Test sobre Fuentes y Jurisdicción  VI y VII

 

Las Cortes Generales aprueban una ley orgánica por mayoría absoluta en las dos Cámaras. La ley orgánica se ocupa de varios aspectos del régimen electoral general y también desarrolla y regula el ejercicio del derecho de sufragio (Art.23 CE), señalando correcta mente en una Disposición adicional qué preceptos tratan materias conexas, no reservadas a ley orgánica, según la CE. Meses más tarde una ley ordinaria de artículo único permite modificar por reglamento las normas de la ley orgánica relativas a la regulación del ejercicio del derecho de sufragio y el Gobierno, a través de un Decreto, así lo hace. Contra la ley ordinaria se plantea una cuestión de inconstitucionalidad y contra un precepto de la ley orgánica que determina las sanciones electorales se interpone recurso de inconstitucionalidad.

 

 

1.- La aprobación de la ley orgánica por mayoría absoluta en las dos Cámaras es

  1. indispensable para conferir a la norma carácter orgánico Respuesta incorrecta El art. 81 CE sólo exige mayoría absoluta del Congreso de los Diputados para aprobar las leyes orgánicas, no de ambas Cámaras.
  2. innecesaria, pues la mayoría absoluta del Congreso es suficiente para conferir ese carácter Respuesta correcta El art. 81 CE sólo exige mayoría absoluta del Congreso de los Diputados para aprobar las leyes orgánicas, no de ambas Cámaras.
  3. inconstitucional, pues una ley orgánica sólo puede ser aprobada por mayoría absoluta en el Congreso Respuesta incorrecta El art. 81 CE sólo exige mayoría absoluta del Congreso de los Diputados para aprobar las leyes orgánicas, no de ambas Cámaras, lo que no impide que el consenso parlamentario se exprese en mayoría altamente cualificadas también en el Senado, que puedan ser de mayoría absoluta o superiores. El procedimiento será constitucionalmente correcto con tal de que la norma haya sido aprobada como orgánica en una votación final sobre el conjunto del proyecto en el Congreso de los Diputados, con independencia de la mayoría alcanzada en la otra cámara.
  4. innecesaria, pues la mayoría absoluta del Senado es suficiente para conferir ese carácter Respuesta incorrecta El art. 81 CE sólo exige mayoría absoluta del Congreso de los Diputados para aprobar las leyes orgánicas, no del Senado.

 

 

 

2.- ¿Qué materia/s de las reguladas por la ley orgánica NO está reservada a este procedimiento según el Art. 81 CE?

  1. El régimen electoral general Respuesta incorrecta Conforme al art. 81 CE : son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el  régimen electoral general  y las demás previstas en la Constitución.
  2. El desarrollo del derecho de sufragio del Art. 23 CE Respuesta incorrecta Conforme al art. 81 CE : son leyes orgánicas las relativas al  desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas  -que el TC ha identificado con los dd.ff. de la Sección 1ª Cap. 2º Tit. I CE, entre los que está el desarrollo del derecho de sufragio del art. 23 CE-, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.
  3. La regulación del ejercicio del derecho de sufragio del Art.23 CE Respuesta correcta Conforme al art. 81 CE : son leyes orgánicas las relativas al  desarrollo  de los derechos fundamentales y de las libertades públicas -que el TC ha identificado con los dd.ff. de la Sección 1ª Cap. 2º Tit. I CE, entre los que está el desarrollo del derecho de sufragio del art. 23 CE-, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución. No se incluye, pues, la regulación del ejercicio de los dd.ff. de la Sección 1ª, Cap. 2º, Tit. I CE.
  4. El desarrollo y la regulación del ejercicio del derecho de sufragio, pues siendo un derecho constitucional, no es un derecho fundamental Respuesta incorrecta Conforme al art. 81 CE : son leyes orgánicas las relativas al  desarrollo  de los derechos fundamentales y de las libertades públicas -que el TC ha identificado con los dd.ff. de la Sección 1ª Cap. 2º Tit. I CE, entre los que está el desarrollo del derecho de sufragio del art. 23 CE-, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución. No se incluye, pues, la regulación del ejercicio de los dd.ff. de la Sección 1ª, Cap. 2º, Tit. I CE.

