Test Teoría de la Constitución

 

Un Partido Político conservador y tradicionalista, contrario a la equiparación del hombre y de la mujer y a la descentralización política, cuya inscripción en el Registro de partidos ha sido denegada por perseguir fines antidemocráticos, organiza una serie de actividades públicas para sus afiliados y simpatizantes para oponerse al proyecto gubernamental de reforma de la Constitución dirigido a suprimir la preferencia del varón sobre la mujer en la sucesión a la Jefatura del Estado y convertir al Senado en una auténtica cámara de representación territorial. Una de ellas consiste en organizar una manifestación en Madrid a favor de la recuperación de los valores sociales y morales tradicionales, la otra en presentar ante la Mesa del Congreso de los Diputados una iniciativa popular de reforma constitucional en la que se pide la modificación del art. 69 CE, suprimiendo los senadores de designación por las Comunidades Autónomas, y una modificación del art. 14 CE exigiendo que se suprima la mención al sexo entre las prohibiciones de discriminación. La Mesa del Congreso de los Diputados inadmite a trámite la iniciativa por versar sobre una materia excluida de ella. Entre tanto las dos Cámaras han aprobado la reforma propuesta por el Gobierno por una mayoría de 2/3 cada una, y ésta se ha promulgado, sancionado y publicado, entrado en vigor sin celebrar un referéndum, a pesar de que lo habían pedido un grupo de diputados y senadores que constituían una décima parte de el conjunto de las Cortes. Los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado disuelven la manifestación con base en la falta de desarrollo legal de las condiciones de ejercicio de ese derecho.

 

 

1.-El Partido Politico Conservador...

  1. Es un órgano del Estado, pues como se ve puede ejercer funciones públicasRespuesta incorrecta en nuestro ordenamiento los partidos políticos son una forma especial, protegida por la garantía institucional del art. 6 debido a las funciones públicas que desempeñan, de ejercicio del derecho de asociación, esto es, son asociaciones privadas y no órganos del Estado (STC 3/1981)
  2. No necesita estar inscrito para tener personalidad jurídicaRespuesta incorrecta La personalidad jurídica se adquiere con la inscripción del partido en el registro de partidos (art. 3.2 Ley 6/2000 de partidos)
  3. No ha de perseguir fines democráticos sino únicamente poseer una estructura, funcionamiento y actividad democráticosRespuesta correcta ¡Correcta! Como la CE no consagra una democracia militante y cabe la persecución de cualesquiera fines mediante la reforma total de la constitución, la única exigencia que lógicamente podía imponerle el art. 6 a los partidos no era la persecución de fines democráticos sino la estructura y organización democráticas.
  4. Solo puede contar entre sus afiliados con ciudadanos españolesRespuesta incorrecta Es necesario ser español para crear el partido (art. 1.1 Ley de partidos) pero no para afiliarse a él, pues al ser asociaciones privadas el derecho a asociarse es un derecho de titularidad de todas las personas

 

2.-La disolución de la manifestación por la policía..

  1. Es ajustada a derecho porque los fines proclamados en la manifestación por el partido promotor no son democráticosRespuesta incorrecta No hay democracia militante en España, y por tanto si los fines no son delictivos, es decir, si no implican el uso de medios ilegales, no se puede disolver una manifestación por perseguir fines antidemocráticos
  2. Es inconstitucional, puesto que el derecho de asociación está garantizado directamente por la CE, sin necesidad de ley que lo desarrolleRespuesta correcta La CE, en tanto norma suprema, goza de eficacia directa, y algunas de sus prescripciones, de aplicabilidad directa por los tribunales ante los que los ciudadanos pueden invocarlas cuando les garanticen derechos subjetivos. Tal es el caso de los derechos fundamentales del Capítulo II entre los que se encuentra el derecho de manifestación del art. 21 CE
  3. Es perfectamente constitucional puesto que las disposiciones constitucionales sobre derechos solo son invocables ante la jurisdicción ordinaria en los términos de las leyes que los desarrollenRespuesta incorrecta No es el caso de los derechos fundamentales del Capítulo II que, sensu contrario de lo dispuesto en el art. 53.3 CE respecto de los principios rectores del Capítulo III, son invocables directamente por los ciudadanos ante los tribunales en los términos en los que la CE los ha garantizado incluso en ausencia de leyes que los desarrollen
  4. Es constitucional pues la policía, en tanto Administración Pública, solo está sometida a la ley y al derecho, pero no a la ConstituciónRespuesta incorrecta El sometimiento a la Ley y al derecho del art. 103.1 CE no excluye el sometimiento a la Constitución, que en tanto norma suprema ha de ser entendida dentro del genérico "ley", pues ya en el art. 9.1 CE se indica el sometimiento a la CE de los poderes públicos, entre los que se encuentra la Administración

 

3.-La  inadmisión a trámite de la iniciativa de reforma constitucional propuesta por el Partido Político Conservador...

  1. Es correcta porque no cabe la iniciativa popular en la reforma constitucionalRespuesta correcta Conforme al art. 166 CE la iniciativa de reforma se ejercerá en los términos del art. 87.1 y 2 CE, es decir por iniciativa del Gobierno, de cualquiera de las Cámaras y de las CC.AA., pero no por la iniciativa popular del art. 87.3 CE
  2. Es incorrecta porque no afecta a ninguna de las materias excluidas de la iniciativa popularRespuesta incorrecta La reforma constitucional es una materia que implícitamente (por la remisión a los aprtados 2 y 3 del art. 87 CE) está excluida de la iniciativa popular.
  3. Es correcta porque el art. 14 CE no es susceptible de revisión constitucionalRespuesta incorrecta Conforme a los arts. 167 y 168 CE no hay ningún límite material (explícito o implícito) a la reforma constitucional y por tanto no hay ningún precepto irreformable.
  4. Es incorrecta porque no hay límites materiales a la reforma de la constituciónRespuesta incorrecta Que no haya límites materiales a la reforma no quiere decir que no se pueda inadmitir una iniciativa por razones orgánico-procedimentales, como en este caso, por no ser competente para presentarla el colectivo de ciudadanos que ejercen la iniciativa popular.

 

4.-La  tramitación de la reforma constitucional propuesta por el Gobierno...

  1. Es inconstitucional sólo por no haber realizado el referéndum solicitadoRespuesta incorrecta El procedimiento correcto para la reforma es el del art. 168 CE que requiere más que la convocatoria del referéndum.
  2. Es inconstitucional por no haber sido aprobada por la mayoría de 3/5Respuesta incorrecta La mayoría a la que se refiere la respuesta es la del procedimiento simple de reforma del art. 167 CE y la que se requeriría aquí es la mayoría de 2/3 del procedimiento agravado del art. 168 CE
  3. Es constitucional porque el referéndum han de pedirlo una décima parte de diputados o senadores por separadoRespuesta incorrecta El referéndum al que hace referencia esta respuesta es el potestativo del art. 167 CE y el que se requeriría aquí el preceptivo del art. 168 CE
  4. Es inconstitucional por no haber disuelto las cámaras, vuelto a aprobar por idéntica mayoría la reforma y por no haber sometido a referéndum la reforma aprobadaRespuesta correcta El procedimiento correcto es el del art. 168 CE que requiere lo que aquí se indica

 

5.-El contenido de la reforma aprobada por el Gobierno

  1. Debe tramitarse por el procedimiento del art. 168Respuesta correcta ¡ Respuesta Correcta ! Pues afecta al Título Preliminar y al Título II
  2. Debe tramitarse por el procedimiento del art. 167Respuesta incorrecta Al afectar al Título Preliminar y al Título II queda fuera del art. 167 CE
  3. Es inconstitucional porque desconoce la indisoluble unidad de la nación españolaRespuesta incorrecta La indisoluble unidad de la nación española, en tanto parte del Título Preliminar, también es modificable por la vía del art. 168 CE
  4. Es inconstitucional por alterar la configuración histórica de la institución de la monarquíaRespuesta incorrecta La configuración constitucional de la monarquía, siga  o no la tradición histórica, en tanto parte del Título II, también es modificable por la vía del art. 168 CE

 

ABC, español de 20 años residente en Madrid y cumpliendo condena de privación de libertad por sentencia firme, se presenta como candidato a las elecciones a Cortes Generales en la lista de una agrupación de electores de Asturias. La Junta Electoral Provincial se niega a proclamar candidato a ABC. En la circunscripción de Asturias se eligen 8 Diputados y se presentan 5 candidaturas. Cada una propone 8 candidatos y 4 suplentes, especificando el orden en que deben ser elegidos. Celebradas las elecciones y realizado el escrutinio, a una de las candidaturas se le niega la aplicación de la fórmula electoral, pues no ha obtenido el 3% de los votos válidamente emitidos en la circunscripción

 

6.-La Junta Electoral puede negar la proclamación a ABC...

  1. Por estar privado de libertad por sentencia firme mientras dure la condenaRespuesta correcta ¡Correcta! Conforme al art. 6.2 LOREG es causa de inelgibilidad condena por sentencia firme a privación de libertad.
  2. por residir fuera de la provincia en la que se presenta como candidatoRespuesta incorrecta No es causa de inelegibilidad la falta de residencia en la circunscripción
  3. porque las agrupaciones de electores NO pueden presentar candidaturasRespuesta incorrecta Las agrupaciones de electores pueden presentar candidaturas (art. 44 c) LOREG)
  4. solo si incurre en causa de inelegibilidad, pues la condena a privación de libertad no excluye el derecho de sufragio pasivoRespuesta incorrecta Si incurre en las causas de inelegibilidad distintas de la privación de libertad por sentencia firme TAMBIéN debe no ser proclamado, pero no sólo en ese caso sino también en el de privación de libertad (Art. 6 LOREG)

 

7.-Contra la decisión de la Junta Electoral de no proclamarle candidato...

