas son necesarias para solicitar la
iniciativa legislativa popular(art. 87.3 CE) pero no tienen ningún
efecto jurídico en la convocatoria de un plebiscito que sólo procede en
los supuestos del art. 92 CE y en los demás previstos en la
Constitución
Un colectivo de ciudadanos forma un partido político con el objetivo
de concurrir a las próximas elecciones generales. Entre los fines del
partido, declarados en sus estatutos, aparece impulsar mediante la
iniciativa legislativa popular una modificación constitucional que
suprima el art. 2 y el Título VIII CE y que contemple la asunción por
el Estado de todas las competencias que actualmente tienen las
Comunidades Autónomas. Al tratar de inscribir el partido en el
registro, el encargado de éste se niega a inscribirlo por considerar que
sus fines estatutarios son contrarios al principio autonómico. Del
mismo modo, Mesa del Congreso de los Diputados inadmite a trámite la
proposición de reforma constitucional presentada por la directiva del
partido en el sentido antes indicado, con el argumento de que dicha
materia no es susceptible de iniciativa popular. La directiva del
partido presenta un recurso judicial en el que impugna la Resolución
del registro y la Resolución de la Mesa del Congreso, alegando la
vulneración de los arts. 22 y 6 CE, que reconocen el derecho de
asociación y de creación de partidos políticos y del art. 1 que
atribuye la soberanía nacional al pueblo español, al que no se le
podría privar de su ejercicio mediante la iniciativa legislativa
popular, y garantiza el pluralismo político, del que son expresión los
partidos.
26.-El dogma de la soberanía nacional
atribuye la titularidad y ejercicio de
todos los poderes a la NaciónRespuesta
incorrecta La nación sólo es titular del poder, pero por su
abstracción no puede ejercerlo por sí misma y lo tiene que hacer a
través de sus representantes
atribuye la titularidad de la soberanía al
ParlamentoRespuesta incorrecta Para
la soberanía nacional clásica la nación es el titular de la soberanía y
no el Parlamento, pero como es un ente abstracto, que por su
abstracción no lo puede ejercer, se sirve del parlamento para ejercerlo
atribuye la titularidad de la soberanía al
pueblo como suma de ciudadanos realmente existentesRespuesta incorrecta Ese es el dogma de la
soberanía popular, no de la soberanía nacional.
-
distingue entre la titularidad del poder,
que corresponde a la Nación como un sujeto colectivo abstracto, y el
ejercicio del poder por los órganos del EstadoRespuesta correcta ¡Correcta! Para la soberanía
nacional clásica la nación es el titular de la soberanía, pero como es
un ente abstracto, que por su abstracción no lo puede ejercer, se sirve
del parlamento y los demás órganos del Estado para ejercerlo
27.-La reforma de la Constitución española de 1978 que propone el
partido
No es posible llevarla a cabo legalmente
pues afecta a materias, como el principio autonómico, que son
intangiblesRespuesta incorrecta conforme
al art. 168 CE, no hay materias irreformables, no existen cláusulas de
intangibilidad ni límites materiales implícitos a la reforma
constitucional
-
es posible realizarla siempre que se utilice
el procedimiento establecido en el artículo 168Respuesta correcta ¡Correcta! Así se desprende de
la aplicación del art. 168 CE, dado que afectaría a una de las
materias reservadas a este procedimiento agravado (el Título
Preliminar)
Sólo requeriría la ratificación por el
cuerpo electoral si lo solicitasen 1/10 de diputados o de senadoresRespuesta incorrecta Requiere ser aprobada por
reforma constitucional, pero, dado que afecta al Título Preliminar
tendría que hacerse por la vía agravada del art. 168, en el que el
referéndum es imperativo (se tiene que realizar en todo caso) y no
potestativo (a petición de 1/10 de diputados o de senadores)
requeriría el voto favorable de todas las
Asambleas Legislativas de las Comunidades AutónomasRespuesta incorrecta Conforme a los arts. 166 a
169 CE, las Asambleas legislativas de las CC.AA.no intervienen en el
procedimiento de reforma constitucional más que en la iniciativa
(impulsando que se tramite) pero no en la aprobación de la reforma.
28.-La supremacía jurídico-positiva de la CE de 1978
-
obliga al órgano judicial que resuelva el
recurso a enjuiciar la Resolución del registro conforme a los artículos
6 y 22 CERespuesta correcta ¡Correcta!
La Constituciópn es norma suprema, tiene eficacia directa, especial y
obliga a todos los poderes públicos,incluidos los jueces (art. 9.1 CE),
por lo que sus normas deben ser utilizadas por los Tribunales para
resolver los asuntos que se les planteen, sobre todo, si, además, como
sucede con los derechos de los arts. 6 y 22, se trata de normas
directamente invocables ante los tribunales por los particulares (art.
53 CE sensu contrario)
Sólo la poseen las normas que garantizan
los derechos y libertades y la división de poderesRespuesta incorrecta Todas las normas
constitucionales poseen supremacía, con independencia de su contenido,
pues el art. 9.1 CE habla de La constitución, y no distingue entre un
tipo de normas y otras. Otra cosa es que esa supremacía se traduzca en
un tipo u otro tipo de eficacia directa
Sólo la puede hacer valer el Tribunal
ConstitucionalRespuesta incorrecta El
tribunal Constitucional es el supremo guardian de la Constitución,
pues entre sus funciones (art.s 161 ss CE) están la de controlar la
constitucionalidad de muchos actos jurídicos contrarios a la
Constitución, pero eso no queire decir que sea el único. Dado que la
Constitución vincula a TODOS LOS PODERES PúBLICOS (Art. 9.1 CE) los
demás también están obligados, dentro de sus competencias definidas
constitucional y legalmente, a hacerla valer.