 

 

 

3.- Los preceptos de la ley orgánica relativos

  1. al régimen electoral general han de ser derogados en todo caso por ley orgánica Respuesta correcta Conforme al art. 81 CE : son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el  régimen electoral general  y las demás previstas en la Constitución. La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.
  2. a la regulación del ejercicio del derecho de sufragio han de ser derogados en todo caso por ley orgánica Respuesta incorrecta Conforme al art. 81 CE el desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas -del que forma parte, según el TC, sólo el desarrollo de los dd.ff. de la Sección 1ª, Cap. 2º, Tit. I CE, incluido el derecho de sufragio del art. 23 CE- debe ser aprobado y en su caso derogado por ley orgánica, pero no la regulación del ejercicio de esos dd.ff. que según el art. 53.1 CE está sometida a reserva de ley ordinaria.
  3. al desarrollo del derecho de sufragio deben ser derogados por ley ordinaria, según la teoría material de ley orgánica, acuñada por el Tribunal Constitucional Respuesta incorrecta Conforme al art. 81 CE el desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas -del que forma parte, según el TC, sólo el desarrollo de los dd.ff. de la Sección 1ª, Cap. 2º, Tit. I CE, incluido el derecho de sufragio del art. 23 CE- debe ser aprobado y en su caso derogado por ley orgánica, según cualquiera de las teorías de ley orgánica.
  4. a la regulación del ejercicio del derecho de sufragio podrían ser derogados por ley ordinaria, sólo si se atiende a la teoría material de ley orgánica, pues la teoría procedimental exigiría ley orgánica Respuesta incorrecta La teoría procedimental exigiría que conforme al art. 81 CE sólo el  desarrollo  de los derechos fundamentales y de las libertades públicas -del que forma parte, según el TC, sólo el desarrollo de los dd.ff. de la Sección 1ª, Cap. 2º, Tit. I CE, incluido el derecho de sufragio del art. 23 CE- sea aprobado y en su caso derogado por ley orgánica, pudiendo el resto del contenido de la ley orgánica -si por ejemplo incluyese la regulación del ejercicio del d. de sufragio- ser derogado por ley ordinaria aunque no fuese calificado de materia conexa por la propia ley orgánica, puesto que su inclusión en la ley orgánica no variaría la reserva a un procedimiento establecida por el art. 81 CE sólo para ciertas materias.

 

 

 

4.- En el caso, la ley ordinaria

  1. Es inconstitucional, porque deslegaliza materia objeto de reserva de ley Respuesta correcta Efectivamente, la ley ordinaria en lugar de regular por sí misma el ejercicio del derecho de sufragio conforme a la reserva de ley del art. 53.1 CE, permite al gobierno hacerlo en su lugar, deslegalizando una materia reservada, lo que la CE prohibe implícitamente, puesto que lo que quiere al reservar al legislador una materia es que sea éste por el procedimiento legislativo -que tiene unas características- el que lleve a cabo la regulación.
  2. Es constitucional Respuesta incorrecta Es inconstitucional porque la ley ordinaria en lugar de regular por sí misma el ejercicio del derecho de sufragio conforme a la reserva de ley del art. 53.1 CE, permite al gobierno hacerlo en su lugar, deslegalizando una materia reservada, lo que la CE prohíbe implícitamente, puesto que lo que quiere al reservar al legislador una materia es que sea éste por el procedimiento legislativo -que tiene unas características- el que lleve a cabo la regulación.
  3. Es inconstitucional, porque debería haberse aprobado como ley orgánica Respuesta incorrecta Conforme al art. 531. CE y al art. 81 CE, la regulación del ejercicio de los dd.ff . -incluido el de sufragio- está reservada a la ley ordinaria, no a la ley orgánica.
  4. Derogará la regulación efectuada por la ley orgánica relativa al ejercicio del derecho de sufragio, cuando se apruebe el reglamento que prevé Respuesta incorrecta No, porque la deslegalización que prevé no es posible en materias reservadas a la ley, y no se indica, además, que se trate de materias declaradas por la ley orgánica como conexas, de modo que conforme a la teoría material de ley orgánica del TC, dichas materias se presumirían de ley orgánica y tendrías que ser modificadas o derogadas por ley orgánica.

 

 

 

5.- Señale la respuesta correcta

  1. En el caso el Decreto es un reglamento independienteRespuesta incorrecta
  2. La ley orgánica del caso pudo tener su origen en una iniciativa legislativa popularRespuesta incorrecta
  3. El Decreto podría ser declarado nulo por cualquier tribunal ordinarioRespuesta incorrecta
  4. El Decreto podría ser declarado nulo por un tribunal contencioso-administrativoRespuesta correcta

 

 

 

6.- El Decreto

  1. Hubiera podido regular lícitamente algún aspecto de detalle del ejercicio del derecho de sufragio, siempre que no contrariara a la ley orgánica y no vaciara de contenido la reserva Respuesta correcta Efectivamente, los reglamentos pueden colaborar con la ley (ordinaria u orgánica) en materias sometidas a reserva de ley, siempre que no suplanten a la ley en el cometido de regular la materia reservada, sino que sólo la completen en cuestiones accesorias, técnicas o de detalle.
  2. Requiere para poder ser dictado por el Gobierno, previa delegación legislativaRespuesta incorrecta El art. 97 CE confiere al gobierno la potestad reglamentaria directamente, sin condicionamientos ni necesidad de delegación legislativa previa, con independencia de que -en virtud de los efectos de las reservas de ley- en materia reservada el reglamento sólo pueda colaborar si la ley le llama a ello en cuestiones accesorias, pero ello no significa que se le delegue una potestad que no es suya.
  3. Podría haber sido derogado por una Orden ministerial que lo contradijera Respuesta incorrecta Conforme al art. 23.3 de la Ley 50/1997 del Gobierno, los reglamentos se relacionan entre sí jerárquicamente, ocupando las órdenes ministeriales un escalón inferior a los Decretos del Presidente del Gobierno o del Consejo de Ministros, por lo que una norma superior no podría haber sido derogada por otra norma inferior.
  4. Es una norma válida, pero de vigencia provisional hasta que el Congreso no lo convalide Respuesta incorrecta El decreto es expresión de la potestad reglamentaria directamente atribuida por el art. 97 CE al Gobierno, sin condicionamientos ni necesidad de delegación legislativa previa, y con una vigencia definitiva, no una vigencia provisional, con independencia de que una norma posterior del mismo rango o rango superior puedan poner fin a dicha vigencia por derogación.  