  1. debe recurrirse primero ante la Junta Electoral provincial y luego a la jurisdicción contencioso-administrativaRespuesta incorrecta No, pues el recurso según el art. 49 LOREG es directo ante la jurisdicción contencioso-administrativa
  2. cabe recurso directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativaRespuesta correcta ¡Correcta! Conforme al art. 49 LOREG se interpone directamete el recurso contra la proclamación (y la no proclamación) de candidaturas ante la jurisdicción contencioso-administrativa
  3. debe recurrirse primero ante la Junta Electoral Central y luego a la jurisdicción contencioso-administrativaRespuesta incorrecta No, pues el recurso según el art. 49 LOREG es directo ante la jurisdicción contencioso-administrativa
  4. No cabe en ningún caso recurrir en amparo electoral ante el Tribunal Constitucional una vez agotada la vía jurisdiccional ordinaria previaRespuesta incorrecta No, pues cabe recurso ante la jursdicción contencioso-administrativa ordinaria (art. 49.1 LOREG)y si este fracasa el recurspo de amparo constitucional ante el Tribunal Constitucional (art. 49.3 LOREG)

 

 

8.-La agrupación de electores necesita para poder presentar la candidatura en Asturias...

  1. el aval de un número de firmas de personas inscritas en el censo electoral de AsturiasRespuesta correcta Así lo establece el art. 169.3 LOREG para las elecciones al Congreso y al Senado
  2. estar inscrita en el Registro de partidos, pues no es otra cosa que una unión de partidosRespuesta incorrecta La agrupación de electores no tiene que estar inscrita en el Registro de partidos porque ni es ni tiene por qué tener que ver con ningún partido político
  3. el aval de algún partido político que presente su candidatura en AsturiasRespuesta incorrecta No necesita el aval de ningún partido porque es una manifestación complementaria de la participación de los ciudadasnos al margen de los partidos en la formación de la voluntad general, concurriendo a los procedimientos electorales
  4. el aval de un número de firmas de personas inscritas en el censo electoral de cualquier provincia de EspañaRespuesta incorrecta El aval debe venir de los electores de la circunscripción en la que la agrupación quiere presentar la candidatura, lo cual es consecuencia de que el cuerpo electoral sea múltiple en las elecciones al Congreso y al Senado y coincida no con toda España sino con cada una de las provincias

 

9.-En el caso...

  1. La circunscripción de Asturias es territorial y plurinominalRespuesta correcta ¡Correcta! es territorial porque la definición de quién (los electores de Asturias) elige a cuántos diputados se hace conforme a una demarcación territorial: la provincia; y es plurinominal porque se elige a más de un candidato
  2. El tipo de voto es de listas abiertasRespuesta incorrecta las listas son cerradas y bloqueadas en las elecciones al congreso (art. 169.2)
  3. Los 8 diputados se repartirán entre las listas votadas conforme a una fórmula mayoritariaRespuesta incorrecta En las elecciones al congreso, la fórmula que se aplica es la fórmula del art. 163 LOREG (D'hont), que es proporcional, no mayoritaria
  4. La lista más votada obtendrá los 8 diputados conforme a una fórmula proporcionalRespuesta incorrecta Para que la lista más votada obtenga todos los escaños, la fórmula tiene que qer mayoritaria, lo que no ocurre en las elecciones al Congreso

 

10.-La barrera legal aplicada en el supuesto...

  1. Debería haber sido del 5% y no del 3%Respuesta incorrecta Conforme al art. 163.1 a) LOREG es del 3% en las elecciones al Congreso. El 5% es según el art. 180 LOREG la barrera electoral para las elecciones municipales
  2. NO le es aplicable a la Agrupación de electores si hubiese obtenido por lo menos un diputadoRespuesta incorrecta La barrera electoral es aplicable a todas las candidaturas sin distinción entre las de los partidos políticos y las de agrupaciones de electores, y precisamente lo que impide a quienes no obtengan el porcentaje mínimo de votos es acceder al reparto de escaños
  3. Se debería haber calculado teniendo en cuenta los votos válidamente emitidos en todas las circunscripciones a las que se hayan presentado candidaturasRespuesta incorrecta La barrera electoral se calcula teniendo en cuenta los votos válidamente emitidos en la circunscripción (art. 163.1 a) LOREG) en la que se va a aplicar la fórmula electoral, porque se trata del ámbito en el que actúa el cuerpo electoral de la provincia
  4. Suele carecer de efectos prácticos en circunscripciones pequeñas o medianas como la de AsturiasRespuesta correcta ¡Correcta! La razón de ello es que en tales circunscripciones incluso algunos partidos que superan el 3% de la barrera electoral se quedan sin escaños en el reparto porque el tamaño pequeño o mediano de la tarta (circunscripción) hace que con la aplicación de la formula proporcional no se puedan repartir lo suficiente como para que todas las candidaturas obtengan escaños

 

 

 

Un grupo de ciudadanos que fueron bautizados durante su minoría de edad bajo el régimen anterior a la CE de 1978, al cumplir 18 años solicitan de la Iglesia Católica, al amparo de su libertad religiosa y de asociación, la salida de la misma y la baja absoluta de cualquiera de los registros en los que están inscritos como fieles católicos. Ante la negativa de la Iglesia, los ciudadanos recurren a los tribunales que desestiman la pretensión, razonando que no existe legislación que desarrolle el derecho a darse de baja de las asociaciones religiosas pues los Tratados Internacionales que regulan las relaciones entre el Estado español y la Iglesia Católica nada dicen al respecto, y que la entrada en vigor de las libertades constitucionales no permite derogar situaciones inconstitucionales nacidas con anterioridad a ella. Ante ello, los ciudadanos presentan una iniciativa de reforma constitucional para que se modifique el art. 16 CE y se contemple expresamente el derecho a abandonar una asociación religiosa y la prohibición de ayudas estatales a cualesquiera religiones, incluida la católica.

 

11.-Los ciudadanos

  1. Pueden invocar su liberad religiosa y su libertad negativa de asociación desde la entrada en vigor de la Constitución pues ésta goza de eficacia directaRespuesta correcta La libertad religiosa (art. 16 CE) es una norma constitucional y como tal goza de eficacia directa, sin necesidad de intermediación del legislador, pero además esa eficacia directa en invocable por los propios ciudadanos al amparo de los previsto en el art. 53.3 CE, que sólo excluye esa invocabildiad directa para los principios rectores de la política social y económica del Capítulo III del Título I
  2. Necesitan, como razonan los tribunales, de una ley que desarrolle sus derechos fundamentales para que sean eficacesRespuesta incorrecta No se necesita una ley para que los derechos fundamentales, garantizados por la CE, sean eficaces, porque eso sería tanto como negarle su supremacía frente al legislador, que con su simple inactividad podría disponer de la obligatoriedad y vinculación de los preceptos constitucionales que contienen esos derechos
  3. No pueden hacer valer sus derechos frente a la Iglesia Católica porque la Constitución no prima sobre los tratados internacionales celebrados con ellaRespuesta incorrecta La CE tiene supremacía sobre todas las normas y sobre todos los poderes públicos (el art. 9.1 CE no hace distinción alguna), incluidos los tratados internacionales, que conforme al art. 96 CE formarán parte de nuestro ordenamiento una vez "válidamente" celebrados, es decir, siempre que respeten las condiciones de validez que les impone la Constitución
  4. no tienen derecho a salirse de una organización religiosa, pues la CE no respeta el pluralismo religiosoRespuesta incorrecta La CE respeta el pluralismo político y la libertad como valores superiores (art. 1.1 CE) y como concreción de ello la libertad religiosa como derecho fundamental (art. 16 CE) que es un elemento garantista del pluralismo religioso. Esa libertad es tanto positiva (profesar la religión que uno quiera) como negativa (no profesar ninguna y dejar de profesarla, saliéndose de una Iglesia, si uno la ha profesado previamente).

 

12.-La reforma de la Constitución propuesta

  1. Se tramitará por el procedimiento legislativo ordinarioRespuesta incorrecta La reforma constitucional se tramita por un procedimiento especial, previsto en el Título X CE (arts. 166-169) que no coincide con el legislativo ordinario
  2. Debe ser aprobada por las 3/5 partes de cada Cámara y ratificada en referéndum por el PuebloRespuesta incorrecta Concretamente la modificación propuesta, al referirse al art. 16 CE, afecta a la Sección 1ª del Capítulo II del Título I, lo que según el art. 168 CE obliga a que la reforma requiera una mayoría de 2/3 en cada Cámara y otros requisitos procedimentales, y no la mayoría de 3/5 del procedimiento simple de reforma del art. 167 CE
  3. Debe ser ratificada por 2/3 partes de cada Cámara y ratificada en referéndum solo si lo pide una décima parte de los diputados o los senadoresRespuesta incorrecta Este es el procedimiento del art. 167 CE para las reformas que no afecten a las materias del art. 168, entre las que están las que afecten a las Sección 1ª del Capítulo II del Título I, en la que se encuentra la libertad religiosa del art. 16.
  4. No debe ser tramitada, pues no cabe la iniciativa legislativa popularRespuesta correcta ¡Correcta! Conforme al art. 166 CE, la iniciativa de reforma se ejerce en los términos del art. 87.1 y 2, es decir, iniciativa del Congreso, Senado o Gobierno, e iniciativa de las CC.AA., pero no se menciona el art. 87.3, de la iniciativa popular, por lo que ésta queda excluida como forma de impulsar la reforma constitucional. De ahí que al no ser los proponentes ninguno de los sujetos del art. 87.1 y 2 CE, la propuesta de reforma no debiera ser tramitada

 

13.-Las normas de la CE sobre la libertad de conciencia y el derecho de asociación

  1. Poseen, entre otra, eficacia interpretativaRespuesta correcta ¡Correcta! poseen, como todas las normas constitucionales, eficacia interpretativa, consecuencia de su supremacía, lo que las convierte en criterio de interpretación de las lagunas o dudas interpretativas que surjan al aplicar las normas infraconstitucionales, sin perjuicio de que,a demás puedan tener otra eficacia reforzada
  2. Solo son principios políticos sin eficacia jurídica mientras no exista desarrollo legal de los mismosRespuesta incorrecta Como ya se dijo, conforme al art. 53.3 a sensu contrario, los derechos fudnamentales del Capítulo II (entre los que se encuentran la libertad de conciencia del art. 16 y el derecho de asociación del art. 22) no necesitan desarrollo legal para tener eficacia directa y ser invocables directamente ante los tribunales por los ciudadanos, por lo que su eficacia vá más allá de la mera eficacia interpretativa
  3. vinculan a los poderes públicos, pero no a los ciudadanosRespuesta incorrecta La libertad de conciencia y el derecho de asociación, en tanto normas constitucionales, forman parte de la CE, que según el art. 9.1. vincula a poderes públicos y a ciudadanos.
  4. Tienen más valor que las normas constitucionales de organización y procedimientoRespuesta incorrecta Estas normas dogmáticas tienen el mismo valor normativo que las normas orgánicas (de organización y procedimiento) porque comparten con éstas la característica de la supremacía, sin perjuuicio de que su eficacia directa se pueda plasmar de una forma diversa a la de las normas orgánicas.