Sólo la poseen las normas
orgánico-procedimentales de la ConstituciónRespuesta
incorrecta Todas las normas constitucionales poseen supremacía,
con independencia de su contenido, pues el art. 9.1 CE habla de La
constitución, y no distingue entre un tipo de normas y otras. Otra cosa
es que esa supremacía se traduzca en un tipo u otro tipo de eficacia
directa
29.-Constituiría un mecanismo de “defensa de la Constitución
El control constitucional de la Resolución
del registro de partidosRespuesta
incorrecta El control de constitucionalidad de la resolución del
registro es independiente de unos valores materiales metapositivos
previos a la Constitución, y únicamente pretende hacer valer la
supremacía formal de la Constitución con independencia de su contenido
La existencia de un procedimiento agravado
para llevar a cabo la reforma constitucional propuesta.Respuesta incorrecta El procedimiento agravado de
reforma constitucional es un mecanismo para dotar de más estabilidad
en el tiempo a los contenidos de la reforma constitucional, pero en
ningún caso pretende que ciertos contenidos sean -por su naturaleza
suprapositiva y más valiosa- inmodificables, y con ello se conviertan
en una especie de constitución material que hay que defender
-
La intangibilidad para el poder de reforma
constitucional de ciertos principios como el de Estado autonómicoRespuesta correcta ¡Correcta! Precisamente que
ciertos contenidos sean inmodificables es lo que hace pensar en que
ello es así porque se parte de su naturaleza suprapositiva y más
valiosa, y con ello se convierten en una especie de constitución
material que hay que defender frente al dinamismo (positividad) del
derecho constitucional positivo
El control constitucional de la Resolución
de la Mesa del CongresoRespuesta incorrecta
El control de constitucionalidad de la resolución de la Mesa
del Congreso es independiente de unos valores materiales metapositivos
previos a la Constitución, y únicamente pretende hacer valer la
supremacía formal de la Constitución con independencia de su contenido
30.-El pluralismo político garantizado en el art.
Es un valor que carece de consecuencias
jurídicas, por lo que no puede ser alegado por el partido siRespuesta incorrecta Dado que el pluralismo
aparece en el art. 1.1 CE como valor superior del ordenamiento español
es norma constitucional y goza de la supremacía, con lo que tiene la
eficacia jurídica de todas las normas constitucionales (eficacia
derogatoria, eficacia interpretativa y eficacia directa), aunque sea en
términos muy abstractos
-
impide la exclusión de cualesquiera fines de
los partidos políticos por extremos que éstos sean, siempre que
respeten los procedimientos democráticosRespuesta
correcta ¡Correcta! Una manifestación de la eficacia normativa
delpluralismo es que deben permitirse y formentarse la pluralidad de
finalidades polítcas dentro del ordenamiento jurídico, pues son
expresión nde la pluralidad polìtica que debe existir en la sociedad
es un valor superior del ordenamiento que
solo obliga en el interior del Estado-aparato, pero no en la sociedadRespuesta incorrecta El pluralismo como valor
superior del ordenamiento jurídico obliga a los poderes públicos (en el
interior del Estado aparato) perotambién a los particulares (Estado
comunidad) pues es una norma copnstitucional que conforme al art. 9.1
vincula a todos (poderes públicos y ciudadanos)
es un valor del ordenamiento que solo lo
expresan los partidos políticos inscritos.Respuesta
incorrecta El pluralismo se extiende a toda la sociedad y lo
expresan los actores del proceso electoral, que puden ser tanto
partidos políticos como agrupaciones de electores no partidistas, pero
también los ciudadanos individuales y los grupos que no son partidfos
políicos en la vida cotidiana en socedad cuando ejercitan sus derechos
fundamentales y se manifiestan, se expresan, se reunen, se asocian,
votan, etc...