 

 

 

7.- La cuestión de inconstitucionalidad contra la ley ordinaria

  1. Sólo podrá ser planteada por el juez si cuenta con el consentimiento de las partes y del Ministerio fiscal Respuesta incorrecta El art. 35.2 LOTC obliga al juez a quo oír a las partes y el Ministerio Fiscal antes de dictar el auto sobre el planteamiento de la cuestión, pero no le obliga a hacerles caso como si el consentimiento de éstas fuese necesario.
  2. NO impide que el juez ordinario pueda dictar sentencia, antes de que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la cuestión Respuesta incorrecta Conforme al art. 35.3 LOTC, producida la admisión a trámite de una cuestión, el proceso judicial permanecerá suspendido hasta que el Tribunal Constitucional resuelva definitivamente sobre la cuestión, por lo que el juez no puede dictar sentencia
  3. podrá ser planteada por el juez de oficio o a instancia de parte, aunque la petición de esta última no le vincule Respuesta correcta Así lo establece el art. 35 LOTC.
  4. Debe ser planteada tan pronto el juez tenga duda sobre su constitucionalidad Respuesta incorrecta Conforme al art. 35.2 LOTC el órgano judicial sólo podrá plantear la cuestión una vez concluso el procedimiento y dentro del plazo para dictar sentencia, o la resolución jurisdiccional que procediese; no cabe, pues, en cualquier momento en que le surja la duda.

 

 

 

8.- El recurso de inconstitucionalidad podría ser interpuesto por

  1. El Gobierno estatal Respuesta incorrecta Conforme al art. 162.1a) CE y al art. 32 LOTC el Gobierno de la Nación no está legitimado para interponer recurso de inconstitucionalidad, sino su Presidente.
  2. Un grupo parlamentario, a título de tal, cuyos miembros fueran más de 50 Respuesta incorrecta Conforme al art. 162.1a) CE y al art. 32 LOTC un grupo parlamentario no está legitimado por sí mismo para interponer recurso de inconstitucionalidad, sino 50 diputados o senadores con independencia de su adscripción a un grupo.
  3. El Presidente de un Ejecutivo autonómicoRespuesta incorrecta Conforme al art. 162.1a) CE y al art. 32 LOTC Presidente de un gobierno autonómico no está legitimado para interponer recurso de inconstitucionalidad, sino el Gobierno o el Parlamento autonómicos.
  4. 50 diputados que hubieran votado a favor de la ley orgánica que ahora impugnan Respuesta correcta Conforme al art. 162.1a) CE y al art. 32 LOTC están legitimados para interponer recurso de inconstitucionalidad 50 diputados (o senadores) con independencia de si votaron a favor o en contra de la ley.

 

 

 

9.- El recurso y la cuestión de inconstitucionalidad del caso tienen en común

  1. Que las normas que son su objeto no podrán ser objeto de la suspensión prevista en el Art. 161.2 CE Respuesta correcta Efectivamente, porque se exige que sean normas autonómicas.
  2. El plazo de interposición Respuesta incorrecta El plazo del recurso es de 3 a 9 meses desde la publicación de la norma (art. 33 LOTC) mientras que la cuestión no tiene plazo pero sí momento oportuno de planteamiento en el pleito concreto en el que surja (art. 35 LOTC).
  3. Su naturaleza concretaRespuesta incorrecta Concreto es la cuestión (en su inicio), pero el recurso es todo el tiempo abstracto.
  4. Los sujetos legitimados para interponerlos Respuesta incorrecta Son sujetos distintos conforme a los arts. 32 y 25 LOTC.