 

14.-Los tribunales ordinarios

  1. Deben interpretar los tratados con la Iglesia Católica de conformidad con las normas constitucionalesRespuesta correcta ¡Correcta! es una consecuencia de la eficacia interpretativa de las normas constitucionales, expresión de su supremacía
  2. Solo podrían amparar las pretensiones de los ciudadanos recurrentes si hubiese legislación ordinaria que desarrolle los derechos constitucionales invocadosRespuesta incorrecta Conforme al art. 53.3 CE no es necesaria una ley de desarrollo de los derechos del Capítulo II del Título I para invocar ante los tribunales dichos derechos, y por tanto para que éstos los amparen
  3. No pueden aplicar directamente la Constitución porque, dado el carácter abstracto de las normas constitucionales, ello generaría gran inseguridad jurídicaRespuesta incorrecta El carácter abstracto de las normas constitucionales, especialmente de las de derechos, es algo deliberadamente querido por la Constitución una garantía de posibilidades de actuación para los beneficiarios de esos derechos (los ciudadanos) y por tanto no es una quiebra de la seguridad jurídica sino un refuerzo de las expectativas que como normas supremas pretenden garantizar los preceptos constitucionales que las contienen
  4. deben aplicar siempre todas las normas constitucionales que les invoquen los ciudadanos, pues todas tienen los mismos efectos normativosRespuesta incorrecta Como ya se dijo, todas las normas constitucionales tienen el mismo valor, pues todas son normas supremas, pero no todas plasman su eficacia directa de la misma manera\: las hay que son invocables directamente ante los tribunales y las hay que no (art. 53. 3 CE)

 

15.-En atención a su contenido, la propuesta de reforma constitucional

  1. Debería tramitarse por el procedimiento del art. 167 CERespuesta incorrecta No, pues afecta al contenido del art. 168 (los derechos de la sección 1ª del Capítulo II del Título I), por lo que debe tramitarse por el procedimiento de este último artículo
  2. Es ilícita pues afecta a una materia no susceptible de reforma constitucionalRespuesta incorrecta Conforme al art. 168 CE, no hay materias irreformables
  3. Debería tramitarse por el procedimiento del art. 168 CERespuesta correcta ¡Correcta! Pues afecta al contenido del art. 168 (los derechos de la sección 1ª del Capítulo II del Título I)
  4. No podría seguir tramitándose si se declara un estado de crisis del art. 116 CERespuesta incorrecta La prohibición del art. 169 se refiere a la iniciativa de una reforma constitucional bajo los estados de crisis o en tiempo de guerra, pero no impide que se continúe una reforma iniciada antes de estos supuestos cuando después se declarase alguno de los mismos

 

 

Ante la falta de afiliados dispuestos a concurrir como candidatos a las elecciones al Congreso, tres partidos forman una coalición y presentan candidaturas conjuntas en la que proponen como suplentes a las mismas personas en las circunscripciones de Vizcaya, álava y Guipúzcoa. Durante el periodo electoral, pero antes de celebrarse la votación, un individuo, que cumple los requisitos exigidos para ser elector, observa que no aparece en el Censo electoral.

 

16.-Señale la respuesta correcta

  1. Sólo los afiliados a un partido pueden ser incluidos en las candidaturas que éste elabore, sin que se pueda incluir en ellas a candidatos independientesRespuesta incorrecta No es necesario estar afiliado a un partido para ser candidato, pues no lo requiere ningún precepto de la LOREG
  2. cada uno de los partidos que forman la coalición, si tuviera candidatos suficientes, podría presentar en esas circunscripciones, además de su candidatura conjunta, sus respectivas candidaturas a título individualRespuesta incorrecta Lo prohíbe el Art. 44.3 LOREG
  3. en contra de lo que ocurre en el caso, una persona sólo puede aparecer como candidato en una lista y en una circunscripciónRespuesta correcta ¡Correcta! Así lo dispone el art. 46.6 LOREG. Es lógico, si se tiene en cuenta que cada circunscripción es un cuerpo electoral distinto que va a desempeñar la función de elegir y si además se tiene en cuenta que también el derecho de sufragio pasivo debe ser igual
  4. tal y como ocurre en el caso, una persona puede aparecer como candidato en varias circunscripciones, si en todas ellas lo es a título de suplenteRespuesta incorrecta No es posible aparecer como candidato en varias circunscripciones ni a título de suplente pues la prohibición del art. 46.6 LOREG es absoluta

 

17.-La coalición que han formado esos tres partidos

  1. debe inscribirse en el registro de partidosRespuesta incorrecta La coalición no es un partido político sino una agrupación de partidos ya inscritos por separado, a los efectos de concurrir a unas elecciones, por eso no debe incribirse en el registro de partidos
  2. debe comunicar su formación a la Junta Electoral competenteRespuesta correcta ¡Correcta! Así lo requiere el art. 44.2 LOREG; como lógica consecuencia de su agrupación formal para presentarse a las elecciones bajo una misma candidatura
  3. debe contar con el aval de un número de firmas acreditadas para poder concurrir a las eleccionesRespuesta incorrecta El aval es necesario para la agrupación de electores (art. 169.3 LOREG) pero no para las coaliciones electorales de partidos
  4. tiene personalidad jurídica propiaRespuesta incorrecta La coalición de partidos es una agrupación temporal de partidos para fines electorales que ni adquiere personalidad jurídica propia ni necesita inscribirse en el registro de partidos, sino sólo comunicar su existencia a la junta electoral competente (art. 44.2 LOREG)

 

18.-La proclamación de esas listas por las Juntas Electorales competentes sería

  1. recurrible ante la Junta Electoral CentralRespuesta incorrecta Conforme al art. 49 LOREG la proclamación de candidatos es recurrible directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa y cabe recurso previo ante la Junta electoral Central
  2. directamente recurrible ante el Tribunal ConstitucionalRespuesta incorrecta El recurso ante el TC es, según el art. 49.3 LOREG es subsidiaria (no directa)del previo recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa ordinaria
  3. recurrible en vía contencioso-administrativaRespuesta correcta ¡Correcta! la proclamación de candidatos es recurrible directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa según el art. 49 LOREG
  4. irrecurribleRespuesta incorrecta Es recurrible judicialmente y ante el TC, según el art. 49 LOREG

 

 19.-Señale la respuesta correcta

  1. Las circunscripciones mencionadas son territoriales, plurinominales y múltiplesRespuesta correcta ¡Correcta! Son territoriales porque se definen conforme al criterio de la extensión de un ente territorial como la provincia, plurinominales porque el cuerpo electoral elije en la circunscripción a más de un escaño y múltiples porque hay más de una circunscripción en la que cada cuerpo electoral elije a sus escaños dentro de un mismo proceso electoral
  2. Las mencionadas candidaturas obtendrán todos los escaños en juego, si resultan ser las más votadas en las circunscripciones en las que se presentanRespuesta incorrecta Es incorrecto porque la fórmula electoral en las elecciones al congreso es proporcional (D'hont) y los escaños se atribuyen a las candidaturas presentadas que hayan superado la barrera electoral del 3% en proporción a los votos obtenidos (art. 163 LOREG). Para que fuese así la fórmula tendría que ser mayoritaria
  3. A las mencionadas candidaturas se les aplicará la fórmula electoral D`Hondt, sea cual sea el número de votos que obtenganRespuesta incorrecta Para aplicar la fórmula D'hont es requisito haber superado la barrera electoral del 3% (art. 163.1 a) LOREG)
  4. En las elecciones mencionadas en el caso, los electores podrán elaborar sus candidaturas, eligiendo entre todos los candidatos de las listas que concurrenRespuesta incorrecta Para que elloo fuese así el voto tendría que ser de listas abiertas y múltiple, lo que ocurre en las elecciones al Senado pero no en las elecciones al congreso, donde el voto es único, de listas cerradas y bloqueadas y el elector no puede hacer otra cosa que elegir la lista, pero sin cambiar nada en ella (art. 169.2 Y 171.1 LOREG)

 

20.-El elector NO incluido en el censo electoral

  1. puede reclamar ante la Junta electoral provincialRespuesta incorrecta Coonforme al art. 39.3 LORE no es competente la Junta electoral para conocer de esos recursos,sino la Delegación provincial de la Oficina del Censo electoral
  2. puede recurrir directamente al contencioso-administrativoRespuesta incorrecta Conforme al art. 39.3 LOREG debe recurrir primero ante la Delegación provincial de la Oficina del Censo electoral, y sólo si esta no le atiende acudir al los tribunales, que en el período electoral serán los del orden civil (juzgado de primera instancia) conforme al art. 40 LOREG
  3. puede reclamar ante la Delegación provincial de la oficina del Censo electoralRespuesta correcta ¡Correcta! Así se establece en el art. 39.3 LOREG
  4. NO es titular del derecho de sufragio activoRespuesta incorrecta La inscripción en el censo electoral es declarativa y no constitutiva de la titularidad del sufragio, o lo que es lo mismo, es condición para su ejercicio pero no para su titularidad (art. 2.3 LOREG)

 

El principal partido de la oposición se manifiesta contrario a la reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña propuesta por el Parlamento de esta Comunidad Autónoma y aprobada las Cortes Generales pues la considera una reforma constitucional encubierta que vacía al Estado de competencias y atenta contra la soberanía nacional. Como consecuencia de su oposición a dicha reforma del Estatuto organiza diversos actos públicos y entre ellos una recogida de firmas para reclamar un referéndum sobre la decisión política de reformar el Estatuto catalán.