31.-La participación exigida por el principio democrático se
articula en la CE mediante
la iniciativa legislativa popular sin
exclusión de ninguna materiaRespuesta
incorrecta Es cierto que la iniciativa popular es manifestación
de la participación democrática, pero en nuestra constitución tiene
vedadas, conforme a los art.s 87.3, art. 134 y art. 166 CE, ciertas
materias que no pueden ser objeto de iniociativa popular, como las de
ley orgánica, las internacionales, las tributarias, la prerrogativa de
gracia,las presupuestarias y la reforma constitucional
-
la elección de representantes en elecciones
periódicas por sufragio universalRespuesta
correcta ¡Correcta!El art. 23 CE así lo dispone
el referéndum preceptivo en todos los
procesos de reforma constitucionalRespuesta
incorrecta El referéndum es también una forma de participación
democrática (directa), pero solo es preceptivo en los casos de reforma
agravada por el procedimiento del art. 168 CE, pues en los de reforma
constitucional simple del art. 167 CE es potestativo (sólo se celebra
si lo piden 1/10 de diputados o senadores)
el mandato imperativo de los
parlamentarios que permita a los electores revocar su elecciónRespuesta incorrecta Los electores no pueden
revocar elmandato de los parlamentarios porque la Constitución prohibe
el mandato imperativo para diputados y senadores(art. 67.2)
32.-El Estado de Derecho se caracteriza por
el establecimiento de fines estatales a la
actividad de los partidos políticosRespuesta
incorrecta Eso es el Estaod social
la necesidad de promover la igualdad real y
efectiva de todos los partidos políticosRespuesta
incorrecta Eso es también se refiere a los tipos de fines a la
actividad estatal que suele conllevar el Estado social
la previsión de ayudas económicas a la
actividad del partido políticoRespuesta
incorrecta Que el partido se vea ayudado mpara ejercer el
derecho de asociación con financiación pública es expresión del Estado
social, pues supone interferir en la libre actividad de los
particulaes, y del Estado democrático, pues la finalidad con la que se
hace es facilitar la participación de los ciudadanos en la formación de
la voluntad política del Estado al tener más opciones políticas (que
representan los partidos) entre las que elegir
-
la posibilidad de acceso a la tutela
judicial efectiva del partido políticoRespuesta
correcta ¡Correcta! La tutela por órganos del Estado
indepenbdientes, inamovibles, responsables y sometidos en exclusiva al
imperio de la ley (organos judiciales) es una característica del Estado
de derecho, pues es una forma de hacer efectivo a través de las
accions que ejerzan los particulares que toda actividad de poder
público está sometida al derecho y en particular a la ley parlamentaria,
anulando los actos que sean contrarios a la Constitución o a las demás
normas del odenamiento
33.-La autonomía que quiere suprimir el partido político es,
conforme a la CE de 1978
-
de naturaleza políticaRespuesta correcta ¡Correcta! Así lo ha
establecido desde el principio nuestro Tribunal Constitucional para
distinguir la autonomía de las CC.AA. (art. 2 CE) de la de municipios y
provincias (art. 137 CE)
Consecuencia de la exclusiva voluntad
política de las CC.AA. de acceder a su autogobiernoRespuesta incorrecta Las CC.AA. no existen ants
de que se impulse su constitución, pero incluso los territorios que
impùlasn dicha constitución (nacionalidades y regiones) jurçidicamente
conformados en municipios,provincias y entes preautonómicos, no bastan
por sí solos para culminar el proceso de acceso al autogobierno, puesto
que el art. 146 CE determina que deberá el proyecto de Estatuto de
autonomía por el que quieran acceder al autogobierno deberá ser
aprobado por las Cortes Generales como ley (orgánica según el art. 81
CE). luego hace falta también la voluntad de las Cortes Generales
de caracter administrativoRespuesta incorrecta Las CC.AA. tienen autonomía
política y no meramente administrativa, que es porpia de municipios y
provincias
expresión de la Soberanía compartida de
los pueblos de EspañaRespuesta incorrecta La
soberanía nacional corresponde al pueblo español como unidad, conforme
al art. 1.2 CE, y no a una suma o agregado de pueblos, por lo que el
autogobierno no es expresión de esa inexistente soberanía de los
pueblos de España
34.-La CE garantiza a las Comunidades Autónomas
que sólo con su consentimiento se podrá
reformar el artículo 1 y el Título VIII de la ConstituciónRespuesta incorrecta La reforma de los Estatutos
requiere en la iniciativa el consentimiento de la C.A., pero no basta,
pues la reforma -igual que el Estatuto reformado- debe ser aprobado
como ley orgánica porlas Cortes Generales (art. 147.3 CE)
que el control de sus normas sólo podrá
llevarlo a cabo el Tribunal ConstitucionalRespuesta
incorrecta Las normas de las CC.AA. son controlables por el
Tribunal Constitucional (control de constitucionalidad), pero también
por los Tribunales ordinarios (control de legalidad), por el Gobierno
(control político de las competencias delegadas por ley del art. 150 CE
o control excepcional en caso de incumplimiento atentatorio
gravememnte contra el interés general del art. 155 CE), o por el
Tribunal de Cuentas (control económico presupuestario). Así lo
establece el art. 153 CE
-
que dispondrán de autonomía financiera y
recursos económicos propiosRespuesta
correcta ¡Correcta! Sin autonomía financiera no hay verdadero
ejercuicio eficaz de la autonomía política. Por eso el art. 156 CE les
garanbtiza autonomía financiera a las CC.AA. y el art. 157 CE
enumera sus recursos
que sus Estatutos sólo podrán reformarse
con la aprobación del cuerpo electoral de ámbito nacionalRespuesta incorrecta El referéndum al que hace
referencia el art. 152.2 CE para la reforma de los Estatutos de
autopnomía hace referencia a los electores del territorio de la C.A.,
por lo que el cuerpo electoral que interviene es el de la C.A. no el
nacional.
