Test sobre Derechos Fundamentales VII y VIII

 

 

 

El art. 20.1.d CE reconoce el derecho a comunicar o recibir información veraz por cualquier medio de difusión. En desarrollo de este derecho las Cortes Generales aprueban una Ley de Libertad de Prensa, entre cuyas disposiciones se incluyen: - Un sistema de ayudas económicas para las publicaciones que incluyan secciones fijas de interés cultural. -Un sistema de rectificación, para el supuesto de noticias que incluyan información mendaz o atentatoria contra el honor de personas. Paralelamente, y a fin de fomentar la lectura de prensa a través de internet, se aprueban ayudas económicas para que los particulares puedan obtener ordenadores con conexión a internet.

 

 

1.-La regulación legal del derecho a recibir información del art. 20 CE

  1. es imprescindible para que el derecho fundamental posea eficacia jurídicaRespuesta incorrecta Conforme a la jurisprudencia constitucional, lo característico de los ddff (y la libertad de expresión del art. 20 CE lo es) es su disponibilidad inmediata para sus titulares, es decir, sin la intermediación del legislador, como específica manifestación de la eficacia directa que poseen en tanto normas constitucionales.
  2. podría realizarse igualmente a través de un reglamento, ya que éste también puede regular el ejercicio de derechos fundamentalesRespuesta incorrecta Conforme al art. 53.1 CE debe ser la ley la que regule el ejercicio de los ddff (entre los que está la libertad de expresión del art. 20 CE), puesto que existe una reserva de ley, y el reglamento únicamente puede regular aspectos técnicos o de detalle en los términos en los que le haya habilitado la ley y siempre que ésta haya satisfecho la regulación de la materia objeto de reserva.
  3. refuerza la eficacia del derecho, pero éste ya posee por sí mismo eficacia directa sin necesidad de desarrollo legislativoRespuesta correcta Conforme a la jurisprudencia constitucional, lo característico de los ddff (y la libertad de expresión del art. 20 CE lo es) es su disponibilidad inmediata para sus titulares, es decir, sin la intermediación del legislador, como específica manifestación de la eficacia directa que poseen en tanto normas constitucionales. La ley podría reforzar la eficacia del derecho fundamental, pero no es necesarioa para que éste pueda ser invocado directamente ante los tribunales a partir de lo que dispone la propia CE de 1978.
  4. sólo podría realizarse en el caso de que el derecho del art. 20 CE fuese de configuración legalRespuesta incorrecta Conforme al art. 53.1 CE el ejercicio de TODOS LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL CAPÍTULO II (no sólo los llamados derechos de configuración legal) debe ser regulado por ley, puesto que existe una reserva de ley. Además, la libertad de expresión del art. 20 no es un derecho de configuración legal.

 

 

 

2.-La regulación del sistema de ayudas económicas que realiza la Ley a las publicaciones para que incluyan secciones fijas de interés cultural

  1. sería incompatible con una teoría liberal de los derechos, al privilegiar un determinado ejercicio de la libertad de informaciónRespuesta correcta Efectivamente, la teoría liberal parte del deber de abstención de los poderes públicos y su no injerencia en los ámbitos de libertad de los ddff, que únicamente debe ser excepcionado cuando la regulación sea necesaria para evitar el abuso en el ejercicio de sus derechos por parte de algunos individuos en perjuicio de otros, o cuando sea necesario para salvaguardar algún bien esencial para la sociedad. En ningún caso se planeta por la teoría liberar una intervención de fomento o prestación para coadyuvar al ejercicio de los ddff por aquellas personas cuyas condiciones sociales (falta de medios económicos) les dificultan su ejercicio.
  2. no sería coherente con una teoría social de los derechos fundamentales, en la que todas las libertades han de tener el mismo valor jurídicoRespuesta incorrecta Precisamente las ayudas económicas para el ejercicio de ciertos derechos fundamentales por ciertas personas, son características de una teoría social de los ddff., en la medida en que ésta demanda de los poderes públicos su intervención de fomento o prestación para coadyuvar al ejercicio de los ddff por aquellas personas cuyas condiciones sociales (falta de medios económicos) les dificultan su ejercicio.
  3. implicaría que sólo se considerasen ejercicio de la libertad de información las publicaciones que contuviesen secciones fijas de interés culturalRespuesta incorrecta Las ayudas económicas son una manifestación del deber general (dimensión objetiva) que pesa sobre los poderes públicos para maximizar el ejercicio de los ddff., pero es el Estado el que decide qué derechos (o qué facultades iusfundamentales que forman parte del contenido subjetivo de cada derecho) se ven fomentadas y en qué grado, y cuáles no, sin que ello altere para nada el contenido subjetivo de los ddff, y por tanto la garantía iusfundamental también de aquellas otras facultades que no se ven maximizadas con ayudas económicas.
  4. convierte la libertad de información en un derecho exclusivamente prestacionalRespuesta incorrecta Conforme a la jurisprudencia constitucional, la libertad de expresión no es un derecho prestacional, sino eminentemente un derecho de libertad, acompañado de una garantía institucional de la opinión pública libre y de una serie de garantías de organización y procedimiento. Las ayudas económicas forman parte del contenido o dimensión objetiva del derecho fundamental, y del deber general de los poderes públicos de maximizar el disfrute de los ddff., creando en su caso derechos legales (que no fundamentales) a ciertas prestaciones económicas de apoyo.

 

 

 

3.-La normativa de ayudas para la adquisición de ordenadores con conexión a internet

  1. es consecuencia del efecto recíproco de los derechos fundamentalesRespuesta incorrecta El efecto recíproco implica el constreñimiento de los límites de los ddff al mínimo imprescindible, no la existencia de ayudas económicas para su ejercicio.
  2. responde a la dimensión objetiva de los derechos, que obliga a que los poderes públicos traten de potenciar el ejercicio de la dimensión subjetivaRespuesta correcta Efectivamente, las dimensión objetiva de los ddff se manifiesta en el deber general que pesa sobre los poderes públicos de maximizar en la medida de sus posibilidades (fácticas y jurídicas) el disfrute de los ddff., una parte de lo cual se puede coseguir mediante una intervención de fomento o prestación para coadyuvar al ejercicio del derecho a recibir información por aquellas personas cuyas condiciones sociales (falta de medios económicos) les dificultan su ejercicio.
  3. es consecuencia de que la dimensión subjetiva de los derechos fundamentales tiene por objeto potenciar su dimensión objetivaRespuesta incorrecta Las ayudas económicas son expresión de la dimensión objetiva del derecho fundamental (del deber general que pesa sobre los poderes públicos para maximizar el disfrute de los ddff, no de su dimensión subjetiva, porque en el caso de las libertades de expresión e información y del derecho a recibir información del art. 20 CE, su contenido subjetivo no incluye ningún derecho prestacional.
  4. sólo podría justificarse si se considera que el derecho a recibir información es una libertad que carece de dimensión objetivaRespuesta incorrecta Muy al contrario, las dimensión objetiva de los ddff se manifiesta precisamente en el deber general que pesa sobre los poderes públicos de maximizar en la medida de sus posibilidades (fácticas y jurídicas) el disfrute de los ddff., una parte de lo cual se puede coseguir mediante una intervención de fomento o prestación para coadyuvar al ejercicio del derecho a recibir información por aquellas personas cuyas condiciones sociales (falta de medios económicos) les dificultan su ejercicio.