 

 

21.-Conforme a la clásica doctrina de la soberanía nacional:

  1. la Nación es el ente colectivo abstracto al que se atribuye la titularidad del poderRespuesta correcta ¡Correcta! Para la soberanía nacional clásica la nación es un ente abstracto, que por su abstracción sólo puede ser titular pero no ejercer el poder por sí misma, sino a través de sus representantes
  2. corresponde a la Nación la titularidad y el ejercicio de todo el poderRespuesta incorrecta La nación sólo es titular del poder, pero por su abstracción no puede ejercerlo por sí misma y lo tiene que hacer a través de sus representantes
  3. la Nación está compuesta por la suma o agregado de los habitantes en un territorio en un tiempo determinadoRespuesta incorrecta Conforme al dogma de la soberanía nacional la nación es abstracta, es para la soberanía popular para la que el pueblo está compuesto de la suma o agregado de los que habitan un territorio
  4. a la Nación sólo le corresponde el ejercicio del poder ejecutivoRespuesta incorrecta La nación no ejerce por sí misma ningún poder, pero es titular de TODOS los poderes, y sus repreentantes los ejercen TODOS

 

22.-La participación del individuo mediante la iniciativa legislativa popular en la formación de la voluntad del Estado

  1. está excluida en materias propias de ley orgánica, como la reforma de los Estatutos de AutonomíaRespuesta correcta ¡Correcta! Conforme al art. 87.3 CE no cabe iniciativa legislativa popular en materia de ley orgánica y conforme al art. 81 CE son leyes orgánicas las que aprueban los Estatutos (y sus reformas conforme al art. 147.3 CE) de autonomía
  2. es consecuencia de su carácter socialRespuesta incorrecta la iniciativa popular supone participación de la sociedad en el Estado y no del Estado en la sociedad que es lo que demanda el Estado social
  3. no es compatible con el principio de Estado de derechoRespuesta incorrecta La participación democrática que conlleva la iniciativa popular es compatible con el Estado de derecho. Es más, requiere del Estado de derecho para organizar la forma de participación y sirve al Estado de derecho para reforzar la legitimidad y, por tanto, la eficacia de las normas jurídicas
  4. es consecuencia del carácter prejurídico y soberano del puebloRespuesta incorrecta No hay un pueblo prejurídico y soberano, puesto que es necesario que el derecho defina quien pertenece a ese pueblo y quién no y quién perteneciendo puede participar y quién no, lo que niega la soberanía (desvinculación de normas y poder absoluto) de los integrantes de ese colectivo que ni siquiera pueden autodefinirse a sí mismos

 

23.-Conforme al principio dispositivo del art. 2 CE,

  1. la organización territorial del nuestro Estado en CC.AA. era posible pero no necesariaRespuesta correcta ¡Correcta! El art. 2 y el art. 143 CE dicen que "podrán" y ello depende de la inciiativa de municipios y provincias o entes preautonómicos (Disposición Transitoria 1ª CE)
  2. las CC.AA. disfrutan de mera autonomía administrativaRespuesta incorrecta La autonomía del art. 2 y del art. 137 CE, referida a las CC.AA., es política y de naturaleza distinta a la mera autonomía administrativa de municipios y provincias, tal y como ha puesto de relieve en múltiples ocasiones el TC
  3. las Comunidades Autónomas dispusieron su integración en el Estado español pactando la ConstituciónRespuesta incorrecta Las CC.AA. no existen antes del Estado español, ni siquiera antes de la CE. Son producto de una Ley del Estado, la Ley orgánica que las establece a través de su Estatuto de autonomía (Art. 147 CE), y no de un pacto entre unos sujetos previamente inexistentes (las CC.AA.) y el EStado español
  4. las Cortes Generales puede configurar libremente el alcance y contenido de la autonomía, como si España fuese un Estado federalRespuesta incorrecta Las Cortes, al tramitar la Ley Orgánica de Estatuto de Autonomía, pueden rechazar el proyecto y pueden enmendarlo, pero al hacer esto último no pueden intentar vulnerar indirectamente la CE y convertir la autonomía de la C.A. a crear en una mera autonomía administrativa de un ente local, porque la CE ha querido que, de haber CC.AA., éstas tengan autonomía política de un contenido político superior al de la autonomía de oos entes locales. Por eso no son absolutamente libres para configurar el alcance y contenido de la autonomía de las CC.AA.

 

24.-La conversión del Estado de las autonomías en un Estado federal

  1. requiere ser tramitada como reforma constitucional y aprobada por mayoría de tres quintos de cada cámaraRespuesta incorrecta Sí requiere ser aprobada por reforma constitucional, pero, dado que afecta al Título Preliminar (al art. 2 CE), tendría que hacerse por la vía agravada del art. 168, en el que las mayorías son superiores a los 3/5 (2/3).
  2. requiere ser tramitada como reforma constitucional y aprobada por mayoría de dos tercios de cada cámara y sometido a referéndum preceptivamenteRespuesta correcta ¡Correcta! Así se desprende de la aplicación del art. 168 CE, dado que afectaría a una de las materias reservadas a este procedimiento agravado (el Título Preliminar)
  3. no es posible pues la forma de organización territorial del Estado es inmodificableRespuesta incorrecta conforme al art. 168 CE, no hay materias irreformables, no existen cláusulas de intangibilidad ni límites materiales implícitos a la reforma constitucional
  4. no requiere la modificación de la CE de 1978, bastando la reforma de los Estatutos de Autonomía de cada uno de los territorios autonómicosRespuesta incorrecta El Estado autonómico definido por la CE en el art. 2 y en el Título VIII no es ni estructural  ni formalmente un Estado federal, aunque el nivel de descentralización territorial pueda ser tan elevado como en él, luego trasformarlo en un Estado federal implica un cambio de la Constitución y por consiguiente es necesaria la reforma constitucional

 

25.-La participación directa del ciudadano en la adopción de decisiones políticas, como la de reformar el Estatuto de Autonomía de Cataluña,

  1. se puede articular a través del referéndum de reforma constitucionalRespuesta incorrecta No es necesario un referéndum de reforma constitucional para reformar un estatuto de autonomía que es una ley orgánica
  2. se puede articular a través de las elecciones a Cortes generales periódicasRespuesta incorrecta Las elecciones a Cortes Generales son una forma de participación política indirecta a través de representantes, no de participación directa (art. 23 CE)
  3. se puede articular a través del plebiscito previsto en el art. 92 CE convocado por el Presidente del GobiernoRespuesta correcta ¡Correcta! El plebiscito, en tanto convocatoria del cuerpo electoral a manifestarse sobre una decisión política, es una forma de participación directa, con independencia de si es vinculante o no, y se regula en el art. 92 CE. El Presidente del Gobierno podría considerar relevante la cuestión política de si los ciudadanos españoles considerar necesario que las Cortes aprueben la reforma de la Ley orgánica del Estatuto de Autonomía de cualquier Comunidad autónoma y para conocer la opinión de los ciudadanos españoles está este plebiscito (mal llamado referéndum consultivo)
  4. es preceptiva siempre que se reunan 500.000 firmas que lo solicitenRespuesta incorrecta Las 500.000 firmas son necesarias para solicitar la iniciativa legislativa popular(art. 87.3 CE) pero no tienen ningún efecto jurídico en la convocatoria de un plebiscito que sólo procede en los supuestos del art. 92 CE y en los demás previstos en la Constitución

 

Un colectivo de ciudadanos forma un partido político con el objetivo de concurrir a las próximas elecciones generales. Entre los fines del partido, declarados en sus estatutos, aparece impulsar mediante la iniciativa legislativa popular una modificación constitucional que suprima el art. 2 y el Título VIII CE y que contemple la asunción por el Estado de todas las competencias que actualmente tienen las Comunidades Autónomas. Al tratar de inscribir el partido en el registro, el encargado de éste se niega a inscribirlo por considerar que sus fines estatutarios son contrarios al principio autonómico. Del mismo modo, Mesa del Congreso de los Diputados inadmite a trámite la proposición de reforma constitucional presentada por la directiva del partido en el sentido antes indicado, con el argumento de que dicha materia no es susceptible de iniciativa popular. La directiva del partido presenta un recurso judicial en el que impugna la Resolución del registro y la Resolución de la Mesa del Congreso, alegando la vulneración de los arts. 22 y 6 CE, que reconocen el derecho de asociación y de creación de partidos políticos y del art. 1 que atribuye la soberanía nacional al pueblo español, al que no se le podría privar de su ejercicio mediante la iniciativa legislativa popular, y garantiza el pluralismo político, del que son expresión los partidos.