35.-El partido político
Sólo podría ser disuelto, ante su no
inscripción en el registro, por el Tribunal ConstitucionalRespuesta incorrecta La CE no contiene un fuero
jurisdiccional especial privilegiado para que solo el TC sea el
competente para disolver los partidos. Conforme al art. 22.4 CE, éstos
en tanto asociaciones, sólo pueden ser disueltas por resolución
judicial motivada(de cualquier tribunal ordinario que según las leyes
procesales sea competente)
Se podría financiar a través de
aportaciones privadas no finalistas de cualquier importeRespuesta incorrecta Conforme al art. 5.3 b) de
la Ley orgánica 3/1987 de financiación de partidos las aportaciones
privadas no pueden superar los 60.000 euros por persona y año
-
Necesita estar inscrito y tener
representantes electos para percibir financiación públicaRespuesta correcta ¡Correcta! Así se desprende
del art 3 de la Ley orgánica 3/1987 de financiación de partidos
Se podría financiar con aportaciones
privadas de carácter finalistaRespuesta
incorrecta Conforme al art. 5.1 de la Ley orgánica 3/1987 de
financiación de partidos las aportaciones privadas no pueden ser
finalistas
Un colectivo de ciudadanos forma un partido político con el objetivo
de concurrir a las próximas elecciones generales. Entre sus propuestas
políticas se encuentra reformar la Constitución española de 1978 para
que el Estado convoque un referéndum entre los ciudadanos del País
Vasco de modo que éstos, en ejercicio de su soberanía, decidan sobre su
independencia. Meses antes de las elecciones, los directivos del
partido presentan una iniciativa legislativa popular para que las
Cortes Generales aprueben un proyecto de Ley orgánica por el que el
Estado transfiera al País Vasco la competencia para autorizar
referéndums. Dicha iniciativa es inadmitida a trámite sin justificación
alguna por la Mesa del Congreso de los Diputados. Los directivos del
partido convocan una manifestación en contra de la decisión de la Mesa y
la recurren jurisdiccionalmente, alegando la vulneración de los arts.
1 y 23 CE.
36.-Conforme a la CE de 1978,
-
la titularidad y ejercicio de todos los
poderes corresponde a la NaciónRespuesta
incorrecta Incorrecta. La CE señala en su art.1.2 que la
soberanía nacional reside en el pueblo español, "del que emanan todos
los poderes".
-
la titularidad de la soberanía corresponde a
los distintos pueblos y naciones de España, incluido el Pueblo vascoRespuesta incorrecta Incorrecta. Según el
art.1.2 de la CE, la soberanía nacional reside en el pueblo español; y
según el art.2.1 de la CE, la Constitución se fundamenta en la
indisoluble unidad de la Nación española.
-
el Pueblo español tiene únicamente la
titularidad de la soberaníaRespuesta
incorrecta Incorrecto. Según el art.23.1 de la CE, los ciudadanos
tienen derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por
medio de representantes, de forma que también participan en el
ejercicio de la soberanía.
-
los ciudadanos tienen derecho a participar
en condiciones de de igualdad en el ejercicio de la soberanía del Pueblo
español. Respuesta correcta igualdad en el
ejercicio de la soberanía del Pueblo español. Correcta. Según el
art.23.1 de la CE, los ciudadanos tienen derecho a participar en los
asuntos públicos, directamente o por medio de representantes; y el 23.2
el derecho a acceder en igualdad a las funciones y cargos públicos. Por
lo demás, el art.14 CE señala la igualdad de los españoles ante la ley.
37.-La independencia del País Vasco propuesta por el partido
-
No es posible llevarla a cabo mediante una
reforma constitucional, pues la unidad de España prevista en el art. 2
CE es inmodificableRespuesta incorrecta Incorrecta.
El art.168 CE permite una reforma total de nuestra Constitución, por lo
que no existen límites materiales a la reforma.
-
requeriría la ratificación en referéndum por
el cuerpo electoral del País Vasco si lo solicitasen 1/10 de diputados
o de senadoresRespuesta incorrecta Incorrecta.
El referendum previsto para la reforma de la Constitución de 1978 debe
realizarlo, en todo caso, el cuerpo electoral nacional.
-
sería posible siempre que se modifique la CE
de 1978 por el procedimiento del artículo 168Respuesta correcta Correcta. El art.168 fija el
procedimiento a seguir para reformar, entre otras materias, el Título
Preliminar de la Constitución.
-
requeriría el voto previo favorable de la
Asamblea Legislativa del País Vasco, ya que afecta a su Estatuto de
AutonomíaRespuesta incorrecta Incorrecta.
Se trata de una reforma de la CE, y en su aprobación participan las
Cortes Generales y el cuerpo electoral nacional. Los Estatutos de
Autonomía son, en todo caso, normas infraconstitucionales.
38.-La eficacia directa de las normas constitucionales
-
Permite a los ciudadanos manifestarse con
independencia de que exista una ley de desarrollo del derecho de
manifestaciónRespuesta correcta Correcta.
La Constitución de 1978 es fuente de derecho en sí misma, y como su
art.53 dispone, los derechos y libertades del Capítulo II "vinculan a
todos los poderes públicos" pudiendo cualquier ciudadano recabar la
tutela de tales derechos ante los tribunales, sin necesidad de una
interpositio legislatoris previa.
-
Sólo la poseen las normas
orgánico-procedimentalesRespuesta incorrecta
Incorrecto. La distinción entre normas orgánico-procedimentales y
normas de contenido (o dogmáticas) es puramente académica, sin que
tenga relevancia jurídica alguna.
-
Sólo es tutelable por el Tribunal
ConstitucionalRespuesta incorrecta Incorrecto.
Todos los poderes públicos están sujetos a la Constitución y, en ese
sentido, deben aplicarla. Así pues, los tribunales ordinarios controlan
directamente la constitucionalidad de las normas infralegales.