 

 

 

4.-Señala la respuesta correcta

  1. la difusión de información mendaz es ejercicio de la libertad de información, aunque se establezca legalmente un sistema de rectificaciónRespuesta incorrecta No, puesto que el art. 20.1.d) CE reconoce el derecho a difundir y recibir "información veraz", no información mendaz
  2. el sistema de rectificación para los supuestos de atentados contra el honor trata de hacer efectivo un límite interno del derecho del art. 20 CERespuesta correcta Efectivamente, en la medida en que el derecho de rectificación permite a la persona aludida por una información que considera inexacta o falta y, con ello, lesiva de su honor exigir del medio de comunicación la publicación de un texto de rectificación de la misma, aparece como un mecanismo que implementa un límite interno de la libertad de información cual es el derecho al honor.
  3. la regulación de un sistema de rectificación es inconstitucional, ya que la libertad de información carece de límites al ser un derecho fundamentalRespuesta incorrecta Conforme a la jurisprudencia constitucional, ningún derecho fundamental (tampoco la libertad de información) es ilimitado o carente de límites, sino que todos están sometidos a límites aunque sean sólo los internos.
  4. el sistema de rectificación sólo podría exigirse para el caso de información mendaz, ya que éste es el único límite interno constitucionalmente previsto para el derecho del art. 20Respuesta incorrecta Que la información sea veraz (y por tanto no pueda ser mendaz) no es el único límite interno que tiene la libertad de información. El respeto al resto de derechos fundamentales del Título I, y especialemnte a la infancia y a la juventud, son también límites internos (así lo corrobora el art. 20.4 CE).

 

 

 

5.-La interpretación de qué debe considerarse como información mendaz

  1. debe realizarse acudiendo al significado que socialmente se otorgue a este conceptoRespuesta incorrecta Los preceptos constitucionales, y en particular los de ddff, deben ser interpretados conforme a la concepción jurídicamente obligatoria que se desprenda del texto constitucional en su conjunto, y no conforme al significado que la mayoría social les quiera atribuir en cada momento, pues de lo contrario no operarían como garantía de la minoría y se socavaría la supremacía de la Constitución de la que forman parte.
  2. no podría servirse de los tratados internacionales, ya que éstos carecen de rango constitucionalRespuesta incorrecta Aunque en nuestra Constitución los tratados efectivamente carecen de rango constituicional, conforme al art. 10.2 CE, sí que deben ser tenidos en cuenta como criterio interpretativo de los derechos reconocidos en el Título I
  3. debe realizarla en último término el Tribunal Constitucional, debido al carácter abstracto del enunciado del derecho fundamentalRespuesta correcta El Tribunal Constitucional es, conforme al art. 1 LOTC, el supremo intérprete de la Constitución y por tanto en materia de garantía de los ddff, dado que se trata de normas incluidas en enunciados deliberadamente abstractos y abiertos, su intérprete último a través de los distintos procedimientos de control de constitucionalidad y especialmente a través del recurso de amparo
  4. sólo está legitimado  para llevarla a cabo el legislador, a través de una Ley Orgánica, ya que supone desarrollo del derecho fundamental del art. 20Respuesta incorrecta El legislador realiza una concreción interpretadora cuando desarrolla los derechos de la Sección 1ª del Cap. II del Título I por ley orgánica (art. 81 CE) y cuando regula por ley ordinaria el ejercicio de todos los derechos del cap. II, (art. 53.1 CE), pero no es el único interprete, pues en garantía de la supremacía constitucional -que opera también frente a esa tarea concretadora del legislador- aparece el Tribunal Constitucional como intérprete supremo.

 

 

La Guardia Civil detuvo en Barcelona a 14 personas de nacionalidad paquistaní, presuntamente vinculadas con el terrorismo islamista. En el curso de la operación, que continúa abierta, se han producido varios registros domiciliarios, y se han intervenido las comunicaciones de los familiares de los detenidos. Tras cinco días en la comandancia de la Guardia Civil, asistidos por un abogado de oficio, los detenidos han sido puestos a disposición del juez competente, que ha ordenado su prisión preventiva sin fianza. Entre tanto, las autoridades paquistaníes solicitan al Gobierno español la extradición de los detenidos en virtud de un tratado internacional vigente entre España y Paquistán, para juzgarlos por delitos de terrorismo cometidos en su país de origen y, en su caso, condenarlos a la pena de muerte. Los padres de cuatro los detenidos, menores de edad, han interpuesto en su nombre un recurso de habeas corpus por detención ilegal, y ante su desestimación han interpuesto recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional

 

 

 

6.-Los detenidos pueden interponer el recurso de amparo frente a

  1. la Ley de Enjuiciamiento Criminal que permite su detenciónRespuesta incorrecta Conforme al art. 42 LOTC, recurso de amparo no cabe frente a actos o disposiciones con fuerza de ley de los órganos legislativos, sino sólo frente a actos sin valor o fuerza de ley de éstos.
  2. la detención por la Guardia Civil y la decisión judicial de desestimar el recurso de habeas corpusRespuesta correcta Efectivamente, se trata de un acto de una Administración pública (art. 43 LOTC) o un acto de un órgano judicial (art. 44 LOTC) presuntamenten lesivos de un derecho fundamental de los previstos en los arts 14 a 30 (la libertad personal del art. 17) y por tanto son susceptibles de ser impugandos en amparo.
  3. el tratado internacional que prevé la posibilidad de su extradición a PaquistánRespuesta incorrecta Conforme al art. 42 LOTC, recurso de amparo no cabe frente a actos o disposiciones con fuerza de ley (el tratado internacional lo es) , sino sólo frente a actos sin valor o fuerza de ley de los órganos legislativos.
  4. la decisión judicial de desestimar el recurso de habeas corpus exclusivamenteRespuesta incorrecta El recurso de amparo cabe interponerlo en este caso frente a un acto de una Administración pública (art. 43 LOTC), como la detención de la guardia civil, o un acto de un órgano judicial (art. 44 LOTC), la desestimación del habeas corpus, presuntamenten lesivos de un derecho fundamental de los previstos en los arts 14 a 30 (en este caso la libertad personal del art. 17).

 

 

 

7.-La sentencia del Tribunal Constitucional que resolviese el recurso de amparo tendría

  1. que establecer la indemnización económica que habría que abonar a los recurrentes en caso de ser estimatoriaRespuesta incorrecta No es uno de los pronunciamientos que ha previsto el art. 55.1 LOTC, y además muy probablemente implicaría pronunciarse sobre los hechos del proceso de instancia, lo que en términos generales no debe hacer el TC.
  2. efectos erga omnes si es estimatoriaRespuesta incorrecta Conforme al art. 164 CE, son preciamente las sentencias estimativas de amparo (de un derecho subjetivo) las que no tienen efectos generales o erga omnes, sino sólo entre las partes.
  3. efectos inter partes si es desestimatoriaRespuesta incorrecta Conforme al art. 164 CE, las sentencias que no sean estimativas del amparo (por tanto también las desestimatorias) tienen efectos generales o erga omnes, y no sólo entre las partes.
  4. efectos inter partes si es estimatoriaRespuesta correcta Conforme al art. 164 CE, las sentencias estimativas de amparo (de un derecho subjetivo) no tienen efectos generales o erga omnes, sino sólo entre las partes (inter partes).

 

 

 

8.-Señale la respuesta correcta

  1. la detención preventiva puede durar cinco días, siempre que antes de las el juez haya autorizado su prórroga por otras 48 horasRespuesta correcta El art. 55.2 CE, permite la suspensión de ALGUNOS DDFF en relación con las investigaciones de bandas terroristas,entre los que se encuentra la garantía de la duración máxima de 72 horas en caso de detención preventiva (art. 17.2 CE), y a tal efecto el art. 520 bis.1 LECr. permite la prórroga de la detención el tiempo necesario para los fines investigadores, hasta un límite máximo de otras cuarenta y ocho horas, siempre que, solicitada tal prórroga mediante comunicación motivada dentro de las primeras cuarenta y ocho horas desde la detención, sea autorizada por el Juez en las veinticuatro horas siguientes.
  2. en relación con la lucha antiterrorista quedan suspendidos automáticamente todos los derechos de la sección 1ª del Capítulo II del Título IRespuesta incorrecta El art. 55.2 CE, permite la suspensión de ALGUNOS DDFF en relación con las investigaciones de bandas terroristas, pero NO DE TODOS LOS DDFF DE LA SECCIÓN 1ª DEL CAP. II DEL TIT. I., y además la suspensión no es automática, sino que lo será en los caoss y términos previstos legalmente.
  3. sólo cabría intervenir las comunicaciones de los familiares de los detenidos o entrar en sus domicilios cuando se haya declarado el Estado de excepciónRespuesta incorrecta Conforme al art. 55.2 CE, cabe la suspensión individual (para elementos determinados) del derecho del art. 18.3 (secreto de las comunicaciones) en las investigaciones de bandas terroristas, aunque no se haya declarado el estado de excepción (art. 55.1 CE).
  4. el detenido no está legitimado para interponer el recurso de habeas corpus porque tiene suspendido el derecho a la libertad personal del art. 17 CERespuesta incorrecta Conforme al art. 55.2 CE, queda suspendida la garantía de la duración máxima de la detención preventiva (art. 17.2 CE) pero no todas las garantías del derecho a la libertad personal, y en ningún caso el derecho al recurso al habeas corpus del art. 17.4 CE.