 

26.-El dogma de la soberanía nacional

  1. atribuye la titularidad y ejercicio de todos los poderes a la NaciónRespuesta incorrecta La nación sólo es titular del poder, pero por su abstracción no puede ejercerlo por sí misma y lo tiene que hacer a través de sus representantes
  2. atribuye la titularidad de la soberanía al ParlamentoRespuesta incorrecta Para la soberanía nacional clásica la nación es el titular de la soberanía y no el Parlamento, pero como es un ente abstracto, que por su abstracción no lo puede ejercer, se sirve del parlamento para ejercerlo
  3. atribuye la titularidad de la soberanía al pueblo como suma de ciudadanos realmente existentesRespuesta incorrecta Ese es el dogma de la soberanía popular, no de la soberanía nacional.
  4. distingue entre la titularidad del poder, que corresponde a la Nación como un sujeto colectivo abstracto, y el ejercicio del poder por los órganos del EstadoRespuesta correcta ¡Correcta! Para la soberanía nacional clásica la nación es el titular de la soberanía, pero como es un ente abstracto, que por su abstracción no lo puede ejercer, se sirve del parlamento y los demás órganos del Estado para ejercerlo

 

27.-La reforma de la Constitución española de 1978 que propone el partido

  1. No es posible llevarla a cabo legalmente pues afecta a materias, como el principio autonómico, que son intangiblesRespuesta incorrecta conforme al art. 168 CE, no hay materias irreformables, no existen cláusulas de intangibilidad ni límites materiales implícitos a la reforma constitucional
  2. es posible realizarla siempre que se utilice el procedimiento establecido en el artículo 168Respuesta correcta ¡Correcta! Así se desprende de la aplicación del art. 168 CE, dado que afectaría a una de las materias reservadas a este procedimiento agravado (el Título Preliminar)
  3. Sólo requeriría la ratificación por el cuerpo electoral si lo solicitasen 1/10 de diputados o de senadoresRespuesta incorrecta Requiere ser aprobada por reforma constitucional, pero, dado que afecta al Título Preliminar tendría que hacerse por la vía agravada del art. 168, en el que el referéndum es imperativo (se tiene que realizar en todo caso) y no potestativo (a petición de 1/10 de diputados o de senadores)
  4. requeriría el voto favorable de todas las Asambleas Legislativas de las Comunidades AutónomasRespuesta incorrecta Conforme a los arts. 166 a 169 CE, las Asambleas legislativas de las CC.AA.no intervienen en el procedimiento de reforma constitucional más que en la iniciativa (impulsando que se tramite) pero no en la aprobación de la reforma.

 

28.-La supremacía jurídico-positiva de la CE de 1978

  1. obliga al órgano judicial que resuelva el recurso a enjuiciar la Resolución del registro conforme a los artículos 6 y 22 CERespuesta correcta ¡Correcta! La Constituciópn es norma suprema, tiene eficacia directa, especial y obliga a todos los poderes públicos,incluidos los jueces (art. 9.1 CE), por lo que sus normas deben ser utilizadas por los Tribunales para resolver los asuntos que se les planteen, sobre todo, si, además, como sucede con los derechos de los arts. 6 y 22, se trata de normas directamente invocables ante los tribunales por los particulares (art. 53 CE sensu contrario)
  2. Sólo la poseen las normas que garantizan los derechos y libertades y la división de poderesRespuesta incorrecta Todas las normas constitucionales poseen supremacía, con independencia de su contenido, pues el art. 9.1 CE habla de La constitución, y no distingue entre un tipo de normas y otras. Otra cosa es que esa supremacía se traduzca en un tipo u otro tipo de eficacia directa
  3. Sólo la puede hacer valer el Tribunal ConstitucionalRespuesta incorrecta El tribunal Constitucional es el supremo guardian de la Constitución, pues entre sus funciones (art.s 161 ss CE) están la de controlar la constitucionalidad de muchos actos jurídicos contrarios a la Constitución, pero eso no queire decir que sea el único. Dado que la Constitución vincula a TODOS LOS PODERES PúBLICOS (Art. 9.1 CE) los demás también están obligados, dentro de sus competencias definidas constitucional y legalmente, a hacerla valer.
  4. Sólo la poseen las normas orgánico-procedimentales de la ConstituciónRespuesta incorrecta Todas las normas constitucionales poseen supremacía, con independencia de su contenido, pues el art. 9.1 CE habla de La constitución, y no distingue entre un tipo de normas y otras. Otra cosa es que esa supremacía se traduzca en un tipo u otro tipo de eficacia directa

 

29.-Constituiría un mecanismo de “defensa de la Constitución

  1. El control constitucional de la Resolución del registro de partidosRespuesta incorrecta El control de constitucionalidad de la resolución del registro es independiente de unos valores materiales metapositivos previos a la Constitución, y únicamente pretende hacer valer la supremacía formal de la Constitución con independencia de su contenido
  2. La existencia de un procedimiento agravado para llevar a cabo la reforma constitucional propuesta.Respuesta incorrecta El procedimiento agravado de reforma constitucional es un mecanismo para dotar de más estabilidad en el tiempo a los contenidos de la reforma constitucional, pero en ningún caso pretende que ciertos contenidos sean -por su naturaleza suprapositiva y más valiosa- inmodificables, y con ello se conviertan en una especie de constitución material que hay que defender
  3. La intangibilidad para el poder de reforma constitucional de ciertos principios como el de Estado autonómicoRespuesta correcta ¡Correcta! Precisamente que ciertos contenidos sean inmodificables es lo que hace pensar en que ello es así porque se parte de su naturaleza suprapositiva y más valiosa, y con ello se convierten en una especie de constitución material que hay que defender frente al dinamismo (positividad) del derecho constitucional positivo
  4. El control constitucional de la Resolución de la Mesa del CongresoRespuesta incorrecta El control de constitucionalidad de la resolución de la Mesa del Congreso es independiente de unos valores materiales metapositivos previos a la Constitución, y únicamente pretende hacer valer la supremacía formal de la Constitución con independencia de su contenido

 

30.-El pluralismo político garantizado en el art.

  1. Es un valor que carece de consecuencias jurídicas, por lo que no puede ser alegado por el partido siRespuesta incorrecta Dado que el pluralismo aparece en el art. 1.1 CE como valor superior del ordenamiento español es norma constitucional y goza de la supremacía, con lo que tiene la eficacia jurídica de todas las normas constitucionales (eficacia derogatoria, eficacia interpretativa y eficacia directa), aunque sea en términos muy abstractos
  2. impide la exclusión de cualesquiera fines de los partidos políticos por extremos que éstos sean, siempre que respeten los procedimientos democráticosRespuesta correcta ¡Correcta! Una manifestación de la eficacia normativa delpluralismo es que deben permitirse y formentarse la pluralidad de finalidades polítcas dentro del ordenamiento jurídico, pues son expresión nde la pluralidad polìtica que debe existir en la sociedad
  3. es un valor superior del ordenamiento que solo obliga en el interior del Estado-aparato, pero no en la sociedadRespuesta incorrecta El pluralismo como valor superior del ordenamiento jurídico obliga a los poderes públicos (en el interior del Estado aparato) perotambién a los particulares (Estado comunidad) pues es una norma copnstitucional que conforme al art. 9.1 vincula a todos (poderes públicos y ciudadanos)
  4. es un valor del ordenamiento que solo lo expresan los partidos políticos inscritos.Respuesta incorrecta El pluralismo se extiende a toda la sociedad y lo expresan los actores del proceso electoral, que puden ser tanto partidos políticos como agrupaciones de electores no partidistas, pero también los ciudadanos individuales y los grupos que no son partidfos políicos en la vida cotidiana en socedad cuando ejercitan sus derechos fundamentales y se manifiestan, se expresan, se reunen, se asocian, votan, etc...

 

31.-La participación exigida por el principio democrático se articula en la CE mediante

  1. la iniciativa legislativa popular sin exclusión de ninguna materiaRespuesta incorrecta Es cierto que la iniciativa popular es manifestación de la participación democrática, pero en nuestra constitución tiene vedadas, conforme a los art.s 87.3, art. 134 y art. 166 CE, ciertas materias que no pueden ser objeto de iniociativa popular, como las de ley orgánica, las internacionales, las tributarias, la prerrogativa de gracia,las presupuestarias y la reforma constitucional
  2. la elección de representantes en elecciones periódicas por sufragio universalRespuesta correcta ¡Correcta!El art. 23 CE así lo dispone
  3. el referéndum preceptivo en todos los procesos de reforma constitucionalRespuesta incorrecta El referéndum es también una forma de participación democrática (directa), pero solo es preceptivo en los casos de reforma agravada por el procedimiento del art. 168 CE, pues en los de reforma constitucional simple del art. 167 CE es potestativo (sólo se celebra si lo piden 1/10 de diputados o senadores)
  4. el mandato imperativo de los parlamentarios que permita a los electores revocar su elecciónRespuesta incorrecta Los electores no pueden revocar elmandato de los parlamentarios porque la Constitución prohibe el mandato imperativo para diputados y senadores(art. 67.2)

 

32.-El Estado de Derecho se caracteriza por

  1. el establecimiento de fines estatales a la actividad de los partidos políticosRespuesta incorrecta Eso es el Estaod social
  2. la necesidad de promover la igualdad real y efectiva de todos los partidos políticosRespuesta incorrecta Eso es también se refiere a los tipos de fines a la actividad estatal que suele conllevar el Estado social
  3. la previsión de ayudas económicas a la actividad del partido políticoRespuesta incorrecta Que el partido se vea ayudado mpara ejercer el derecho de asociación con financiación pública es expresión del Estado social, pues supone interferir en la libre actividad de los particulaes, y del Estado democrático, pues la finalidad con la que se hace es facilitar la participación de los ciudadanos en la formación de la voluntad política del Estado al tener más opciones políticas (que representan los partidos) entre las que elegir
  4. la posibilidad de acceso a la tutela judicial efectiva del partido políticoRespuesta correcta ¡Correcta! La tutela por órganos del Estado indepenbdientes, inamovibles, responsables y sometidos en exclusiva al imperio de la ley (organos judiciales) es una característica del Estado de derecho, pues es una forma de hacer efectivo a través de las accions que ejerzan los particulares que toda actividad de poder público está sometida al derecho y en particular a la ley parlamentaria, anulando los actos que sean contrarios a la Constitución o a las demás normas del odenamiento