-
Sólo las poseen la llamada parte dogmática
de la CE de 1978Respuesta incorrecta Incorrecto.
La distinción entre normas orgánico-procedimentales y normas de
contenido (o dogmáticas) es puramente académica, sin que tenga
relevancia jurídica alguna.
39.-La constitución de un partido político por los ciudadanos
-
puede ser limitada sólo por las causas
previstas en el art. 22 CE en relación con las asociacionesRespuesta incorrecta Incorrecta. Aunque
encuadrada en el derecho de asociación, la constitución de partidos
políticos posee unos perfiles propios debido a la función que
desempeñan. Por imperativo constitucional, además de respetar lo
previsto en el art.22, deben ajustar su estructura interna y su
funcionamiento al principio democrático (art. 6).
-
puede ser anulada únicamente por el Tribunal
Constitucional que lo puede disolverRespuesta
incorrecta Incorrecto. A diferencia de lo que sucede en otros
ordenamientos, en España son los tribunales ordinarios los competentes
para declarar la disolución o la suspensión de un partido político, al
margen de las correspondientes garantías ante la jurisdicción
constitucional.
-
está sometida, entre otros límites, a una
estructura interna y funcionamiento democráticosRespuesta correcta Correcta. El art.6 de la CE
impone dicha obligación a los partidos políticos.
-
supone la creación de un nuevo órgano del
Estado, dadas las funciones públicas de los partidosRespuesta incorrecta Incorrecta. A pesar de
desempeñar funciones políticas esenciales para la democracia, los
partidos políticos son asociaciones privadas y no órganos del Estado.
Dentro de las Cortes Generales, las funciones las realizan los Grupos
Parlamentarios, y no directamente los partidos políticos.
40.-El juez que resuelva el recurso del partido
-
No está vinculado por los valores superiores
del ordenamiento del art. 1.1 CE mientras no posean un concreto
desarrollo legalRespuesta incorrecta Incorrecta.
El juez, como todo poder público, está vinculado por toda la CE,
incluyendo el art.1.1, que deberá interpretar de la forma
constitucionalmente correcta, a partir del desarrollo de dichos valores
por la propia Constitución a lo largo de su articulado.
-
Debe interpretar las normas legales a la luz
de los valores superiores del ordenamiento del art. 1.1 CERespuesta correcta Correcto. El juez está
vinculado por la CE, incluyendo el art.1.1, debiendo interpretar la
legislación de conformidad con la Constitución
-
Debe tener en cuenta los valores superiores
del ordenamiento del art. 1.1 CE únicamente como directrices políticasRespuesta incorrecta Incorrecta. La Constitución
no es un texto político sino una verdadera norma jurídica a la que
están sujetos los ciudadanos y los poderes públicos (art.9.1 CE).
-
Puede deducir concretos derechos
fundamentales de los valores superiores del ordenamiento
reconocidos en el art. 1.1 CE, aunque no estén expresamente previstos
en el texto constitucionalRespuesta
incorrecta Incorrecta. Una interpretación constitucionalmente
correcta de la CE no permite "deducir" derechos que no estén recogidos
por la propia Constitución. El art.1.1 CE señala aquellos valores que
son superiores dentro del ordenamiento, pero no superiores al propio
ordenamiento (por tanto, no pueden usarse para deducir derechos que no
hayan sido establecidos por la propia CE).
41.-La iniciativa legislativa popular propuesta
-
Afecta a una materia excluida de la
iniciativa popularRespuesta correcta Correcto.
La transferencia de competencias, prevista en el art.150.2 de la CE,
debe ser aprobada por Ley Orgánica, y por tanto, es una de las materias
excluídas de la iniciativa popular según el art.87.3 de la CE.
-
Es un mecanismo de participación indirecta
en los asuntos públicosRespuesta incorrecta Incorrecto.
La iniciativa popular es uno de los instrumentos de democracia directa
previstos por nuestra Constitución.
-
Es el único mecanismo previsto en la CE de
1978 de participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicosRespuesta incorrecta Incorrecto. La Ce prevé
otros mecanismos de participación directa, como son el referendum o el
Tribunal del Jurado, entre otros.
-
Obliga a las Cortes Generales a aprobar el
texto legal propuestoRespuesta incorrecta Incorrecto.
La iniciativa popular es, como su nombre indica, un instrumento que
permite iniciar el proceso legislativo, pero no obliga a las Cortes a
aprobar, transformando en ley, el contenido de la iniciativa.
42.-La posibilidad de controlar jurisdiccionalmente la Resolución de
la Mesa del Congreso
-
Es una característica de un Estado
democráticoRespuesta incorrecta Incorrecto.
El control jurisdiccional de los actos del poder público es una
exigencia vinculada al Estado de Derecho.
-
Conculca la división de poderes, pues
permite al poder judicial entrometerse en la actividad del ParlamentoRespuesta incorrecta Incorrecto. El objetivo
principal de la teoría de la división de poderes es evitar que las
diversas funciones estatales sean ejercidas por un sólo órgano.
Asimismo, la existencia de la CE como norma suprema implica que todos
los poderes públicos, incluido el Parlamento, estén sujetos en su
actividad a normas jurídicas.
-
Es una característica de un Estado socialRespuesta incorrecta Incorrecto. Como se indica
en la respuesta a), es una exigencia derivada del Estado de Derecho, en
tanto que del Estado social implica fundamentalmente la obligación de
los poderes públicos de lograr que la libertad y la igualdad sean reales
y efectivas.