 

 

 

9.-La dimensión subjetiva del derecho a la vida de los detenidos

  1. obliga al Gobierno a no extraditarlos a Paquistán para proteger su vida, si teme que las autoridades de aquél país les puedan aplicar la pena de muerteRespuesta incorrecta La obligación de los poderes públicos de no actuar de forma que se ponga en peligro el disfrute de los ddff es una manifestación de la dimensión objetiva de éstos.
  2. obliga a los poderes públicos a interpretar el tratado de extradición con Paquistán de modo que se maximice su derecho a la vidaRespuesta incorrecta la interpretación de todas las normas (incluidos los tratados internacionales) de conformidad con los ddff es una consecuencia de su efecto irradiante, que es expresión de su dimensión objetiva.
  3. obliga a los poderes públicos a respetar el principio de proporcionalidad a la hora de limitar su libertad personalRespuesta incorrecta El principio de proporcionalidad se desprende del efecto recíproco de los ddff, y por tanto de la dimensión objetiva de éstos.
  4. les concede una serie de facultades jurídicas para responder frente a las posibles intromisiones de los poderes públicos en su derecho a la vidaRespuesta correcta La dimensión o contenido subjetivo de un df consiste en el haz de facultades, ejercitables por su titular, que el despliega el df para la garantía de su objeto, entre las que está el derecho de libertad para actuar libremente la conducta objeto del derecho (en este caso la de vivir) y en su caso reaccionar frente a las intromisiones ilegítimas en la misma.

 

 

 

10.-Los padres de los detenidos menores de edad

  1. en ningún caso pueden interponer un recurso en nombre de éstos pues las facultades iusfundamental son personalísimas y no se pueden ejercer por representaciónRespuesta incorrecta Sí podrían interponer un recurso en nombre de éstos porque la tutela judicial efectiva y las facultades de reacción frente a las intromisiones ilegítimas en la libertad personal son dos facultades iusfundamentales que se pueden ejercer por un tercero en nombre del menor (heteroejercicio), en la medida en que su ejercicio satisface el interés del menor (ser liberado o puesto a disposición judicial) y no el interés del representante.
  2. pueden ejercer cualesquiera facultades iusfundamental de los detenidos, puesto que éstos, al ser menores de edad, ejercen siempre sus derechos fundamentales a través de sus representantesRespuesta incorrecta El ejercicio por parte de un tercero de las facultades iusfundamentales de un menor (heteroejercicio) está condicionado a que satisfaga el interés del menor y no el interés del representante, lo cual sucede con ALGUNAS FACULTADES IUSFUNDAMENTALES PERO NO CON TODAS (por ejemplo, no sucede con la de moverse libremente, o con la de expresar unos determinados pensamientos o tener una determinada religión o ideología).
  3. pueden ejercer en su nombre las facultades iusfundamental que, conforme a sus condiciones de madurez, no puedan ejercer por sí mismos y que redunden en su beneficio, como es el caso de interponer el recurso de habeas corpusRespuesta correcta Efectivamente, las facultades de reacción frente a las intromisiones ilegítimas en la libertad personal es una facultad iusfundamental que se pueden ejercer por un tercero en nombre del menor (heteroejercicio), en la medida en que su ejercicio satisface el interés del menor (ser liberado o puesto a disposición judicial) y no el interés del representante.
  4. no pueden interponer el recurso de habeas corpus si ellos mismos carecen de la nacionalidad españolaRespuesta incorrecta Conforme a la jurisprudencia constitucional, los derechos a la libertad personal (art. 17 CE) y a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE) son de titularidad universal, y no requieren poseer la nacionalidad española para su ejercicio.

 

 

 

11.-Frente a la lesión de su derecho a la libertad personal que les causa la detención (art. 17 CE), los detenidos

  1. sólo pueden recurrir a través del denominado procedimiento preferente y sumario, no a través del recurso de habeas corpusRespuesta incorrecta Además del procedimiento especial preferente y sumario del art. 53.2 CE, está "en su caso" el recurso de amparo, y los procedimientos judiciales ordinarios en ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24 CE.
  2. sólo pueden recurrir a través de los procedimientos ordinarios de tutela de los derechos fundamentalesRespuesta incorrecta Además de los procedimientos judiciales ordinarios en ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24 CE, están el procedimiento especial preferente y sumario del art. 53.2 CE y "en su caso" el recurso de amparo.
  3. no pueden interponer ningún recurso porque el derecho está suspendidoRespuesta incorrecta Conforme al art. 55.2 CE, en las investigaciones sobre bandas terroristas no se pueden suspender ni el derecho al recurso al habeas corpus (art. 17.4) ni el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE).
  4. pueden recurrir a través de los procedimientos ordinarios, del procedimiento preferente y sumario y del procedimiento de habeas corpus, pero en este último caso sólo pueden invocar la ilegalidad de la detención y reclamar su puesta a disposición judicialRespuesta correcta Además de los procedimientos judiciales ordinarios en ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24 CE, están el procedimiento especial preferente y sumario del art. 53.2 CE y "en su caso" el recurso de amparo.

 

 

 

12.-La asistencia jurídica gratuita de los detenidos durante el proceso es la expresión de

  1. un derecho de libertadRespuesta incorrecta Dado que implica una prestación del Estado, se corresponde con un derecho de prestación, y no con un derecho de libertad (puesto que no garantiza conductas libres), ni con una garantía institucional (pues no obliga a respetar una imagen maestra de una determinada institución social), ni forma parte de la dismensión objetiva del derecho a la tutela judicial efectica, sino de su dimensión objetiva (el Estado debe en todo caso prestar ese servicio).
  2. una garantía institucionalRespuesta incorrecta Dado que implica una prestación del Estado, se corresponde con un derecho de prestación, y no con un derecho de libertad (puesto que no garantiza conductas libres), ni con una garantía institucional (pues no obliga a respetar una imagen maestra de una determinada institución social), ni forma parte de la dismensión objetiva del derecho a la tutela judicial efectica, sino de su dimensión objetiva (el Estado debe en todo caso prestar ese servicio).
  3. la dimensión objetiva del derecho a la tutela judicial efectivaRespuesta incorrecta Dado que implica una prestación del Estado, se corresponde con un derecho de prestación, y no con un derecho de libertad (puesto que no garantiza conductas libres), ni con una garantía institucional (pues no obliga a respetar una imagen maestra de una determinada institución social), ni forma parte de la dismensión objetiva del derecho a la tutela judicial efectica, sino de su dimensión objetiva (el Estado debe en todo caso prestar ese servicio).
  4. un derecho de prestaciónRespuesta correcta Dado que implica una prestación del Estado, se corresponde con un derecho de prestación, y no con un derecho de libertad (puesto que no garantiza conductas libres), ni con una garantía institucional (pues no obliga a respetar una imagen maestra de una determinada institución social), ni forma parte de la dismensión objetiva del derecho a la tutela judicial efectica, sino de su dimensión objetiva (el Estado debe en todo caso prestar ese servicio).