 

33.-La autonomía que quiere suprimir el partido político es, conforme a la CE de 1978

  1. de naturaleza políticaRespuesta correcta ¡Correcta! Así lo ha establecido desde el principio nuestro Tribunal Constitucional para distinguir la autonomía de las CC.AA. (art. 2 CE) de la de municipios y provincias (art. 137 CE)
  2. Consecuencia de la exclusiva voluntad política de las CC.AA.  de acceder a su autogobiernoRespuesta incorrecta Las CC.AA. no existen ants de que se impulse su constitución, pero incluso los territorios que impùlasn dicha constitución (nacionalidades y regiones) jurçidicamente conformados en municipios,provincias y entes preautonómicos, no bastan por sí solos para culminar el proceso de acceso al autogobierno, puesto que el art. 146 CE determina que deberá el proyecto de Estatuto de autonomía por el que quieran acceder al autogobierno deberá ser aprobado por las Cortes Generales como ley (orgánica según el art. 81 CE). luego hace falta también la voluntad de las Cortes Generales
  3. de caracter administrativoRespuesta incorrecta Las CC.AA. tienen autonomía política y no meramente administrativa, que es porpia de municipios y provincias
  4. expresión de la Soberanía compartida de los pueblos de EspañaRespuesta incorrecta La soberanía nacional corresponde al pueblo español como unidad, conforme al art. 1.2 CE, y no a una suma o agregado de pueblos, por lo que el autogobierno no es expresión de esa inexistente soberanía de los pueblos de España

 

34.-La CE garantiza a las Comunidades Autónomas

  1. que sólo con su consentimiento se podrá reformar el artículo 1 y el Título VIII de la ConstituciónRespuesta incorrecta La reforma de los Estatutos requiere en la iniciativa el consentimiento de la C.A., pero no basta, pues la reforma -igual que el Estatuto reformado- debe ser aprobado como ley orgánica porlas Cortes Generales (art. 147.3 CE)
  2. que el control de sus normas sólo podrá llevarlo a cabo el Tribunal ConstitucionalRespuesta incorrecta Las normas de las CC.AA. son controlables por el Tribunal Constitucional (control de constitucionalidad), pero también por los Tribunales ordinarios (control de legalidad), por el Gobierno (control político de las competencias delegadas por ley del art. 150 CE o control excepcional en caso de incumplimiento atentatorio gravememnte contra el interés general del art. 155 CE), o por el Tribunal de Cuentas (control económico presupuestario). Así lo establece el art. 153 CE
  3. que dispondrán de autonomía financiera y recursos económicos propiosRespuesta correcta ¡Correcta! Sin autonomía financiera no hay verdadero ejercuicio eficaz de la autonomía política. Por eso el art. 156 CE les garanbtiza autonomía financiera a las CC.AA. y el art. 157  CE enumera sus recursos
  4. que sus Estatutos sólo podrán reformarse con la aprobación del cuerpo electoral de ámbito nacionalRespuesta incorrecta El referéndum al que hace referencia el art. 152.2  CE para la reforma de los Estatutos de autopnomía hace referencia a los electores del territorio de la C.A., por lo que el cuerpo electoral que interviene es el de la C.A. no el nacional.

 

35.-El partido político

  1. Sólo podría ser disuelto, ante su no inscripción en el registro, por el Tribunal ConstitucionalRespuesta incorrecta La CE no contiene un fuero jurisdiccional especial privilegiado para que solo el TC sea el competente para disolver los partidos. Conforme al art. 22.4 CE, éstos en tanto asociaciones, sólo pueden ser disueltas por resolución judicial motivada(de cualquier tribunal ordinario que según las leyes procesales sea competente)
  2. Se podría financiar a través de aportaciones privadas no finalistas de cualquier importeRespuesta incorrecta Conforme al art. 5.3 b) de la Ley orgánica 3/1987 de financiación de partidos las aportaciones privadas no pueden superar los 60.000 euros por persona y año
  3. Necesita estar inscrito y tener representantes electos para percibir financiación públicaRespuesta correcta ¡Correcta! Así se desprende del art 3 de la Ley orgánica 3/1987 de financiación de partidos
  4. Se podría financiar con aportaciones privadas de carácter finalistaRespuesta incorrecta Conforme al art. 5.1 de la Ley orgánica 3/1987 de financiación de partidos las aportaciones privadas no pueden ser finalistas

 

 

Un colectivo de ciudadanos forma un partido político con el objetivo de concurrir a las próximas elecciones generales. Entre sus propuestas políticas se encuentra reformar la Constitución española de 1978 para que el Estado convoque un referéndum entre los ciudadanos del País Vasco de modo que éstos, en ejercicio de su soberanía, decidan sobre su independencia. Meses antes de las elecciones, los directivos del partido presentan una iniciativa legislativa popular para que las Cortes Generales aprueben un proyecto de Ley orgánica por el que el Estado transfiera al País Vasco la competencia para autorizar referéndums. Dicha iniciativa es inadmitida a trámite sin justificación alguna por la Mesa del Congreso de los Diputados. Los directivos del partido convocan una manifestación en contra de la decisión de la Mesa y la recurren jurisdiccionalmente, alegando la vulneración de los arts. 1  y 23 CE.

 

 

36.-Conforme a la CE de 1978,

  1. la titularidad y ejercicio de todos los poderes corresponde a la NaciónRespuesta incorrecta Incorrecta. La CE señala en su art.1.2 que la soberanía nacional reside en el pueblo español, "del que emanan todos los poderes".
  2. la titularidad de la soberanía corresponde a los distintos pueblos y naciones de España, incluido el Pueblo vascoRespuesta incorrecta Incorrecta. Según el art.1.2 de la CE, la soberanía nacional reside en el pueblo español; y según el art.2.1 de la CE, la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española.
  3. el Pueblo español tiene únicamente la titularidad de la soberaníaRespuesta incorrecta Incorrecto. Según el art.23.1 de la CE, los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, de forma que también participan en el ejercicio de la soberanía.
  4. los ciudadanos tienen derecho a participar en condiciones de de igualdad en el ejercicio de la soberanía del Pueblo español. Respuesta correcta igualdad en el ejercicio de la soberanía del Pueblo español. Correcta. Según el art.23.1 de la CE, los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes; y el 23.2 el derecho a acceder en igualdad a las funciones y cargos públicos. Por lo demás, el art.14 CE señala la igualdad de los españoles ante la ley.

 

 

37.-La independencia del País Vasco propuesta por el partido

  1. No es posible llevarla a cabo mediante una reforma constitucional, pues la unidad de España prevista en el art. 2 CE es inmodificableRespuesta incorrecta Incorrecta. El art.168 CE permite una reforma total de nuestra Constitución, por lo que no existen límites materiales a la reforma.
  2. requeriría la ratificación en referéndum por el cuerpo electoral del País Vasco si lo solicitasen 1/10 de diputados o de senadoresRespuesta incorrecta Incorrecta. El referendum previsto para la reforma de la Constitución de 1978 debe realizarlo, en todo caso, el cuerpo electoral nacional.
  3. sería posible siempre que se modifique la CE de 1978 por el procedimiento del artículo 168Respuesta correcta Correcta. El art.168 fija el procedimiento a seguir para reformar, entre otras materias, el Título Preliminar de la Constitución.
  4. requeriría el voto previo favorable de la Asamblea Legislativa del País Vasco, ya que afecta a su Estatuto de AutonomíaRespuesta incorrecta Incorrecta. Se trata de una reforma de la CE, y en su aprobación participan las Cortes Generales y el cuerpo electoral nacional. Los Estatutos de Autonomía son, en todo caso, normas infraconstitucionales.

 

 

38.-La eficacia directa de las normas constitucionales

  1. Permite a los ciudadanos manifestarse con independencia de que exista una ley de desarrollo del derecho de manifestaciónRespuesta correcta Correcta. La Constitución de 1978 es fuente de derecho en sí misma, y como su art.53 dispone, los derechos y libertades del Capítulo II "vinculan a todos los poderes públicos" pudiendo cualquier ciudadano recabar la tutela de tales derechos ante los tribunales, sin necesidad de una interpositio legislatoris previa.
  2. Sólo la poseen las normas orgánico-procedimentalesRespuesta incorrecta Incorrecto. La distinción entre normas orgánico-procedimentales y normas de contenido (o dogmáticas) es puramente académica, sin que tenga relevancia jurídica alguna.
  3. Sólo es tutelable por el Tribunal ConstitucionalRespuesta incorrecta Incorrecto. Todos los poderes públicos están sujetos a la Constitución y, en ese sentido, deben aplicarla. Así pues, los tribunales ordinarios controlan directamente la constitucionalidad de las normas infralegales.
  4. Sólo las poseen la llamada parte dogmática de la CE de 1978Respuesta incorrecta Incorrecto. La distinción entre normas orgánico-procedimentales y normas de contenido (o dogmáticas) es puramente académica, sin que tenga relevancia jurídica alguna.

 

 

 

39.-La constitución de un partido político por los ciudadanos

  1. puede ser limitada sólo por las causas previstas en el art. 22 CE en relación con las asociacionesRespuesta incorrecta Incorrecta. Aunque encuadrada en el derecho de asociación, la constitución de partidos políticos posee unos perfiles propios debido a la función que desempeñan. Por imperativo constitucional, además de respetar lo previsto en el art.22, deben ajustar su estructura interna y su funcionamiento al principio democrático (art. 6).
  2. puede ser anulada únicamente por el Tribunal Constitucional que lo puede disolverRespuesta incorrecta Incorrecto. A diferencia de lo que sucede en otros ordenamientos, en España son los tribunales ordinarios los competentes para declarar la disolución o la suspensión de un partido político, al margen de las correspondientes garantías ante la jurisdicción constitucional.
  3. está sometida, entre otros límites, a una estructura interna y funcionamiento democráticosRespuesta correcta Correcta. El art.6 de la CE impone dicha obligación a los partidos políticos.
  4. supone la creación de un nuevo órgano del Estado, dadas las funciones públicas de los partidosRespuesta incorrecta Incorrecta. A pesar de desempeñar funciones políticas esenciales para la democracia, los partidos políticos son asociaciones privadas y no órganos del Estado. Dentro de las Cortes Generales, las funciones las realizan los Grupos Parlamentarios, y no directamente los partidos políticos.