-
Es una característica del Estado de derecho
que establece la CE de 1978Respuesta
correcta Correcto. La Ce proclama en su art.9.1 la sujeción de
todos los poderes públicos al ordenamiento jurídico, garantizando el
principio de legalidad y la prohibición de arbitrariedad en la actuación
de los poderes públicos.
43.-La autonomía que tiene garantizada constitucionalmente el País
Vasco
-
Permite a la Comunidad Autónoma tomar
decisiones políticas a través de normas con rango de leyRespuesta correcta Correcto. La autonomía
reconocida por la CE a las Comunidades Autónomas es una autonomía de
naturaleza política, que implica la capacidad de aprobar normas con
rango de ley (STC 25/1981, FJ 3).
-
Es la expresión de la soberanía del Pueblo
vascoRespuesta incorrecta Incorrecto.
El art.1.2 de la CE establece, exclusivamente, la soberanía nacional
que reside en el pueblo español, en tanto que el reconocimiento de la
autonomía se garantiza en el marco de la "indisoluble unidad de la
Nación española" (art.2)
-
equivale a la autonomía administrativa de
sus municipios y provinciasRespuesta
incorrecta Incorrecto. La autonomía de las Comunidades Autónomas
es de naturaleza política y, por tanto, "cualitativamente superior a la
administrativa", implicando la posibilidad de aprobar normas con rango
de ley (STC 25/1981, FJ 3).
-
se desarrolla a través de una Constitución
llamada Estatuto de AutonomíaRespuesta
incorrecta Incorrecto. Los Estatutos de Autonomía son normas
infraconstitucionales; en concreto, tienen la forma de leyes orgánicas
aprobadas por las Cortes Generales (art.81.1 CE).
44.-La CE garantiza al País Vasco
-
que sólo se podrá reformar su Estatuto de
autonomía de conformidad con los procedimientos en él previstosRespuesta correcta Correcto. La CE dispone, en
particular para las Comunidades Autónomas que se hayan constituido al
amparo de la vía del 151 de la CE, que una vez promulgados sus Estatutos
de Autonomía, éstos sólo podrán ser modificados mediante los
procedimientos en ellos establecidos (art.152.3 CE).
-
que su Estatuto de Autonomía sólo podrá
reformarse con la aprobación en referéndum de todos los españolesRespuesta incorrecta Incorrecto. El art.152.3 de
la CE se refiere exclusivamente al referendum celebrado con
participación de los electores inscritos en los censos correspondientes a
los territorios que se hayan constituido en Comunidad Autónoma.
-
que el control de sus normas sólo podrá
llevarlo a cabo el Tribunal ConstitucionalRespuesta
incorrecta Incorrecto. Aunque sólo el TC puede declarar la
inconstitucionalidad de las normas legales post-constitucionales, los
tribunales ordinarios también controlan la constitucionalidad de las
leyes al aplicarlas, pudiendo elevar cuestión de inconstitucionalidad
ante el TC. Por lo demás, las normas infraconstitucionales pueden ser
controladas por los tribunales ordinarios en todo caso.
-
su independencia si la aprueban en
referéndum los ciudadanos vascosRespuesta
incorrecta Incorrecto. La CE no prevé el derecho de
autodeterminación de ninguna parte del territorio. Antes bien, consagra
la "indisoluble unidad" de la Nación española. La independencia del País
Vasco exigiría una previa reforma de la CE que incluye un referéndum
del cuerpo electoral nacional.
45.-Conforme al principio de legalidad garantizado en la CE de 1978
-
la Mesa del Congreso ha de respetar la
Constitución y la Ley Orgánica reguladora de la iniciativa popular a la
hora de inadmitir a trámite la iniciativa legislativa propuestaRespuesta correcta Correcto. La CE y la LO
3/1984, reguladora de la iniciativa legislativa popular, excluyen de la
misma las materias reservadas a ley orgánica, por lo que la Mesa del
Congreso debe inadmitir aquellas iniciativas que no respeten los
requisitos señalados por dichas normas.
-
la Mesa del Congreso puede inadmitir a
trámite la iniciativa legislativa sin motivación alguna, dado que el
Congreso es el órgano de la soberanía popular y todas sus resoluciones
tiene fuerza de leyRespuesta incorrecta Incorrecto.
La decisión de la Mesa de inadmitir la iniciativa debe ser motivada,
pues a la Mesa le corresponde exclusivamente un control de los
requisitos establecidos, y no un juicio político sobre la iniciativa.
Asimismo, ni el Congreso es el órgano de la soberanía popular (el art.
66 de la CE sólo otorga, a las Cortes Generales, la condición de
representantes del pueblo español), ni todos sus actos tienen valor de
ley, sólo las que son aprobadas bajo tal forma siguiendo el
procedimiento legislativo previsto a tal efecto.
-
la Mesa del Congreso puede resolver sobre la
inadmisión de la iniciativa legislativa conforme a criterios políticosRespuesta incorrecta Incorrecto. A la Mesa le
corresponde exclusivamente el control de los requisitos exigidos por el
ordenamiento, y no un juicio político sobre la iniciativa que es
competencia, en principio, del Pleno de la Cámara.