 

 

 

13.-El derecho al secreto de las comunicaciones de los familiares de los detenidos

  1. es un derecho ilimitado porque el art. 18.3 CE no establece expresamente límitesRespuesta incorrecta Según la jurisprudencia constitucional, no hay derechos absolutos o ilimitados, pues todos están sometidos como mínimo a límites internos derivados de su coexistencia con otros derechos o bienes constitucionales.
  2. encuentra su límite externo en el bien constitucional de garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos amenazados por el terrorismo mediante su persecución penalRespuesta incorrecta La garantía de la integridad física, la vida, la libertad, la tutela judicial efectvia etc... de los ciudadanos mediante la persecución penal del terrorismo es un límite interno, no un límite externo, puesto que se desprende de la coexistencia de los derechos del presunto terrorista condichos derechos fudnamentales y bienes constitucionales.
  3. encuentra su límite interno inmanente en el bien constitucional de garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos amenazados por el terrorismo mediante su persecución penalRespuesta correcta La garantía de la integridad física, la vida, la libertad, la tutela judicial efectvia etc... de los ciudadanos mediante la persecución penal del terrorismo es un límite interno, no un límite externo, puesto que se desprende de la coexistencia de los derechos del presunto terrorista condichos derechos fudnamentales y bienes constitucionales.
  4. puede ser limitado en virtud de la reserva general de limitación de los derechos fundamentales que establece el art. 53 CERespuesta incorrecta No existe una reserva general de limitación de los ddff, y además la reserva de ley del art. 53.1 CE, sirve -en relación con los derechos de la sección 1ª, Cap. II, Tit. I- sólo para regular su ejercicio, no para desarrollarlos, es decir, no para limitarlos.

 

 

 

14.-Los paquistaníes, en tanto extranjeros

  1. no son titulares de ningún derecho fundamental mientras la ley o el tratado no se los hayan reconocido expresamenteRespuesta incorrecta Conforme al art. 13 y al Cap. II, Tit. I CE, tal y como los ha interpretado la jurisprudencia Constitucional, los extranjeros son titulares de ALGUNOS DDFF, como la libertad personal del art. 17 CE o la tutela judicial efectiva del art. 24 CE, ex constitutione y por regla general en los mismos términos que los españoles;de otros ddff, como los de los arts. 19 (entrada y salida, residencia), 29 (petición), 35 (trabajo, libre elección de profesión u oficio, etc... NOS SON TITULARES es constitutione, pero pueden disfrutarlos como tales derechos constitucionales si la ley o el tratado se los extienden; y finalmente, de otros ddff, como los de participación política del art. 23 (salvo el derecho se sufragio en elecciones municipales) NO SON TITULARES Y NO CABE EXTENDERSELOS POR LEY O TRATADO.
  2. son titulares de todos los derechos fundamentales reconocidos en el Título I pero sólo pueden ejercerlos en las condiciones establecidas en la ley o el tratado, como derechos legalesRespuesta incorrecta Conforme al art. 13 y al Cap. II, Tit. I CE, tal y como los ha interpretado la jurisprudencia Constitucional, los extranjeros son titulares de ALGUNOS DDFF, como la libertad personal del art. 17 CE o la tutela judicial efectiva del art. 24 CE, ex constitutione y por regla general en los mismos términos que los españoles;de otros ddff, como los de los arts. 19 (entrada y salida, residencia), 29 (petición), 35 (trabajo, libre elección de profesión u oficio, etc... NOS SON TITULARES es constitutione, pero pueden disfrutarlos como tales derechos constitucionales si la ley o el tratado se los extienden; y finalmente, de otros ddff, como los de participación política del art. 23 (salvo el derecho se sufragio en elecciones municipales) NO SON TITULARES Y NO CABE EXTENDERSELOS POR LEY O TRATADO.
  3. sólo pueden ser titulares de los derechos fundamentales inherentes a la dignidad de la persona en los términos que establezca la ley o el tratadoRespuesta incorrecta Conforme al art. 13 y al Cap. II, Tit. I CE, tal y como los ha interpretado la jurisprudencia Constitucional, los extranjeros son titulares de ALGUNOS DDFF, como la libertad personal del art. 17 CE o la tutela judicial efectiva del art. 24 CE, ex constitutione y por regla general en los mismos términos que los españoles;de otros ddff, como los de los arts. 19 (entrada y salida, residencia), 29 (petición), 35 (trabajo, libre elección de profesión u oficio, etc... NOS SON TITULARES es constitutione, pero pueden disfrutarlos como tales derechos constitucionales si la ley o el tratado se los extienden; y finalmente, de otros ddff, como los de participación política del art. 23 (salvo el derecho se sufragio en elecciones municipales) NO SON TITULARES Y NO CABE EXTENDERSELOS POR LEY O TRATADO.
  4. son titulares del derecho a la libertad personal (art. 17 CE) o el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE) y los pueden ejercer en las mismas condiciones que los españolesRespuesta correcta Conforme al art. 13 y al Cap. II, Tit. I CE, tal y como los ha interpretado la jurisprudencia Constitucional, los extranjeros son titulares de ALGUNOS DDFF, como la libertad personal del art. 17 CE o la tutela judicial efectiva del art. 24 CE, ex constitutione y por regla general en los mismos términos que los españoles;de otros ddff, como los de los arts. 19 (entrada y salida, residencia), 29 (petición), 35 (trabajo, libre elección de profesión u oficio, etc... NOS SON TITULARES es constitutione, pero pueden disfrutarlos como tales derechos constitucionales si la ley o el tratado se los extienden; y finalmente, de otros ddff, como los de participación política del art. 23 (salvo el derecho se sufragio en elecciones municipales) NO SON TITULARES Y NO CABE EXTENDERSELOS POR LEY O TRATADO.

 

 

 

15.-La decisión del Gobierno acerca de la extradición de los detenidos a Paquistán

  1. no se encuentra condicionada por lo que les pueda pasar en su país de origen, pues los derechos fundamentales carecen de cualquier eficacia extraterritorialRespuesta incorrecta La dimensión objetiva de los ddff, de la que forma parte el efecto irradiante, requiere que a la hora de interpretar y aplicar las normas infraconstitucionales (en este caso el tratado internacional) se haga de manera que se dote de la máxima efectividad posible a los ddff implicados (derecho a la vida), lo que impedirá conceder la extradición. Ello es así porque los ddff son principios objetivos del ordenamiento que obligan a los poderes públicos a maximizar en lo que les sea posible su eficacia.
  2. está condicionada por el efecto irradiante del derecho a la vida sobre la potestad política del Gobierno para decidir la extradición y la posible amenaza de su derecho a la vida por las autoridades paquistaníesRespuesta correcta Efectivamente, el efecto irradiante, requiere que los pdoeres públicos españoles (Gobierno) a la hora de interpretar y aplicar las normas infraconstitucionales (en este caso el tratado internacional) se haga de manera que se dote de la máxima efectividad posible a los ddff implicados (derecho a la vida), lo que impedirá conceder la extradición.
  3. está condicionada por el efecto recíproco del derecho a la vida de los detenidos sobre las autoridades paquistaníes que quieren condenarlos a muerteRespuesta incorrecta La dimensión objetiva de los ddff, de la que forma parte el efecto recíproco, y por tanto su eficacia, actúan directamente sólo sobre los poderes públicos españoles, no sobre los extranjeros (aunque indirectamente les vinculen).
  4. está condicionada por el respeto de las autoridades paquistaníes al principio de proporcionalidad a la hora de condenarlos a muerteRespuesta incorrecta La dimensión objetiva de los ddff, de la que forma parte el principio de proporcionalidad, y por tanto su eficacia, actúan directamente sólo sobre los poderes públicos españoles, no sobre los extranjeros (aunque indirectamente les vinculen).