 

 

 

40.-El juez que resuelva el recurso del partido

  1. No está vinculado por los valores superiores del ordenamiento del art. 1.1 CE mientras no posean un concreto desarrollo legalRespuesta incorrecta Incorrecta. El juez, como todo poder público, está vinculado por toda la CE, incluyendo el art.1.1, que deberá interpretar de la forma constitucionalmente correcta, a partir del desarrollo de dichos valores por la propia Constitución a lo largo de su articulado.
  2. Debe interpretar las normas legales a la luz de los valores superiores del ordenamiento del art. 1.1 CERespuesta correcta Correcto. El juez está vinculado por la CE, incluyendo el art.1.1, debiendo interpretar la legislación de conformidad con la Constitución
  3. Debe tener en cuenta los valores superiores del ordenamiento del art. 1.1 CE únicamente como directrices políticasRespuesta incorrecta Incorrecta. La Constitución no es un texto político sino una verdadera norma jurídica a la que están sujetos los ciudadanos y los poderes públicos (art.9.1 CE).
  4. Puede deducir concretos derechos fundamentales de los valores superiores del ordenamiento  reconocidos en el art. 1.1 CE, aunque no estén expresamente previstos en el texto constitucionalRespuesta incorrecta Incorrecta. Una interpretación constitucionalmente correcta de la CE no permite "deducir" derechos que no estén recogidos por la propia Constitución. El art.1.1 CE señala aquellos valores que son superiores dentro del ordenamiento, pero no superiores al propio ordenamiento (por tanto, no pueden usarse para deducir derechos que no hayan sido establecidos por la propia CE).

 

 

 

41.-La iniciativa legislativa popular propuesta

  1. Afecta a una materia excluida de la iniciativa popularRespuesta correcta Correcto. La transferencia de competencias, prevista en el art.150.2 de la CE, debe ser aprobada por Ley Orgánica, y por tanto, es una de las materias excluídas de la iniciativa popular según el art.87.3 de la CE.
  2. Es un mecanismo de participación indirecta en los asuntos públicosRespuesta incorrecta Incorrecto. La iniciativa popular es uno de los instrumentos de democracia directa previstos por nuestra Constitución.
  3. Es el único mecanismo previsto en la CE de 1978 de participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicosRespuesta incorrecta Incorrecto. La Ce prevé otros mecanismos de participación directa, como son el referendum o el Tribunal del Jurado, entre otros.
  4. Obliga a las Cortes Generales a aprobar el texto legal propuestoRespuesta incorrecta Incorrecto. La iniciativa popular es, como su nombre indica, un instrumento que permite iniciar el proceso legislativo, pero no obliga a las Cortes a aprobar, transformando en ley, el contenido de la iniciativa.

 

 

 

42.-La posibilidad de controlar jurisdiccionalmente la Resolución de la Mesa del Congreso

  1. Es una característica de un Estado democráticoRespuesta incorrecta Incorrecto. El control jurisdiccional de los actos del poder público es una exigencia vinculada al Estado de Derecho.
  2. Conculca la división de poderes, pues permite al poder judicial entrometerse en la actividad del ParlamentoRespuesta incorrecta Incorrecto. El objetivo principal de la teoría de la división de poderes es evitar que las diversas funciones estatales sean ejercidas por un sólo órgano. Asimismo, la existencia de la CE como norma suprema implica que todos los poderes públicos, incluido el Parlamento, estén sujetos en su actividad a normas jurídicas.
  3. Es una característica de un Estado socialRespuesta incorrecta Incorrecto. Como se indica en la respuesta a), es una exigencia derivada del Estado de Derecho, en tanto que del Estado social implica fundamentalmente la obligación de los poderes públicos de lograr que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas.
  4. Es una característica del Estado de derecho que establece la CE de 1978Respuesta correcta Correcto. La Ce proclama en su art.9.1 la sujeción de todos los poderes públicos al ordenamiento jurídico, garantizando el principio de legalidad y la prohibición de arbitrariedad en la actuación de los poderes públicos.

 

 

 

43.-La autonomía que tiene garantizada constitucionalmente el País Vasco

  1. Permite a la Comunidad Autónoma tomar decisiones políticas a través de normas con rango de leyRespuesta correcta Correcto. La autonomía reconocida por la CE a las Comunidades Autónomas es una autonomía de naturaleza política, que implica la capacidad de aprobar normas con rango de ley (STC 25/1981, FJ 3).
  2. Es la expresión de la soberanía del Pueblo vascoRespuesta incorrecta Incorrecto. El art.1.2 de la CE establece, exclusivamente, la soberanía nacional que reside en el pueblo español, en tanto que el reconocimiento de la autonomía se garantiza en el marco de la "indisoluble unidad de la Nación española" (art.2)
  3. equivale a la autonomía administrativa de sus municipios y provinciasRespuesta incorrecta Incorrecto. La autonomía de las Comunidades Autónomas es de naturaleza política y, por tanto, "cualitativamente superior a la administrativa", implicando la posibilidad de aprobar normas con rango de ley (STC 25/1981, FJ 3).
  4. se desarrolla a través de una Constitución llamada Estatuto de AutonomíaRespuesta incorrecta Incorrecto. Los Estatutos de Autonomía son normas infraconstitucionales; en concreto, tienen la forma de leyes orgánicas aprobadas por las Cortes Generales (art.81.1 CE).

 

 

 

44.-La CE garantiza al País Vasco

  1. que sólo se podrá reformar su Estatuto de autonomía de conformidad con los procedimientos en él previstosRespuesta correcta Correcto. La CE dispone, en particular para las Comunidades Autónomas que se hayan constituido al amparo de la vía del 151 de la CE, que una vez promulgados sus Estatutos de Autonomía, éstos sólo podrán ser modificados mediante los procedimientos en ellos establecidos (art.152.3 CE).
  2. que su Estatuto de Autonomía sólo podrá reformarse con la aprobación en referéndum de todos los españolesRespuesta incorrecta Incorrecto. El art.152.3 de la CE se refiere exclusivamente al referendum celebrado con participación de los electores inscritos en los censos correspondientes a los territorios que se hayan constituido en Comunidad Autónoma.
  3. que el control de sus normas sólo podrá llevarlo a cabo el Tribunal ConstitucionalRespuesta incorrecta Incorrecto. Aunque sólo el TC puede declarar la inconstitucionalidad de las normas legales post-constitucionales, los tribunales ordinarios también controlan la constitucionalidad de las leyes al aplicarlas, pudiendo elevar cuestión de inconstitucionalidad ante el TC. Por lo demás, las normas infraconstitucionales pueden ser controladas por los tribunales ordinarios en todo caso.
  4. su independencia si la aprueban en referéndum los ciudadanos vascosRespuesta incorrecta Incorrecto. La CE no prevé el derecho de autodeterminación de ninguna parte del territorio. Antes bien, consagra la "indisoluble unidad" de la Nación española. La independencia del País Vasco exigiría una previa reforma de la CE que incluye un referéndum del cuerpo electoral nacional.

 

 

 

45.-Conforme al principio de legalidad garantizado en la CE de 1978

  1. la Mesa del Congreso ha de respetar la Constitución y la Ley Orgánica reguladora de la iniciativa popular a la hora de inadmitir a trámite la iniciativa legislativa propuestaRespuesta correcta Correcto. La CE y la LO 3/1984, reguladora de la iniciativa legislativa popular, excluyen de la misma las materias reservadas a ley orgánica, por lo que la Mesa del Congreso debe inadmitir aquellas iniciativas que no respeten los requisitos señalados por dichas normas.
  2. la Mesa del Congreso puede inadmitir a trámite la iniciativa legislativa sin motivación alguna, dado que el Congreso es el órgano de la soberanía popular y todas sus resoluciones tiene fuerza de leyRespuesta incorrecta Incorrecto. La decisión de la Mesa de inadmitir la iniciativa debe ser motivada, pues a la Mesa le corresponde exclusivamente un control de los requisitos establecidos, y no un juicio político sobre la iniciativa. Asimismo, ni el Congreso es el órgano de la soberanía popular (el art. 66 de la CE sólo otorga, a las Cortes Generales, la condición de representantes del pueblo español), ni todos sus actos tienen valor de ley, sólo las que son aprobadas bajo tal forma siguiendo el procedimiento legislativo previsto a tal efecto.
  3. la Mesa del Congreso puede resolver sobre la inadmisión de la iniciativa legislativa conforme a criterios políticosRespuesta incorrecta Incorrecto. A la Mesa le corresponde exclusivamente el control de los requisitos exigidos por el ordenamiento, y no un juicio político sobre la iniciativa que es competencia, en principio, del Pleno de la Cámara.
  4. la Mesa del Congreso está obligada a admitir a trámite en todo caso la iniciativa legislativa, dado que ha sido propuesta por los ciudadanos en ejercicio de su soberaníaRespuesta incorrecta Incorrecto. La iniciativa popular debe ejercerse respetando los límites previstos por la CE. Asimismo, la Mesa es competente para controlar el respeto de tales límites (en este caso, formales y materiales) cuando se ejerza la iniciativa popular.