-
la Mesa del Congreso está obligada a admitir
a trámite en todo caso la iniciativa legislativa, dado que ha sido
propuesta por los ciudadanos en ejercicio de su soberaníaRespuesta incorrecta Incorrecto. La iniciativa
popular debe ejercerse respetando los límites previstos por la CE.
Asimismo, la Mesa es competente para controlar el respeto de tales
límites (en este caso, formales y materiales) cuando se ejerza la
iniciativa popular.
Entre las propuestas de un partido político se encuentra reformar la
Constitución española de 1978 para que el Estado español deje de ser
una monarquía parlamentaria y se convierta en una República
parlamentaria. A pesar de que la policía prohíbe varias manifestaciones
de los afiliados de dicho partido con el argumento de la ausencia de
desarrollo legislativo del derecho de manifestación, el partido gana
las elecciones a las Cortes Generales. Durante la legislatura, las
Cortes Generales aprueban la reforma pretendida y la someten
inmediatamente después a un referéndum que se considera ratificado
porque una mayoría de Comunidades Autónomas se pronuncian a favor,
aunque la mayoría de los electores del censo electoral nacional votan
en contra. Un colectivo de ciudadanos favorables al mantenimiento de la
monarquía impugna ante los tribunales ordinarios la proclamación de
los resultados del referéndum por vulneración del procedimiento
constitucional y legalmente previsto. Con todo, la reforma no llega a
entrar en vigor porque el Monarca se niega a sancionarla y promulgarla.
46.-La conversión del Estado español en una República
-
Es inconstitucional, puesto que la monarquía
garantiza la indisoluble unidad de la nación españolaRespuesta incorrecta Falso. La unidad de la
nación es independiente de la forma de estado elegida monárquica o
republicana.
-
Solo es posible si el pueblo español ejerce
el poder constituyente originario al margen de los procedimientos de
reforma constitucional del Título X CERespuesta
incorrecta Falso. Cualquier contenido constitucional es
susceptible de revisión a través de los procedimientos establecidos para
ser ejercidos por el poder constituyente constituido de reforma
constitucional.
-
implica la traslación de la soberanía del
Monarca al Pueblo españolRespuesta
incorrecta Falso. Según el Art.1.2 CE la sobreranía nacional ya
reside en el pueblo español.
-
no afecta a la atribución de la soberanía
sino únicamente a la forma de provisión de la Jefatura del EstadoRespuesta correcta Correcto. La soberanía
nacional continuaría residiendo en el pueblo español y tan sólo se trata
de decidir a quién le corresponde la jefatura del Estado, si al Rey de
forma hereditaria o, en este caso, a un Presidente de la República por
elección.
47.-La modificación del art. 1.3 CE para transformar la monarquía
parlamentaria en una República parlamentaria
-
es posible siempre que se modifique la CE de
1978 por el procedimiento agravado del artículo 168Respuesta correcta Correcto. El procedimiento del
Art.168 CE ha de seguirse para reformar cualquier artículo del título
prelimimar como el Art.1.3 CE.
-
requiere que se apruebe la reforma
constitucional por mayoría de 3/5 en el Congreso y en el SenadoRespuesta incorrecta Falso. La reforma requiere
ser aprobada por mayoría de 2/3 en el Congreso y en el Senado y ser
ratificada en referendum.
-
podría haber sido impulsada por los
ciudadanos mediante la iniciativa legislativa popularRespuesta incorrecta Falso. El art. 166 CE
descarta que se pueda ejercer iniciativa popular en la reforma
constitucional.
-
exige la ratificación en referéndum por el
pueblo español, mediante su aprobación por el cuerpo electoral de la
mayoría de las CC.AARespuesta incorrecta Falso.
En el reférendum previsto por el Art.168, el que ha de pronunciarse es
el cuerpo electoral nacional.
48.-El derecho de manifestación de los afiliados del partido
-
Tiene eficacia directaRespuesta correcta Correcto. Todos los derechos
fundamentales tienen eficacia directa derivada de su reconocimiento en
la norma jurídica suprema.
-
sólo es tutelable ante los tribunales
ordinariosRespuesta incorrecta Falso.
Los derechos fundamentales gozan de la tutela de los tribunales
ordinarios y también del Tribunal Constitucional si están reconocidos en
los Arts. 14 a 30 CE y el derecho de manifestación aparece en el Art.21
CE.
-
Carece de eficacia directa al no tratarse de
una norma orgánico-procedimentalRespuesta
incorrecta Falso. El contenido o la naturaleza de la norma
constitucional no condiciona su eficacia.
-
Sólo puede ejercerse previo desarrollo
legislativoRespuesta incorrecta Falso.
Los derechos fundamentales pueden ejercerse tan pronto son reconocidos
por la Constitución.
49.-Conforme a la CE de 1978 y a la Ley de Partidos, el partido
político
-
Es una manifestación cualificada del
ejercicio en el ámbito político del derecho de asociación del art. 22
CE, protegida por la garantía institucional del art. 6 CERespuesta correcta Correcto. Ello se debe a que
expresan el pluralismo político, concurren a la formación y
manifestación de la voluntad popular y son instrumento para la
participación política.
-
Ha de tener una estructura interna
democrática, pero no un funcionamiento democráticoRespuesta incorrecta Falso. El Art.6 CE exige que
los partidos tengan una estructura y un funcionamiento democrático.