 

 

 

10.- Si se estimara el recurso de inconstitucionalidad, por considerar que el precepto fija una sanción desproporcionada, la sentencia

  1. Tendría efectos inter partes Respuesta incorrecta Conforme al art. 164 CE tendría efectos frente a todos (erga omnes) al tratarse de una sentencia declarativa de la inconstitucionalidad de un ley.
  2. NO permitiría revisar las sanciones electorales ya impuestas, que fueran firmes Respuesta incorrecta Conforme al art. 40.1 LOTC sí se pueden revisar si resulta (como es el caso) una exclusión o reducción de la sanción o la pena), aunque sea una sanción firme.
  3. Permitiría revisar las sanciones electorales ya impuestas, que fueran firmes Respuesta correcta Conforme al art. 40.1 LOTC se pueden revisar si resulta (como es el caso) una exclusión o reducción de la sanción o la pena) aunque sea una sanción firme.
  4. NO permitiría revisar las sanciones electorales ya impuestas, que aún no fueran firmes Respuesta incorrecta Conforme al art. 39.1 LOTC la declaración de inconstitucionalidad implica la nulidad y ésta con carácter general produce efectos retroactivos (ex tunc) salvo que se trate de revisar procesos firmes, por lo que si no lo fuesen sí que habría que revisarlos.

 

 

 

 

 

En el año 2005 las Cortes Generales aprueban una Ley Marco por la cual se atribuye a Asturias, Cantabria y Murcia competencia plena en gestión medioambiental dentro de sus respectivos territorios. A su vez, mediante reforma estatutaria, estas CCAA asumen competencia de desarrollo sobre protección medioambiental (art. 149.1.23 CE). Un año más tarde, el Consejo de Gobierno de Galicia autoriza la construcción de una fábrica en Ribadeo altamente contaminante. De resultas, el litoral asturiano resulta afectado, por lo que el Principado de Asturias decide plantear ante el Tribunal Constitucional un conflicto positivo de competencias. 

 

 

 

11.- La Ley Marco aprobada por las Cortes

  1. integra el bloque constitucionalRespuesta correcta Efectivamente, la ley marco, al ceder competencias a las Comunidades Autónomas, desempeña la función propia del bloque constitucional: establecer infraconstitucionalmente las condiciones de validez de las normas jurídicas. En este caso, de las normas aprobadas por las Comunidades Autónomas y por el Estado
  2. permitiría la transferencia de poder judicial a las Comunidades Autónomas referidasRespuesta incorrecta Las leyes marco, como el resto de las leyes previstas en el art. 150 CE, constituyen una atribución o delimitación EXTRAestatutaria de competencias. Su función se lleva a cabo, en consecuencia,al margen de lo previsto en los Estatutos de Autonomía. Por eso no suponen una modificación de los mismos
  3. exige de mayoría absoluta para su aprobaciónRespuesta incorrecta El poder judicial, a tenor de lo dispuesto en el art. 122,1 CE es un órgano del Estado, que ha de ser regulado por el mismo a través de una ley orgánica--norma no integrada en el sistema de fuentes de las Comunidades Autónomas-- . En consecuencia, al tratarse el poder judicial de una competencia sólo estatal, no puede ser cedida a las Comunidades Autónomas. Sin embargo, sí es cierto que, en virtud del art. 150.2, podrían llegar a cederse a las Comunidades Autónomas ciertas "facultades" correspondientes a aquélla competencia de titularidad estatal.
  4. supone una reforma formal de los Estatutos de Autonomía de las Comunidades AutónomasRespuesta incorrecta El poder judicial, a tenor de lo dispuesto en el art. 122,1 CE es un órgano del Estado, que ha de ser regulado por el mismo a través de una ley orgánica--norma no integrada en el sistema de fuentes de las Comunidades Autónomas-- . En consecuencia, al tratarse el poder judicial de una competencia sólo estatal, no puede ser cedida a las Comunidades Autónomas. Sin embargo, sí es cierto que, en virtud del art. 150.2, podrían llegar a cederse a las Comunidades Autónomas ciertas "facultades" correspondientes a aquélla competencia de titularidad estatal.

 

 

 

12.-  Si, tras la Ley Marco, TODAS las Comunidades Autónomas de España hubieran asumido ya la competencia en materia de gestión medioambiental, y el Estado aprobase un Decreto sobre Gestión Medioambiental, con aplicación para todas las CCAA  

  1. no se aplicaría el Decreto ni con carácter supletorioRespuesta correcta El Real Decreto aprobado por el Estado, una vez que todas las Comunidades Autónomas han asumido la competencia sobre gestión medioambiental, no puede invocar un titulo competecial propio sobre el que poder normar. Por eso no puede tener el carácter supletorio respecto del derecho de las Comunidades Autónomas.
  2. el Decreto tendría carácter supletorio en todas las CCAA que no ejerciesen la competenciaRespuesta incorrecta El Real Decreto aprobado por el Estado, una vez que todas las Comunidades Autónomas han asumido la competencia sobre gestión medioambiental, no puede invocar un titulo competecial propio sobre el que poder normar. Por eso no puede tener el carácter supletorio respecto del derecho de las Comunidades Autónomas.
  3. el Decreto tendría carácter supletorio en las CCAA que hubiesen ejercido la competencia, pero cuya normativa adoleciera de lagunasRespuesta incorrecta El derecho del Estado y de las Comunidades Autónomas son dos sistemas normativos distintos, entre los que rige una relación (horizontal) de competencia. La relación de derogación en sólo aplicable en el seno de un mismo complejo normativo--ya sea de las Comunidades Autónomas o del Estado-- y además, entre disposiciones dotadas de un mismo rango jerárquico.
  4. no se aplicaría como Derecho supletorio, ya que la normativa estatal derogaría a la autonómicaRespuesta incorrecta El Real Decreto aprobado por el Estado, una vez que todas las Comunidades Autónomas han asumido la competencia sobre gestión medioambiental, no puede invocar un titulo competecial propio sobre el que poder normar. Por eso no puede tener el carácter supletorio respecto del derecho de las Comunidades Autónomas.