 

 

 

Entre las propuestas de un partido político se encuentra reformar la Constitución española de 1978 para que el Estado español deje de ser una monarquía parlamentaria y se convierta en una República parlamentaria. A pesar de que la policía prohíbe varias manifestaciones de los afiliados de dicho partido con el argumento de la ausencia de desarrollo legislativo del derecho de manifestación, el partido gana las elecciones a las Cortes Generales. Durante la legislatura, las Cortes Generales aprueban la reforma pretendida y la someten inmediatamente después a un referéndum que se considera ratificado porque una mayoría de Comunidades Autónomas se pronuncian a favor, aunque la mayoría de los electores del censo electoral nacional votan en contra. Un colectivo de ciudadanos favorables al mantenimiento de la monarquía impugna ante los tribunales ordinarios la proclamación de los resultados del referéndum por vulneración del procedimiento constitucional y legalmente previsto. Con todo, la reforma no llega a entrar en vigor porque el Monarca se niega a sancionarla y promulgarla.

 

 

46.-La conversión del Estado español en una República

  1. Es inconstitucional, puesto que la monarquía garantiza la indisoluble unidad de la nación españolaRespuesta incorrecta Falso. La unidad de la nación es independiente de la forma de estado elegida monárquica o republicana.
  2. Solo es posible si el pueblo español ejerce el poder constituyente originario al margen de los procedimientos de reforma constitucional del Título X CERespuesta incorrecta Falso. Cualquier contenido constitucional es susceptible de revisión a través de los procedimientos establecidos para ser ejercidos por el poder constituyente constituido de reforma constitucional.
  3. implica la traslación de la soberanía del Monarca al Pueblo españolRespuesta incorrecta Falso. Según el Art.1.2 CE la sobreranía nacional ya reside en el pueblo español.
  4. no afecta a la atribución de la soberanía sino únicamente a la forma de provisión de la Jefatura del EstadoRespuesta correcta Correcto. La soberanía nacional continuaría residiendo en el pueblo español y tan sólo se trata de decidir a quién le corresponde la jefatura del Estado, si al Rey de forma hereditaria o, en este caso, a un Presidente de la República por elección.

 

 

 

47.-La modificación del art. 1.3 CE para transformar la monarquía parlamentaria en una República parlamentaria

  1. es posible siempre que se modifique la CE de 1978 por el procedimiento agravado del artículo 168Respuesta correcta Correcto. El procedimiento del Art.168 CE ha de seguirse para reformar cualquier artículo del título prelimimar como el Art.1.3 CE.
  2. requiere que se apruebe la reforma constitucional por mayoría de 3/5 en el Congreso y en el SenadoRespuesta incorrecta Falso. La reforma requiere ser aprobada por mayoría de 2/3 en el Congreso y en el Senado y ser ratificada en referendum.
  3. podría haber sido impulsada por los ciudadanos mediante la iniciativa legislativa popularRespuesta incorrecta Falso. El art. 166 CE descarta que se pueda ejercer iniciativa popular en la reforma constitucional.
  4. exige la ratificación en referéndum por el pueblo español, mediante su aprobación por el cuerpo electoral de la mayoría de las CC.AARespuesta incorrecta Falso. En el reférendum previsto por el Art.168, el que ha de pronunciarse es el cuerpo electoral nacional.

 

 

 

48.-El derecho de manifestación de los afiliados del partido

  1. Tiene eficacia directaRespuesta correcta Correcto. Todos los derechos fundamentales tienen eficacia directa derivada de su reconocimiento en la norma jurídica suprema.
  2. sólo es tutelable ante los tribunales ordinariosRespuesta incorrecta Falso. Los derechos fundamentales gozan de la tutela de los tribunales ordinarios y también del Tribunal Constitucional si están reconocidos en los Arts. 14 a 30 CE y el derecho de manifestación aparece en el Art.21 CE.
  3. Carece de eficacia directa al no tratarse de una norma orgánico-procedimentalRespuesta incorrecta Falso. El contenido o la naturaleza de la norma constitucional no condiciona su eficacia.
  4. Sólo puede ejercerse previo desarrollo legislativoRespuesta incorrecta Falso. Los derechos fundamentales pueden ejercerse tan pronto son reconocidos por la Constitución.

 

 

 

49.-Conforme a la CE de 1978 y a la Ley de Partidos, el partido político

  1. Es una manifestación cualificada del ejercicio en el ámbito político del derecho de asociación del art. 22 CE, protegida por la garantía institucional del art. 6 CERespuesta correcta Correcto. Ello se debe a que expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento para la participación política.
  2. Ha de tener una estructura interna democrática, pero no un funcionamiento democráticoRespuesta incorrecta Falso. El Art.6 CE exige que los partidos tengan una estructura y un funcionamiento democrático.
  3. Se disuelve si deja de ejercer las funciones públicas  que le atribuye el art. 6 CERespuesta incorrecta Falso. Tan sólo puede ser disuelto por las causas legalmente establecidas.
  4. sólo puede ser disuelto por sentencia el Tribunal ConstitucionalRespuesta incorrecta Falso. La competencia de disolución corresponde a los Tribunales ordinarios, según el Art.22 CE.

 

 

 

50.-El valor superior de la libertad (art. 1.1 CE)

  1. Convierte en inconstitucional la actual configuración  constitucional de la monarquía parlamentariaRespuesta incorrecta
  2. Obliga a interpretar los límites al ejercicio del derecho de manifestación constitucionalmente previstos en el art. 21 CE de la forma más favorable a la libertad del individuoRespuesta correcta
  3. Carece por sí sólo de eficacia jurídica y necesita de desarrollo en otros preceptos constitucionalesRespuesta incorrecta
  4. permite deducir nuevos derechos fundamentales, aunque no coincidan con los expresamente previstos en el texto constitucionalRespuesta incorrecta

 

 

 

51.-El referéndum de reforma constitucional

  1. Tiene por objeto una decisión política y no una norma jurídicaRespuesta incorrecta Falso. Su objeto es una norma jurídica, la Constitución.
  2. Es un mecanismo de participación indirecta en los asuntos públicosRespuesta incorrecta Falso. Es un mecanismo de participación directa en los asuntos públicos.
  3. No era necesario celebrarlo si no lo solicitaban 1/10 de los Diputados o de los SenadoresRespuesta incorrecta Falso. El referéndum del Art.167 es potestativo y vinculante, deben solicitarlo 1/10 de diputados o senadores; el referéndum del Art. 168 es obligatorio en su convocatoria y vinculante en su resultado.
  4. Es un mecanismo de participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicosRespuesta correcta Verdadero. Los ciudadanos participan directamente en la función de reforma constitucional.

 

 

 

52.-La posibilidad de control jurisdiccional del procedimiento de referéndum

  1. Es una garantía de la soberanía compartida entre el Monarca y el Pueblo españolRespuesta incorrecta Falso. En España la soberanía corresponde sólo al Pueblo español.
  2. Conculca la soberanía popular, pues permite al Poder Judicial entrometerse en la actividad del Pueblo soberanoRespuesta incorrecta Falso. En el referéndum de reforma no participa el pueblo soberano, sino un cuerpo electoral que cumple una función constituyente-constituída.
  3. Es una consecuencia de que España sea un Estado socialRespuesta incorrecta Falso. Nada tiene que ver con el principio del Estado social.
  4. Es una consecuencia de la vigencia en nuestro ordenamiento del principio de legalidadRespuesta correcta Verdadero. Se vincularía con esa exigencia del Estado de derecho.

 

 

 

53.-El principio autonómico garantizado en el art. 2 y en el Título VIII CE,

  1. Permite a las CC.AA. participar en el ejercicio de la función legislativaRespuesta correcta Verdadero. La autonomía política confiere a los territorios potestad legislativa.
  2. Permite a las provincias participar en el ejercicio de la función constituyente a través del referéndum de reforma constitucionalRespuesta incorrecta Falso. Es el cuerpo electoral nacional el que interviene en el reférendum constitucional.
  3. Permite a las CC.AA participar en el ejercicio de la función constituyente a través del referéndum de reforma constitucional.Respuesta incorrecta Falso. Es el cuerpo electoral nacional el que interviene en el reférendum constitucional.
  4. Convierte a los pueblos y nacionalidades de España en cotitulares de la soberanía.Respuesta incorrecta Falso. El titular de soberanía es el pueblo español.

 

 

 

54.-El Monarca

  1. No puede negarse a sancionar y promulgar la reforma constitucional, pues carece de poderes de decisión política o de control de constitucionalidadRespuesta correcta Verdadero. La sanción y promulgación real son actos debidos.
  2. Puede negarse a sancionar y promulgar la reforma constitucional en ejercicio de sus poderes de arbitrio y moderación del funcionamiento regular (legal) de las institucionesRespuesta incorrecta Falso. La sanción y promulgación real son actos debidos.
  3. ejerce materialmente, con la sanción y la promulgación, el poder constituyente del que es cotitular como soberanoRespuesta incorrecta Falso. El único titular de la soberanía es el Pueblo español.
  4. puede negarse a sancionar y promulgar la reforma constitucional pues España es una monarquía constitucionalRespuesta incorrecta Falso. España es una monarquía parlamentaria y la sanción y promulgación son actos debidos.

 

 

 

55.-Conforme a la CE, la prohibición policial de la manifestación

  1. Solo cabe en los casos constitucional y legalmente previstos, cuando la policía haya sido habilitada para elloRespuesta correcta Verdadero. Así lo exige el principio de legalidad.
  2. Está regida por el principio de vinculación negativa de la Administración a la leyRespuesta incorrecta Falso. La administración está vinculada postivamente a la ley.
  3. Es posible siempre que un reglamento haya previsto la limitación del ejercicio del derecho de manifestaciónRespuesta incorrecta Falso. Hay reserva de ley cuando se trata de limitar un derecho fundamental.
  4. no es controlable jurisdiccionalmenteRespuesta incorrecta Falso. Según el Art.106 CE los tribunales controlarán la legalidad de la actuación administrativa.