 

 

 

En las horas posteriores a un atentado terrorista, la policía detiene a dos ciudadanos españoles como presuntos autores de los mismos, ordena la escucha de las conversaciones telefónicas de otros dos extranjeros sospechosos a los que expulsa del país sin respetar el procedimiento legal, amparándose en lo dispuesto en un Tratado internacional sobre lucha contra el terrorismo. Así mismo, en aplicación de un Reglamento sobre el ejercicio del comercio, dispone la clausura temporal de todos los bazares orientales.

 

 

16.- En defensa de su libertad de empresa, los propietarios de los bazares pueden recurrir en el orden contencioso-administrativo la orden de cierre temporal mediante:

  1. el procedimiento especial preferente y sumario para la tutela de sus derechos fundamentales, o el procedimiento ordinario, a su elecciónRespuesta incorrecta La libertad de empresa del art. 38 CE es un derecho de la sección 2ª, Cap. 2º, Tit. I de la CE de 1978, que conforme al art. 53.2 CE (sensu contrario) no es tutelable por un procedimiento especial preferente y sumario ni por el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, sino únicamente -en ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24 CE- por los proceidmientos judiciales ordinarios, que en este caso, al tratarse de una lesión procedente de un acto de la administración, ha de ser el recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
  2. el procedimiento especial, preferente y sumario únicamenteRespuesta incorrecta La libertad de empresa del art. 38 CE es un derecho de la sección 2ª, Cap. 2º, Tit. I de la CE de 1978, que conforme al art. 53.2 CE (sensu contrario) no es tutelable por un procedimiento especial preferente y sumario ni por el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, sino únicamente -en ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24 CE- por los proceidmientos judiciales ordinarios, que en este caso, al tratarse de una lesión procedente de un acto de la administración, ha de ser el recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
  3. el procedimiento contencioso-administrativo ordinario únicamenteRespuesta correcta La libertad de empresa del art. 38 CE es un derecho de la sección 2ª, Cap. 2º, Tit. I de la CE de 1978, que conforme al art. 53.2 CE (sensu contrario) no es tutelable por un procedimiento especial preferente y sumario ni por el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, sino únicamente -en ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24 CE- por los proceidmientos judiciales ordinarios, que en este caso, al tratarse de una lesión procedente de un acto de la administración, ha de ser el recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
  4. el procedimiento especial preferente y sumario para la tutela de sus derechos fundamentales, y el procedimiento ordinario cumulativamenteRespuesta incorrecta La libertad de empresa del art. 38 CE es un derecho de la sección 2ª, Cap. 2º, Tit. I de la CE de 1978, que conforme al art. 53.2 CE (sensu contrario) no es tutelable por un procedimiento especial preferente y sumario ni por el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, sino únicamente -en ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24 CE- por los proceidmientos judiciales ordinarios, que en este caso, al tratarse de una lesión procedente de un acto de la administración, ha de ser el recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

 

 

17.- Es admisible el recurso de amparo

  1. contra la detención, una vez agotados los recursos judiciales ordinarios, si los tribunales ordinarios no han reparado la lesión y el asunto tiene especial relevancia constitucional Respuesta correcta Conforme al art. 53.2 CE, y a los arts. 43 y 50 LOTC, es necesario que se trate de un derecho recurrible en amparo constitucional (la libertad personal del art. 17 CE, lo es), haber agotado todos los recurso judiciales ordinarios y, tras la reforma de la LOTC operada por Ley orgánica 6/2007, que el asunto tenga especial trascendencia constitucional (dada la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional).
  2. contra la orden de cierre de los bazares por vulneración del derecho a la libertad de empresa la orden de cierre de los bazares afecta a la libertad de empresa, que al hallarse en el art. 38 CE no es en ningún caso susceptible de recurso de amparo constitucionalRespuesta incorrecta la orden de cierre de los bazares afecta a la libertad d ee empresa, que al hallarse en el art. 38 CE no es en ningún caso susceptible de recurso de amparo constitucional
  3. contra la detención, una vez agotados los recursos judiciales ordinarios, si los tribunales ordinarios no han reparado la lesión, aunque el asunto no tenga una especial relevancia constitucional Respuesta incorrecta Conforme al art. 53.2 CE, y a los arts. 43 y 50 LOTC, es necesario que se trate de un derecho recurrible en amparo constitucional (la libertad personal del art. 17 CE, lo es), haber agotado todos los recurso judiciales ordinarios y, tras la reforma de la LÑOTC operada por Ley orgánica 6/2007, que el asunto tenga especial trascendencia constitucional (dada la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional).
  4. directamente contra la detención, sin necesidad de agotar los recursos judiciales ordinarios Respuesta incorrecta Conforme al art. 53.2 CE, y a los arts. 43 y 50 LOTC, es necesario que se trate de un derecho recurrible en amparo constitucional (la libertad personal del art. 17 CE, lo es), haber agotado todos los recurso judiciales ordinarios y, tras la reforma de la LÑOTC operada por Ley orgánica 6/2007, que el asunto tenga especial trascendencia constitucional (dada la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional).

 

 

 

18.-La orden de escucha de las conversaciones telefónicas de los extranjeros sospechosos de terrorismo:

  1. no necesita autorización judicial previa, dado que durante las situaciones de terrorismo todos los derechos fundamentales pueden ser suspendidos con carácter general Respuesta incorrecta Conforme a l art. 55.2 CE, en casos de investigaciones relacionadas con bandas armadas o elementos terroristas son SUSPENDIBLES ALGUNOS DERECHOS FUNDAMENTALES con carácter INDIVIDUAL (para personas determinadas)
  2. no necesita autorización judicial previa en relación con las investigaciones sobre bandas terroristas si procede del Ministro del Interior o, en su defecto, el Director de la Seguridad del Estado, aunque debe comunicarse inmediatamente por escrito motivado al Juez competente Respuesta correcta Así lo permiten, respecto del derecho al secreto de las comunicaciones del art. 18.3 CE, el art. 55.2 CE y el art. 579.4 LEcr.
  3. necesita autorización judicial previa, puesto que no hallándose declarado un estado de excepción o de sitio, el derecho al secreto de las comunicaciones no es susceptible de suspensión Respuesta incorrecta Respecto del derecho al secreto de las comunicaciones del art. 18.3 CE, el art. 55.2 CE y el art. 579.4 LEcr. permiten en caso de urgencia que la ordene el Ministro del Interior o, en su defecto, el Director de la Seguridad del Estado, comunicándolo inmediatamente por escrito motivado al Juez competente, quien, también de forma motivada, revocará o confirmará tal resolución en un plazo máximo de setenta y dos oras desde que fue ordenada la observación
  4. no necesita intervención judicial previa ni posterior en relación con las investigaciones sobre bandas terroristas si procede del Ministro del Interior o, en su defecto, el Director de la Seguridad del Estado. Respuesta incorrecta Respecto del derecho al secreto de las comunicaciones del art. 18.3 CE, el art. 55.2 CE y el art. 579.4 LEcr. permiten en caso de urgencia que la ordene el Ministro del Interior o, en su defecto, el Director de la Seguridad del Estado, comunicándolo inmediatamente por escrito motivado al Juez competente, quien, también de forma motivada, revocará o confirmará tal resolución en un plazo máximo de setenta y dos oras desde que fue ordenada la observación

 

 

 

19.-El Reglamento sobre el ejercicio del comercio:

  1. puede desarrollar aspectos esenciales del contenido de la libertad de empresa Respuesta incorrecta los aspectos esenciales de un derecho fundamental constituyen su desarrollo, es decir, regulación de su ejercicio en sentido amplio del término respecto de los derechos que están fuera de la sección 1ª, Cap. 2ª, Tít. I (pues estos últimos están sometidos a reserva de ley orgánica), y ello está sometido a reserva de ley ordinaria (art. 53.1 CE), pudiendo el reglamento sólo completar aspectos técnicos o de detalle, pero no llevar a cabo por sí mismo el desarrollo ni la regulación de su ejercicio en sentido estricto de la palabra (definición del tiempo, modo y lugar de ejercicio del derecho)
  2. no puede desarrollar aspectos esenciales del contenido de la libertad de empresa, pero sí regular su ejercicioRespuesta incorrecta los aspectos esenciales de un derecho fundamental constituyen su desarrollo, es decir, regulación de su ejercicio en sentido amplio del término respecto de los derechos que están fuera de la sección 1ª, Cap. 2ª, Tít. I (pues estos últimos están sometidos a reserva de ley orgánica), y ello está sometido a reserva de ley ordinaria (art. 53.1 CE), pudiendo el reglamento sólo completar aspectos técnicos o de detalle, pero no llevar a cabo por sí mismo el desarrollo ni la regulación de su ejercicio en sentido estricto de la palabra (definición del tiempo, modo y lugar de ejercicio del derecho)
  3. puede regular el ejercicio de la libertad de empresa siempre que no contradiga la ley o la ConstituciónRespuesta incorrecta los aspectos esenciales de un derecho fundamental constituyen su desarrollo, es decir, regulación de su ejercicio en sentido amplio del término respecto de los derechos que están fuera de la sección 1ª, Cap. 2ª, Tít. I (pues estos últimos están sometidos a reserva de ley orgánica), y ello está sometido a reserva de ley ordinaria (art. 53.1 CE), pudiendo el reglamento sólo completar aspectos técnicos o de detalle, pero no llevar a cabo por sí mismo el desarrollo ni la regulación de su ejercicio en sentido estricto de la palabra (definición del tiempo, modo y lugar de ejercicio del derecho)
  4. no puede ni desarrollar aspectos esenciales del contenido de la libertad de empresa ni regular su ejercicio Respuesta correcta los aspectos esenciales de un derecho fundamental constituyen su desarrollo, es decir, regulación de su ejercicio en sentido amplio del término respecto de los derechos que están fuera de la sección 1ª, Cap. 2ª, Tít. I (pues estos últimos están sometidos a reserva de ley orgánica), y ello está sometido a reserva de ley ordinaria (art. 53.1 CE), pudiendo el reglamento sólo completar aspectos técnicos o de detalle, pero no llevar a cabo por sí mismo el desarrollo ni la regulación de su ejercicio en sentido estricto de la palabra (definición del tiempo, modo y lugar de ejercicio del derecho)

 

 

 

20.-El tratado internacional en materia de lucha contra el terrorismo:

  1. puede modificar el contenido constitucional de los derechos fundamentales Respuesta incorrecta Los tratados carecen ex arts. 95 y 96 CE de rango constitucional y no pueden servir para modificar la CE de 1978 ni para suspender su vigencia, sino sólo para desarrollar los derechos fundamentales y regular su ejercicio (con rango legal), al amparo del art. 94.1.c) CE, o para interpretar sus abstractas disposiciones de dd.ff., al amparo del art. 10.2 CE, pero sin alterar el contenido constitucional de dichos derechos.
  2. sirve como norma interpretativa y como norma reguladora del ejercicio de los derechos fundamentales Respuesta correcta Los tratados carecen ex arts. 95 y 96 CE de rango constitucional y no pueden servir para modificar la CE de 1978 ni para suspender su vigencia, sino sólo para desarrollar los derechos fundamentales y regular su ejercicio (con rango legal), al amparo del art. 94.1.c) CE, o para interpretar sus abstractas disposiciones de dd.ff., al amparo del art. 10.2 CE, pero sin alterar el contenido constitucional de dichos derechos.
  3. permite la suspensión de los derechos fundamentales en Estados de crisis o en situaciones de terrorismo Respuesta incorrecta Los tratados carecen ex arts. 95 y 96 CE de rango constitucional y no pueden servir para modificar la CE de 1978 ni para suspender su vigencia, sino sólo para desarrollar los derechos fundamentales y regular su ejercicio (con rango legal), al amparo del art. 94.1.c) CE, o para interpretar sus abstractas disposiciones de dd.ff., al amparo del art. 10.2 CE, pero sin alterar el contenido constitucional de dichos derechos.
  4. sirve como norma interpretativa de los derechos fundamentales pero no como norma reguladora de su ejercicio. Respuesta incorrecta Los tratados carecen ex arts. 95 y 96 CE de rango constitucional y no pueden servir para modificar la CE de 1978 ni para suspender su vigencia, sino sólo para desarrollar los derechos fundamentales y regular su ejercicio (con rango legal), al amparo del art. 94.1.c) CE, o para interpretar sus abstractas disposiciones de dd.ff., al amparo del art. 10.2 CE, pero sin alterar el contenido constitucional de dichos derechos.

 

 

 

Un adolescente de 16 años es detenido por la policía por haber colgado en internet un video en el que se ve cómo dos de sus compañeros de colegio, de su misma edad, golpean e insultan a un estudiante ecuatoriano, inmigrante ilegal y dos años menor que ellos. Cuatro días después de su detención, cuando su padres regresan de viaje y se personan en la comisaría, es puesto a disposición judicial, ordenando el juez de menores su libertad bajo fianza a espera de juicio, puesto que no se dan los requisitos constitucionales para que la prisión provisional sea una medida proporcional.

 

 

21.-La policía:

  1. Ha violado el derecho a la libertad personal del menor, al tenerlo detenido sin ser puesto a disposición judicial más de 72 horasRespuesta correcta El menor de edad es titular de los derechos fundamentales, en tanto persona, dado que la CE no confiere los ddff sólo a las personas adultas, y puede ejercerlos por sí solo cuando posea capacidad para ello conforme a su edad y condiciones de madurez en los términos previstos por el ordenamiento jurídico. Luego, si el art. 17 limita a 72 horas el tiempo máximo de la detención antes de ser puesto a disposición judicial, la infracción de ese plazo conlleva la lesión del derecho fundamental a la libertad personal del menor Correcto Puntos para este envío: 1/1.
  2. No ha violado el derecho a la libertad personal del menor puesto que éste no es titular de los derechos fundamentales hasta la mayoría de edadRespuesta incorrecta El menor de edad es titular de los derechos fundamentales, en tanto persona, dado que la CE no confiere los ddff sólo a las personas adultas, y puede ejercerlos por sí solo cuando posea capacidad para ello conforme a su edad y condiciones de madurez en los términos previstos por el ordenamiento jurídico. Luego, si el art. 17 limita a 72 horas el tiempo máximo de la detención antes de ser puesto a disposición judicial, la infracción de ese plazo conlleva la lesión del derecho fundamental a la libertad personal del menor Correcto Puntos para este envío: 1/1.
  3. No ha violado el derecho a la libertad personal del menor, puesto que aunque éste es titular de los derechos fundamentales, no podía ejercerlos en ningún caso sin la representación de sus padresRespuesta incorrecta El menor de edad es titular de los derechos fundamentales, en tanto persona, dado que la CE no confiere los ddff sólo a las personas adultas, y puede ejercerlos por sí solo cuando posea capacidad para ello conforme a su edad y condiciones de madurez en los términos previstos por el ordenamiento jurídico. Luego, si el art. 17 limita a 72 horas el tiempo máximo de la detención antes de ser puesto a disposición judicial, la infracción de ese plazo conlleva la lesión del derecho fundamental a la libertad personal del menor Correcto Puntos para este envío: 1/1.
  4. Ha violado el derecho a la libertad personal del menor al detenerlo, puesto que los menores de edad, al no poder ejercer por sí solos los derechos fundamentales, son irresponsables.Respuesta incorrecta El menor de edad es titular de los derechos fundamentales, en tanto persona, dado que la CE no confiere los ddff sólo a las personas adultas, y puede ejercerlos por sí solo cuando posea capacidad para ello conforme a su edad y condiciones de madurez en los términos previstos por el ordenamiento jurídico. Luego, si el art. 17 limita a 72 horas el tiempo máximo de la detención antes de ser puesto a disposición judicial, la infracción de ese plazo conlleva la lesión del derecho fundamental a la libertad personal del menor Correcto Puntos para este envío: 1/1.