 

 

 

13.-  La competencia que han asumido las CCAA sobre protección medioambiental  

  1. es inconstitucional, ya que las CCAA no pueden ninguna asumir competencia del art. 149.1 CERespuesta incorrecta Según la jurisprudencia del TC, en los casos en los que las CCAA son competentes para dictar normativa de desarrollo, puede proceder a su aprobación si esperar a que se apruebe la normativa básica estatal.
  2. es inconstitucional, ya que la asunción de competencias del art. 149.1 CE sólo puede realizarse mediante leyes marco o leyes de transferenciaRespuesta incorrecta No. El art. 149.1.23º CE lo que atribuye en exclusividad al Estado es la competencia para la fijación de la normativa básica sobre materia medioambiental. Como su mismo enunciado dispone, tal competencia se reconoce "sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección". En consecuencia, el art. 149.1, 23º reconoce que las Comunidades Autónomas puedan asumir en sus estatutos de autonomía dichas competencias, no siendo necesario que las mismas se cedan a través de leyes marco o de transferencia.
  3. podrían haberla asumido en el momento mismo de constituirse como Comunidades Autónomas por la vía del art 143 CERespuesta incorrecta Si bien es cierto que las competencias previstas en el art. 149.1 CE no reservadas en exclusividad al Estado pueden ser asumidas por las CCAA, ello no es posible, al menos en principio, por las CCAA que accedan a la autonomía por la vía del art. 143 CE. Para éstas sólo son accesibles las prevenidas en el art. 148 CE. Sin embargo, es cierto que reformando sus estatutos pasados cinco años pueden llegar a asumir las competencias previstas en el art. 149.1 CE que no son exclusivas del Estado.
  4. les permite dictar legislación de desarrollo sin esperar a que el Estado dicte su normativa básicaRespuesta correcta Las CCAA sí pueden asumir competencias sobre materias consagradas en el art. 149 CE. Lo que les está vedado es que asuman estatutariamente aquellas que el art. 149.1 CE reserva en exclusividad al Estado. Y así, por ejemplo, el art. 149.1.23º CE lo que atribuye en exclusividad al Estado es la competencia para la fijación de la normativa básica sobre materia medioambiental. Como su mismo enunciado dispone, tal competencia se reconoce "sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección". En consecuencia, las Comunidades Autónomas pueden asumir esta competencia prevista en el art. 149 CE.

 

 


Las Cortes Generales aprueban una ley orgánica reguladora del régimen de carreteras. En ella se proceden a regular las condiciones de circulación de los vehículos a motor según los diferentes tipos de vías del territorio nacional, en cumplimiento de la reserva de ley en materia de desarrollo y de regulación del ejercicio del derecho fundamental a la libertad de circulación (art. 19 CE). Publicada oficialmente la norma, el Gobierno, aun no existiendo una remisión normativa expresa en la ley orgánica, dicta un Real Decreto que, por un lado, establece condiciones de circulación adicionales a las previstas en la ley y, por otro, procede a realizar una regulación autónoma sobre otras cuestiones no afectadas por la reserva de ley.

 

 

 14.-  En consecuencia, en lo que se refiere al contenido, el Real Decreto es :  

  1. inconstitucional en la parte que añade condicionales adicionales a la circulaciónRespuesta correcta Al contrario, el Real Decreto sí puede regular cuestiones de manera autónoma cuando no afecta a una materia reservada a la ley. Por eso, en el caso, el no sometimiento del Real Decreto a lo que la ley dispone ha de reputarse constitucional.
  2. inconstitucional en la parte que regula cuestiones no afectadas por la reserva de leyRespuesta incorrecta El Real Decreto es inconstitucional en lo que se refiere a la imposición de nuevas condiciones a la circulación, ya que ello afecta a una materia sometida a reserva de ley: el derecho fundamental a la libertad de circulación (art. 19 CE). En materias sometidas a reserva de ley, la función del reglamento es la mera concreción de lo que la ley previa dispone. Lo que sí es constitucional es la parte del Real Decreto que regula de manera independientemente a la ley las materias no sometidas a reserva legal.
  3. perfectamente constitucionalRespuesta incorrecta El ejercicio de la potestad reglamentaria en materias reservadas a la ley--como es el desarrollo y la regulación del ejercicio del derecho fundamental a la libertad de circulación (art. 19 CE) ha de encontrarse plenamente sometida a la ley. Lo que implica que el reglamento sólo podrá concretar o ejecutar lo que la ley ya dispone. En consecuencia, cuando el Real Decreto del caso establece unos requisitos adicionales a la libertad de circulación está infringiendo una reserva de ley.
  4. inconstitucional en todos los extremosRespuesta incorrecta El Real Decreto es inconstitucional en lo que se refiere a la imposición de nuevas condiciones a la circulación, ya que ello afecta a una materia sometida a reserva de ley: el derecho fundamental a la libertad de circulación (art. 19 CE). En materias sometidas a reserva de ley, la función del reglamento es la mera concreción de lo que la ley previa dispone. Lo que sí es constitucional es la parte del Real Decreto que regula de manera independientemente a la ley las materias no sometidas a reserva legal.