-
Se disuelve si deja de ejercer las funciones
públicas que le atribuye el art. 6 CERespuesta
incorrecta Falso. Tan sólo puede ser disuelto por las causas
legalmente establecidas.
-
sólo puede ser disuelto por sentencia el
Tribunal ConstitucionalRespuesta incorrecta Falso.
La competencia de disolución corresponde a los Tribunales ordinarios,
según el Art.22 CE.
50.-El valor superior de la libertad (art. 1.1 CE)
-
Convierte en inconstitucional la actual
configuración constitucional de la monarquía parlamentariaRespuesta incorrecta
-
Obliga a interpretar los límites al
ejercicio del derecho de manifestación constitucionalmente previstos en
el art. 21 CE de la forma más favorable a la libertad del individuoRespuesta correcta
-
Carece por sí sólo de eficacia jurídica y
necesita de desarrollo en otros preceptos constitucionalesRespuesta incorrecta
-
permite deducir nuevos derechos
fundamentales, aunque no coincidan con los expresamente previstos en el
texto constitucionalRespuesta incorrecta
51.-El referéndum de reforma constitucional
-
Tiene por objeto una decisión política y no
una norma jurídicaRespuesta incorrecta Falso.
Su objeto es una norma jurídica, la Constitución.
-
Es un mecanismo de participación indirecta
en los asuntos públicosRespuesta incorrecta Falso.
Es un mecanismo de participación directa en los asuntos públicos.
-
No era necesario celebrarlo si no lo
solicitaban 1/10 de los Diputados o de los SenadoresRespuesta incorrecta Falso. El referéndum del
Art.167 es potestativo y vinculante, deben solicitarlo 1/10 de diputados
o senadores; el referéndum del Art. 168 es obligatorio en su
convocatoria y vinculante en su resultado.
-
Es un mecanismo de participación directa de
los ciudadanos en los asuntos públicosRespuesta
correcta Verdadero. Los ciudadanos participan directamente en la
función de reforma constitucional.
52.-La posibilidad de control jurisdiccional del procedimiento de
referéndum
-
Es una garantía de la soberanía compartida
entre el Monarca y el Pueblo españolRespuesta
incorrecta Falso. En España la soberanía corresponde sólo al
Pueblo español.
-
Conculca la soberanía popular, pues permite
al Poder Judicial entrometerse en la actividad del Pueblo soberanoRespuesta incorrecta Falso. En el referéndum de
reforma no participa el pueblo soberano, sino un cuerpo electoral que
cumple una función constituyente-constituída.
-
Es una consecuencia de que España sea un
Estado socialRespuesta incorrecta Falso.
Nada tiene que ver con el principio del Estado social.
-
Es una consecuencia de la vigencia en
nuestro ordenamiento del principio de legalidadRespuesta correcta Verdadero. Se vincularía con
esa exigencia del Estado de derecho.
53.-El principio autonómico garantizado en el art. 2 y en el Título
VIII CE,
-
Permite a las CC.AA. participar en el
ejercicio de la función legislativaRespuesta
correcta Verdadero. La autonomía política confiere a los
territorios potestad legislativa.
-
Permite a las provincias participar en el
ejercicio de la función constituyente a través del referéndum de
reforma constitucionalRespuesta incorrecta Falso.
Es el cuerpo electoral nacional el que interviene en el reférendum
constitucional.
-
Permite a las CC.AA participar en el
ejercicio de la función constituyente a través del referéndum de
reforma constitucional.Respuesta incorrecta Falso.
Es el cuerpo electoral nacional el que interviene en el reférendum
constitucional.
-
Convierte a los pueblos y nacionalidades de
España en cotitulares de la soberanía.Respuesta
incorrecta Falso. El titular de soberanía es el pueblo español.
54.-El Monarca
-
No puede negarse a sancionar y promulgar la
reforma constitucional, pues carece de poderes de decisión política o
de control de constitucionalidadRespuesta
correcta Verdadero. La sanción y promulgación real son actos
debidos.
-
Puede negarse a sancionar y promulgar la
reforma constitucional en ejercicio de sus poderes de arbitrio y
moderación del funcionamiento regular (legal) de las institucionesRespuesta incorrecta Falso. La sanción y
promulgación real son actos debidos.
-
ejerce materialmente, con la sanción y la
promulgación, el poder constituyente del que es cotitular como soberanoRespuesta incorrecta Falso. El único titular de
la soberanía es el Pueblo español.
-
puede negarse a sancionar y promulgar la
reforma constitucional pues España es una monarquía constitucionalRespuesta incorrecta Falso. España es una
monarquía parlamentaria y la sanción y promulgación son actos debidos.
55.-Conforme a la CE, la prohibición policial de la manifestación
-
Solo cabe en los casos constitucional y
legalmente previstos, cuando la policía haya sido habilitada para elloRespuesta correcta Verdadero. Así lo exige el
principio de legalidad.
-
Está regida por el principio de vinculación
negativa de la Administración a la leyRespuesta
incorrecta Falso. La administración está vinculada postivamente a
la ley.
-
Es posible siempre que un reglamento haya
previsto la limitación del ejercicio del derecho de manifestaciónRespuesta incorrecta Falso. Hay reserva de ley
cuando se trata de limitar un derecho fundamental.
-
no es controlable jurisdiccionalmenteRespuesta incorrecta Falso. Según el Art.106 CE
los tribunales controlarán la legalidad de la actuación administrativa.