 

 

 

22.- La grabación realizada por el adolescente:

  1. Está, en todo caso, amparada por derechos fundamentales que no son susceptibles de limitación alguna Respuesta incorrecta Todos los dd.ff. tienen límites internos (en todo caso) y/o externos.
  2. afecta al derecho fundamental a la propia imagen de todas las personas grabadas al captar la representación gráfica de sus compañeros, Respuesta correcta la grabación, afecta a su derecho a la propia imagen del art. 18.1 CE
  3. no afecta al derecho fundamental a la propia imagen de las personas grabadas porque los derechos fundamentales no tienen eficacia en las relaciones entre particulares al captar la representación gráfica de sus compañeros, Respuesta incorrecta la grabación, afecta a su derecho a la propia imagen del art. 18.1 CE, un derecho que tiene eficacia no sólo frente al estado sino también frente a los particulares, que se hallan vinculados por el texto constitucional que recoge ese derecho a la propia imagen (art. 9.1 CE)
  4. no afecta al derecho fundamental a la propia imagen de las personas grabadas porque este derecho cede siempre ante la libertad de expresión e informacional captar la representación gráfica de sus compañeros, Respuesta incorrecta la grabación, afecta a su derecho a la propia imagen del art. 18.1 CE, y este derecho opera como límite interno al derecho a la libertad de expresión e información, que recíprocamente también es un límite interno del derecho a la propia imagen. Cuál de los dos es el garantizado en cada caso concreto dependerá de las circunstancias personales, temporales y sociales de la persona grabada y de la grabación.

 

 

 

23.-Forma parte de la dimensión objetiva de la libertad personal del menor:

  1. un indemnización económica en caso de estimarse su detención como ilegalRespuesta incorrecta la dimensión objetiva no conlleva derechos o facultades subjetivas para el individuo, ni siquiera de carácter prestacional, como una indemnización, que de existir será un derecho de carácter legal, que no formará parte del contenido constitucional del derecho fundamental
  2. la libertad de moverse sin restricciones, que ha sido vulnerada la libertad de moverse, Respuesta incorrecta en tanto facultad subjetiva consistente en un derecho de libertad del individuo, forma parte de la dimensión SUBJETIVA, no de la objetiva
  3. la exigencia de respeto al principio de proporcionalidad que ha evitado que se dictase prisión provisional contra élRespuesta correcta efectivamente, forma parte de la dimensión objetiva de un derecho fundamental el respeto al principio de proporcionalidad, es decir, a que la limitación impuesta a un derecho sólo tenga lugar cuando persiga un fin constitucionalmente legítimo y sea idónea, necesaria y proporcional en sentido estricto.
  4. La garantía de una institución sociales Respuesta incorrecta garantías institucionales son parte de la dimensión subjetiva de los dd.ff. y la libertad personal del art. 17.1 CE no contiene ninguna garantía institucional.

 

 

 

24.-El derecho a la propia imagen de los estudiantes grabados:

  1. es un derecho ilimitado, puesto que el art. 18.1 CE no hace referencia alguna a sus límites no hay derechos ilimitados en la CE de 1978. Respuesta incorrecta Todos los derechos tienen límites internos inmanentes, puesto que se ven delimitados por su coexistencia con otros bienes o derechos de rango constitucional
  2. puede ser limitado por ley con carácter general, Respuesta incorrecta en virtud de la reserva de ley del art. 53.1 CE, para proteger bienes de rango infraconstitucionalel art. 53.1 no contiene una reserva de ley general para LIMITAR los dd.ff. sino sólo para REGULAR SU EJERCICIO, siendo necesario, que en cada derecho se prevea una específica reserva de ley que, al introducir un límite externo, permita la limitación por ley de dicho derecho.
  3. encuentra su límite externo en la libertad de expresión e información Respuesta incorrecta la libertad de expresión e información es el LÍMITE INTERNO (en tanto derecho fundamental igualmente garantizado por la CE) del derecho a la propia imagen, no su límite externo, puesto que no es contingente, sino necesario y opera ex constituciones sin necesidad de que el legislador lo establezca
  4. encuentra su límite interno en la libertad de expresión e información Respuesta correcta la libertad de expresión e información es el LÍMITE INTERNO (en tanto derecho fundamental igualmente garantizado por la CE) del derecho a la propia imagen, puesto que es un límite necesario que opera ex constitutione sin necesidad de que el legislador lo establezca

 

 

 

25.- El estudiante de nacionalidad ecuatoriana:

  1. es titular ex constitutione de los derechos fundamentales a la integridad física y a la propia imagen Respuesta correcta efectivamente, puesto que se trata de derechos de titularidad universal de las personas, con independencia de su nacionalidad, reconocidos en términos impersonales (se reconoce se garantiza), que están vinculados a la dignidad de la persona
  2. es titular ex constitutione sólo del derecho fundamental a la integridad física, pero no del derecho a la propia imagen al tratarse de un inmigrante ilegal Respuesta incorrecta Ambos son derechos de titularidad universal de las personas, con independencia de su nacionalidad, reconocidos en términos impersonales (se reconoce se garantiza), y ejercitables con independencia del estatus legal o ilegal del inmigrante, dada su estrecha vinculación con la dignidad de la persona
  3. no es titular de ningún derecho fundamental Respuesta incorrecta si antes no se lo atribuye la ley o un tratado internacional los extranjeros son titulares ex constitutione -sin necesidad de interposición de la ley o el tratado- de los derechos de titularidad universal, reconocidos en términos impersonales (se reconoce, se garantiza), y ejercitables con independencia del estatus legal o ilegal del inmigrante, dada su estrecha vinculación con la dignidad de la persona
  4. es titular de todos los derechos fundamentales en las mismas condiciones que los españoles Respuesta incorrecta Hay derechos como el de sufragio en las elecciones a las Cortes Generales o a las Asambleas Legislativas de las CC.AA., que no son susceptibles de ser ejercitados por los extranjeros en virtud de lo dispuesto en los arts. 13.2 y 23 CE

 

 

 

Una pareja musulmana, cuyos hijos asisten a una escuela pública, plantean una queja ante las autoridades escolares por la que solicita la retirada de los crucifijos colgados en las paredes de las aulas ya que, a su juicio, suponen una lesión de uno de los derechos naturales, consustanciales a cualquier ser humano: el de apartarse de las creencias religiosas que les parezcan falsas. Las autoridades escolares se oponen a tal pretensión basándose en dos argumentos. El primero, que la dogmática asumida por el derecho a la educación del art. 27 CE no ampara ningún derecho de prestación ante el poder público, sino que sólo obliga a éste a no obstaculizar la búsqueda de aquella educación que se estime adecuada a sus propias creencias. En segundo lugar, que la negativa del centro escolar se basa en que España es un Estado tradicionalmente cristiano y la voluntad de la minoría no puede suprimir una expectativa profundamente arraigada en la sociedad.