 

 

 

15.-  ¿Podría haber procedido el Gobierno a dictar un Decreto-Legislativo, completando cuestiones de detalle de la regulación legal?   

  1. sí, porque todas las normas que puede aprobar el Gobierno poseen una vinculación negativa con la ley, pudiendo regular todo aquello que ésta no les prohíba expresamenteRespuesta incorrecta No, el Gobierno sólo puede dictar un decreto-legislativo cuando las Cortes Generales hayan aprobado expresamente una ley de bases que autoricen al Gobierno a su aprobación. En este sentido, el Gobierno sólo puede normar cuando las Cortes le hayan habilitado expresamente a ello (art. 82.3 CE).
  2. sí, porque la ley aprobada por las Cortes Generales cumple la función de una ley de basesRespuesta incorrecta Es posible que materialmente la ley aprobada por las Cortes Generales pueda concebirse como una ley de bases, estableciendo principios y directrices. Sin embargo, ello no basta para el que Gobierno pueda aprobar un decreto-legislativo, ya que, como dispone el art. 82.3 CE, para que ello fuese posible es necesario que tal ley autorice EXPRESAMENTE al Gobierno a dictarlo. No cabe que una delegación legislativa se lleve a cabo de manera implícita.
  3. sí, salvo que las materias que pretenda regular se encuentren sometidas a reserva de ley, no accesibles a la forma “decreto-legislativo”Respuesta incorrecta Las materias que se encuentran vedadas a la forma "decreto-legislativo" son aquellas a las que se le atribuyen un carácter orgánico en el art. 81.1 CE, tal y como se dispone en el art. 82.1 CE. En consecuencia, el decreto-legislativo sí podría regular materias sometidas a reserva de ley ordinaria.
  4. no, porque para ello hubiera sido necesario que la ley de las Cortes Generales hubiese autorizado expresamente al Gobierno a aprobar legislación delegadaRespuesta correctaEfectivamente, el Gobierno posee la facultad para dictar decretos-legislativos, pero siempre y cuando previamente se hubiese llevado a cabo una delegación legislativa expresa por parte de las Cortes Generales (art. 82.1 CE). Esto no ha sucedido en el caso, por lo que la aprobación del decreto-legislativo ha de reputarse como inconstitucional.

 

 

 

16.-  ¿Podría el Real Decreto modificar la regulación realizada en la ley de las Cortes?  

  1. no, en ningún caso, porque lo regulado en cualquier ley queda siempre congelado para el futuro a normas que posean su mismo rangoRespuesta incorrecta El reglamento lo que no puede es contravenir la ley en virtud del principio de jerarquía normativa (art. 9.3 CE). Y ello no sucede cuando el reglamento procede a regular la materia reglada en una ley, siempre y cuando se someta plenamente a lo que en ella se dispone.
  2. no, ni siquiera aunque la ley previese una deslegalización, ya que ésta no cabe en materias sometidas a reserva de leyRespuesta correcta El reglamento sí podría modificar lo previsto en una ley previa cuando ésta contemplara una deslegalización, a través de la cuál la ley produciría su propia derogación cuando fuese aprobado un reglamento contrario a la ley. Sin embargo, la deslegalización se encuentra prohibida en materias sometidas a reserva de ley.
  3. sí, porque el Real Decreto posee el mismo rango que la leyRespuesta incorrecta El Real Decreto, en cuanto norma de naturaleza reglamentaria, ocupa una posición jerárquica subordinada a la ley (art. 97 CE).
  4. no, porque la CE consagra un principio de distribución de materias entre ley y reglamento, de manera que lo que puede ser regulado por una fuente, no se encuentra accesible a la otraRespuesta incorrecta En la CE no existen materias reservadas al reglamento, sino que en principio puede regular cualquier materia. Lo que sucede es que cuando al proceder a la regulación de una materia contradiga una ley aquél es inválido por aplicación del principio de jerarquía normativa (art. 9.3 CE).