 

 

26.-Si analizamos la fundamentación de la pretensión de los padres conforme a la dogmática de los derechos fundamentales asumida por la CE, tenemos que concluir que.-Si analizamos la fundamentación de la pretensión de los padres conforme a la dogmática de los derechos fundamentales asumida por la CE, tenemos que concluir que

  1. el art. 10,1 CE reconoce la existencia de ciertos derechos naturales, inherentes a cualquier ser humano, entre los que se halla el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos (art. 27,3 CE.).Respuesta incorrecta El art. 10.1 CE no puede ser entendido en el sentido del reconocimiento de unos derechos naturales preexistentes a la CE de 1978 (ni siquiera el derecho del art. 27.3 CE), pues ello sería incompatible con la afirmación por el propio texto constitucional de su supremacía y de la obligatoriedad del mismo-es decir de las condiciones en las que han sido positivizados los derechos fundamentales- para poderes públicos y para ciudadanos (arts. 9.1 y 53.1 CE).
  2. la CE y su dogmática no reconocen la existencia de ningún derecho natural preexistente a la Constitución como derecho fundamental de contenido jurídico Respuesta correcta El art. 10.1 CE no puede ser entendido en el sentido del reconocimiento de unos derechos naturales preexistentes a la CE de 1978, pues ello sería incompatible con la afirmación por el propio texto constitucional de su supremacía y de la obligatoriedad del mismo-es decir de las condiciones en las que han sido positivizados los derechos fundamentales- para poderes públicos y para ciudadanos (arts. 9.1 y 53.1 CE).
  3. el derecho esgrimido ya aparece reconocido en diversos tratados internacionales, cuyos derechos hay que entender sumados, como derechos fundamentales, a los reconocidos en la CE.Respuesta incorrecta El art. 10.2 CE obliga a INTERPRETAR los dd.ff. de la CE a la luz de los tratados internacionales suscritos por España en la materia, y el art. 94.1 permite la celebración de tratados que afecten a los derechos fundamentales, pero dado que dichos tratados carecen de rango constitucional (art. 95 y 96 CE)los mismos no pueden conllevar la introducción o añadido de nuevos derechos -como derechos fundamentales- a los ya garantizados por la CE de 1978, pues eso implicaría una reforma constitucional impplícita que los tratados internacionales no pueden realizar.
  4. el derecho a la educación en el art. 27 CE se reconoce sólo a los españoles Respuesta incorrecta El art. 27 CE reconoce el derecho a la educación a las personas (todos) con independencia de su nacionalidad.

 

 

 

27.- El modelo de derechos en el que se apoya la pretensión de los padres responde a una concepción:

  1. iuspositivista, que entiende que no hay más derechos que la que el derecho positivo garantiza Respuesta incorrecta Al argumentar los padres con base en la existencia de derechos naturales, no pueden apoyarse en un modelo iuspositivista
  2. iusracionalista, en concreto, en un modelo de derechos humanosRespuesta correcta Efectivamente, puesto que conciben los ddff como derechos naturales inherentes al individuo por su condición de ser humano y preexistentes y superiores al Estado, que debe respetarlos y garantizarlos.
  3. historicista, que pone su énfasis en el reconocimiento de derechos a las minorías Respuesta incorrecta El modelo historicista se basa en la deducción de los ddff a partir de las exigencias de la historia para el mantenimiento y la conservación de una determinada sociedad, lo que no argumentan los padres
  4. social de los derechos fundamentales que es la reconocida en la CE con carácter general el modelo social requiere interpretar los dd.ff. en el sentido de derechos de prestación, dando mayores capacidades de intervención al estado. Respuesta incorrecta Aunque el art. 27 CE tiene una vertiente social, en la medida en que contiene un derecho de prestación a la educación obligatoria básica (gratuita), también contiene derechos de libertad -como la libertad de enseñanza, la libertad, de creación de centros, o el derecho a elegir la formación religiosa y moral para los hijos-, y en todo caso no se puede afirmar que la VCE de 1978 haya asumido con carácter general para todos los dd.ff. un modelo social, pues la mayoría de los dd.ff. carecen de contenido prestacional.

 

 

 

28.- El primero de los alegatos esgrimidos por las autoridades escolares concibe al derecho a la educación con arreglo a una dogmática:

  1. democrático-funcionalRespuesta incorrecta lo sería si hubiese subordinado el ejercicio de los derechos de los padres a su funcionalidad para la realización de la democracia, cosa que no hace
  2. axiológica Respuesta incorrecta lo sería si hubiese subordinado el ejercicio de los derechos de los padres a su capacidad para realizar unos valores pre jurídicos y no otros, cosa que no hace
  3. socialRespuesta incorrecta lo sería si hubiese definido en términos prestacionales para el Estado el ejercicio de los derechos de los padres, cosa que no hace, sino todo lo contrario
  4. liberal Respuesta correcta así es, puesto que define el derecho de los padres como una libertad de actuación para cualquier fina respecto de la cual el Estado está obligado únicamente a no hacer nada que la obstaculice

 

 

 

29.- Se adecúa el primer alegato de las autoridades escolares al contenido que la CE atribuye al derecho a la educación?

  1. sí, al basarse el ordenamiento español en la rígida distinción liberal entre Estado y sociedad Respuesta incorrecta La CE de 1878 al declarar en el art. 1.1 que España es un Estado SOCIAL y democrático de derecho y al orden a los poderes públicos en el art. 9.2 REMOVER LOS Obstáculos que impiden que la libertad y la igualdad de individuos y grupos sean reales y efectivas, presupone un papel intervencionista del Estado que se aleja de la perspectiva liberal
  2. no, porque el derecho a la educación tiene también un contenido prestacional, basado en una dogmática social Respuesta correcta La CE de 1878 al declarar en el art. 1.1 que España es un Estado SOCIAL y democrático de derecho y al ordenar a los poderes públicos en el art. 9.2 REMOVER LOS Obstáculos que impiden que la libertad y la igualdad de individuos y grupos sean reales y efectivas, introduce elementos de una dogmática social que son congruentes con que en el art. 27 se otorgue al derecho a la educación un contenido prestacional (la educación básica obligatoria debe ser gratuita)
  3. sí, al ser la libertad uno de los valores superiores del ordenamiento español (art. 1,1 CE).Respuesta incorrecta La libertad es uno de los valores superiores, pero también lo son la justicia y la igualdad, y ello hace que deba combinarse elementos liberales con elementos sociales, en la interpretación de los dd.ff. tal y como exigen el art. 1.1 y el art. 9.2 CE
  4. no, ya que el derecho a la educación es tan sólo un principio rector de la política social y económica, que no expresa ninguna dogmática iusfundamental. Respuesta incorrecta El derecho a la educación está fuera del capítulo 3º del Tít. I de la CE, y por tanto no es un principio rector que sólo sea invocable ante los tribunales en los términos que establezcan las leyes que lo desarrollen, sino que es un auténtico derecho fundamentale, directamente invocable con por ciudadanos al margen de las leyes de desarrollo, e incluso susceptible de ser tutelado por la vía del recurso de amparo (art. 53.2 CE)

 

 

 

30.-Es adecuado a la CE el segundo de los alegatos esgrimidos por las autoridades escolares?

  1. no  porque la función de los derechos fundamentales-- como expresión del pluralismo-- es precisamente proteger a las minorías frente a las mayorías.los dd.ff. Respuesta correcta son expresión de la libertad, la igualdad, la justicia y el pluralismo político, y en ese sentido protegen a la minoría frente a las decisiones de la mayoría gobernante, plasmadas en la legislación ordinaria u orgánica.
  2. sí porque los derechos se garantizan para tutelar las expectativas sociales mayoritarias los dd.ff.Respuesta incorrecta son expresión de la libertad, la igualdad, la justicia y el pluralismo político, y en ese sentido protegen a la minoría frente a las decisiones de la mayoría gobernante, plasmadas en la legislación ordinaria u orgánica.
  3. sí, porque el Estado español, aun siendo aconfesional, dota de preferencia a la religión cristiana frente a otro tipo de creencias, Respuesta incorrecta como así lo dispone el art. 16 CE. el mandato de cooperación del Estado con la Iglesia católica y con las demás confesiones religiosas, previsto en el art. 16.3 CE, no es una quiebra del principio de aconfesionalidad, establecido en dicho precepto, sino justo lo contrario, es una muestra de que desde la aconfesionalidad el Estado puede y debe facilitar a los individuos y a los grupos -religiosos- en los que se integra el ejercicio de uno de sus derechos fundamentales más preciados, la libertad religiosa, sin al hacerlo dar preferencia a ninguna religión ni quebrar la aconfesionalidad del Estado.
  4. no, porque la dimensión subjetiva de los derechos fundamentales obliga al Estado a satisfacer, en la mayor medida posible, todas las expectativas sociales.Respuesta incorrecta la dimensión subjetiva de los dd.ff. da facultades al individuo frente al Estado, más que generar solo obligaciones de éste, pero es que además, no obliga a satisfacer en la mayor medida posible todas las expectativas sociales, sino que garantiza para su titular las expectativas objeto del derecho fundamental de que se trate