 

 

 

17.- El Real Decreto del caso :

  1. ha de ser expedido por el ReyRespuesta correcta En efecto, como establece el art. 62 f) CE , los decretos acordados en consejo de ministros han de ser expedidos por el Rey
  2. debe obtener sanción regiaRespuesta incorrecta No. Sólo las leyes deben de obtener sanción por parte del Rey, como dispone el art. 91 CE.
  3. tendría que haber sido aprobado por el ministro en razón de la materia, no por el Consejo de MinistrosRespuesta incorrecta Consejo de Ministros La potestad reglamentaria de los ministros se lleva a cabo a través de órdenes ministeriales (art. 23 Ley 50/1997, del Gobierno).
  4. puede ser derogado por el ReyRespuesta incorrecta El Rey carece de facultad alguna para derogar normas. La única posibilidad que le cabe al Rey en el ámbito de los reglamentos es la expedición de aquellos aprobados por el consejo de ministros (art. 62 f. CE)

 

 

Las Cortes Generales aprueban una ley que determina ya en su artículo 1, que los titulares del derecho a la libertad de circulación son, por igual, los españoles y los extranjeros, aunque estos se encuentren irregularmente en España. Cuatro meses después de la publicación de la ley en el BOE, el Defensor del Pueblo interpone un recurso de inconstitucionalidad ante el TC por entender que la ley estatal contraviene el art. 19 CE, que dispone que los titulares del derecho a la libertad de circulación son exclusivamente los españoles; instando, en concreto, la nulidad del citado artículo de la ley.

 

 

18 .- ¿Puede el Defensor del Pueblo interponer el recurso de inconstitucionalidad?

  1. no, ya que los órganos del Estado sólo pueden recurrir la inconstitucionalidad de las normas de las Comunidades Autónomas. Sólo éstas podrían haber interpuesto el recursoRespuesta incorrecta No, según se dispone en el art. 32.1 LOTC, los legitimados en el recurso de inconstitucionalidad pueden impugnar las disposiciones objeto del mismo tanto cuando procedan del Estado como de las Comunidades Autónomas. Por eso, el Defensor del Pueblo pudo perfectamente recurrir la norma dictada por el Estado.
  2. sí, si además se encuentra avalado por 50 diputados o por 50 senadoresRespuesta incorrecta El Defensor del Pueblo, tal y como se dispone en el art. 32.1 LOTC, puede interponer el recurso por sí mismo, sin necesidad de que tenga que venir avalado por 50 diputados y senadores.
  3. no, porque el Defensor del Pueblo, al ser un órgano auxiliar de las Cortes Generales, no puede recurrir sus leyesRespuesta incorrecta El art. 32.1 LOTC autoriza al Defensor del Pueblo a interponer el recurso de inconstitucional, en general, frente a las disposiciones del art. 27.2 LOTC, tanto cuando se aprueben por las Comunidades Autónomas como por el Estado. En consecuencia, es irrelevante que el Defensor del Pueblo sea un órgano auxiliar de las Cortes Generales en orden a poder interponer un recurso contra las leyes aprobadas por ellas.
  4. sí, puede presentarlo por sí mismo, sin necesidad de que su demanda tenga que ser acompañada por otros órganosRespuesta correcta En efecto, el Defensor del Pueblo, tal y como se dispone en el art. 32.1 LOTC, puede interponer el recurso por sí mismo, sin necesidad de que tenga que venir avalado por otros sujetos, en particular, por el resto de los legitimados para la interposición del recurso de inconstitucionalidad.

 

 

 

19.-  ¿En lo que se refiere al plazo en el que se presenta el recurso de inconstitucionalidad, se acomoda a lo previsto en la LOTC?  

  1. no, porque el recurso interpuesto por el Defensor del Pueblo ha de presentarse siempre dentro de los 3 meses siguientes a la publicación de la leyRespuesta correcta El plazo máximo otorgado al Defensor del Pueblo para que pueda plantear un recurso de constitucionalidad es de tres meses (art. 33.1 LOTC).
  2. no, porque el recurso tiene que presentarse, cualquiera que sea el sujeto que lo interponga, dentro de los 2 meses siguientes a la aprobación del acto o disposición que se entienda lesiva de las competencias atribuidas por la CERespuesta incorrecta No, el plazo genérico de interposición del recurso es de tres meses desde la publicación oficial de la norma (art. 33.1 LOTC). Bien es cierto que excepcionalmente el recurso puede llegar a plantearse en un plazo máximo de nueve meses siempre y cuando los sujetos que lo interpongan sean o el Presidente del Gobierno de la Nación o los órganos ejecutivos superiores de las Comunidades Autónomas y además se satisfagan los requisitos previstos en el art. 33.2 LOTC.
  3. sí, siempre y cuando también lo hubiesen interpuesto 50 diputados o 50 senadores, en cuyo caso, el plazo para poder plantearlo es de 9 mesesRespuesta incorrecta La posibilidad de interponer el recurso de inconstitucionalidad en el plazo excepcional de nueve meses sólo es posible cuando los sujetos que lo planteen sean o el Presidente del Gobierno de la Nación o los órganos ejecutivos superiores de las Comunidades Autónomas y además se satisfagan los requisitos previstos en el art. 33.2 LOTC. En consecuencia, cuando el recurso se interponga por 50 diputados o por 50 senadores ha de plantearse dentro del plazo de tres meses.
  4. sí, en todo caso podría interponerse hasta en un plazo máximo de 9 mesesRespuesta incorrecta La posibilidad de interponer el recurso de inconstitucionalidad en el plazo excepcional de nueve meses sólo es posible cuando los sujetos que lo planteen sean o el Presidente del Gobierno de la Nación o los órganos ejecutivos superiores de las Comunidades Autónomas y además se satisfagan los requisitos previstos en el art. 33.2 LOTC

 

 

 

20.-  Interpuesto el recurso contra la ley por el o los órganos legalmente habilitados, si el TC optase por su estimación :  

  1. tendría que limitarse a declarar inconstitucional la concreta disposición impugnada, al regirse el TC por el principio de justicia rogadaRespuesta incorrecta Falso. El TC puede declarar inconstitucionales otros preceptos de la ley no expresamente impugnados, siempre y cuando estos tuviesen una relación material con las disposiciones expresamente recurridas. Esta posibilidad de inconstitucionalidad por "conexión material" se encuentra recogida en el art. 39.1 LOTC.
  2. el TC podría llegar a declarar inconstitucionales también otras disposiciones de la ley relacionadas con la norma impugnada aunque no hubiesen sido invocadas en la demandaRespuesta correctaEn efecto. El TC puede declarar inconstitucionales otros preceptos de la ley no expresamente impugnados, siempre y cuando estos tuviesen una relación material con las disposiciones expresamente recurridas. Esta posibilidad de inconstitucionalidad por "conexión material" se encuentra recogida en el art. 39.1 LOTC.
  3. dictaría una sentencia con efectos sólo entre las partesRespuesta incorrecta Como dispone el art. 38.1 LOTC, las sentencias recaídas en procedimientos de inconstitucionalidad vincularán a todos los poderes públicos. No gozan, por lo tanto, simplemente de efectos inter partes
  4. podría tener que volver a declarar la inconstitucionalidad de la o de las normas invalidadas si fuesen luego objeto de una cuestión de inconstitucionalidadRespuesta incorrecta Como dispone el art. 38.1 LOTC, las sentencias recaídas en procedimientos de inconstitucionalidad tienen efectos erga omnes. Vinculan, por tanto, a todos los poderes públicos, entre ellos, a los jueces y tribunales. En consecuencia, el TC no tendría que volver a pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de la ley previamente declarada inconstitucional.

 

 

 

21.- La naturaleza del control que lleva a cabo el TC en el caso es

  1. concreto y abstractoRespuesta incorrecta El control no es concreto. Lo que caracteriza a este tipo de control es que se lleva a cabo cuando la norma está siendo aplicada al caso concreto. Este control concreto es el que se realiza por el TC al hilo del planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad por parte de los jueces y tribunales. El recurso de inconstitucionalidad sobre el que versa el caso es un modelo de control abstracto, en el que el control se lleva a cabo al margen de su aplicación al caso concreto. Para poder interponer el recurso basta con que la norma sea publicada oficialmente.
  2. difuso y concentradoRespuesta incorrecta El control de constitucionalidad no es difuso, porque lo definitorio del mismo es que se puede llevar a cabo por parte de los jueces y tribunales ordinarios. Eso no sucede en el caso, en el que el control se realiza por parte de un solo órgano (el TC). Además, tampoco compete a los jueces o tribunales ordinarios la facultad de instar a dicho control.
  3. concentrado y abstractoRespuesta correcta En efecto. En el caso, se lleva a cabo un control concentrado, ya que el mismo se "concentra" en un solo órgano: el Tribunal Constitucional, el único habilitado para poder declarar la inconstitucionalidad de la norma. Además, es abstracto, ya que el control de constitucionalidad se practica independientemente de la aplicación de la norma al caso concreto.
  4. concentrado y concretoRespuesta incorrecta Sí es concentrado, ya que el control se "concentra" en un solo órgano: el Tribunal Constitucional, el único habilitado para poder declarar la inconstitucionalidad de la norma. Sin embargo, en el caso no se plantea un control concreto. Lo que caracteriza a este tipo de control es que se lleva a cabo cuando la norma está siendo aplicada al caso concreto. Este control concreto es el que se realiza por el TC al hilo del planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad por parte de los jueces y tribunales. El recurso de inconstitucionalidad sobre el que versa el caso es un modelo de control abstracto, en el que el control se lleva a cabo al margen de su aplicación al caso concreto. Para poder interponer el recurso basta con que la norma sea publicada oficialmente.