Test sobre Fuentes y Jurisdicción III

 

 

El Gobierno veta una proposición de ley que regula el ejercicio del derecho de reunión (Art.21 CE), materia ésta que fue previamente objeto de delegación expresa por las Cortes Generales al Gobierno mediante la aprobación de una Ley de bases. El Gobierno, previo dictamen en contra del Consejo de Estado, dicta dos Decretos legislativos antes de que transcurra el plazo establecido por la Ley para ejercer la delegación, pero tan sólo el primero entra a regular la materia objeto de delegación respetando los términos de lo dispuesto en la Ley de bases, mientras que el segundo se limita a refundir las normas existentes en la materia.

 

 1.-El veto del Gobierno

  1. Es constitucionalmente admisible en un supuesto como éste de intento de revocación expresa de la delegación Respuesta incorrecta El art. 84 CE permite a las Cortes tanto una revocación tácita como expresa de la delegación legislativa en vigor. Sin embargo, dependiendo del tipo de revocación de que se trate la posición del Gobierno puede ser distinta.
  2. Es constitucionalmente inadmisible, pues estamos ante un intento de revocación tácita de la delegación Respuesta incorrecta El art. 84 CE permite a las Cortes tanto una revocación tácita como una expresa de la delegación legislativa en vigor. Sin embargo, dependiendo del tipo de revocación de que se trate la posición del Gobierno puede ser distinta.
  3. Es constitucionalmente posible, pero quedaría sin efecto si las Cortes presentasen luego una proposición de ley que revocara expresamente la delegación Respuesta correcta El art. 84 CE permite a las Cortes Generales revocar tácitamente la delegación en vigor presentando una proposición de ley que pretenda regular la materia previamente delegada. Frente a ello, el Gobierno puede vetar su tramitación. Sin embargo, la posibilidad de oposición desaparece en el caso de que la revocación sea expresa, es decir, si las Cortes presentasen una proposición directamente destinada a la derogación de la ley de delegación.
  4. Es constitucionalmente inadmisible, pues sólo cabe veto frente a intentos de revocación tácita generados por enmiendas o por proyectos de ley Respuesta incorrecta La facultad de veto que el art. 84 CE reconoce al Gobierno es para revocaciones tácitas practicadas por una proposición de ley o por una enmienda. Carecería de sentido que el Gobierno pudiera vetar la tramitación de un proyecto de ley, que procede él mismo.

 

 

 

2.-La regulación del ejercicio del derecho de reunión

  1. Puede ser objeto de delegación Respuesta correcta La CE limita en el art. 82,1 la delegación legislativa para la regulación de materias propias de ley orgánica. Sin embargo, en el art. 81,1 CE se deja claro que la reserva de ley orgánica abarca el desarrollo de los derechos fundamentales y libertad públicas. La regulación del ejercicio de los derechos, al no entrar dentro de la reserva, sí es susceptible de delegación.
  2. No puede ser objeto de delegación, al afectar a un derecho del Título I CE Respuesta incorrecta La prohibición de afectación a los derechos del Título I es un límite para el decreto-ley, no para el decreto-legislativo (art. 86,1 CE).
  3. Puede ser objeto de delegación si existe una extraordinaria y urgente necesidad Respuesta incorrecta La extraordinaria y urgente necesidad es un presupuesto habilitante para la válida existencia de un decreto-ley (art. 86,1 CE), no para realizar una delegación legislativa.
  4. No puede ser objeto de delegación, al estar reservada a la Ley orgánica Respuesta incorrecta El art. 81,1 CE deja claro que la reserva de ley orgánica abarca el desarrollo de los derechos fundamentales y libertad públicas. La regulación del ejercicio de los derechos no entra dentro de dicha reserva, sí siendo objeto de delegación.

 

 

 

3.-El primer decreto legislativo, respetuoso con los términos de la delegación

  1. Es susceptible de anulación por los Tribunales ordinarios Respuesta incorrecta El decreto-legislativo respetuoso con la delegación sólo puede ser anulado por el TC (art. 27,2 b LOTC). La competencia de los tribunales ordinarios dispuesta en el art. 82,6 CE para el control del decreto-legislativo es para el caso de los decretos-legislativos ultra-vires.
  2. Tiene que ser controlado en todo caso por las Cortes Respuesta incorrecta El art. 82,6 CE, además de la posibilidad de un control parlamentario sobre el decreto-ley, se reconoce la existencia de un control por parte de los tribunales ordinarios.
  3. Sólo es susceptible de control por el Tribunal Constitucional en el caso de que se apreciara una vulneración de algún precepto constitucional Respuesta correcta El decreto-legislativo respetuoso con la delegación sólo puede ser anulado por el TC (art. 27,2 b LOTC). La competencia de los tribunales ordinarios dispuesta en el art. 82,6 CE para el control del decreto-legislativo es para el caso de los decretos-legislativos ultra-vires.
  4. Es nulo, pues no cuenta con la cobertura debida, ya que la ley de delegación debería haber sido una ley meramente ordinaria y no de bases Respuesta incorrecta El art. 82,2 CE reconoce que para la delegación legislativa que consista en la redacción de un texto articulado, aquélla ha de hacerse mediante una ley de bases. Una mera ley ordinaria sería exigible sólo para la creación de textos refundidos, lo que no sucede en el caso.

 

 

 

4.-El segundo decreto legislativo

  1. Es válido, pues se dictó dentro de plazo Respuesta incorrecta El segundo decreto-legislativo se dictó efectivamente dentro del plazo concedido por la delegación, pero no es válido porque la delegación está sometida a término. De manera se agota en el momento en que se haga uso de ella una sola vez (art. 82,3 CE). En consecuencia, la delegación había quedado ya agotada con la aprobación del primer decreto-legislativo.
  2. Innova el ordenamiento con la misma intensidad que el primero Respuesta incorrecta El segundo decreto-legislativo no puede innovar el ordenamiento como el primero por la sencilla razón de que aquél es inválido. La delegación legislativa se agota en el momento en que se haga uso de ella una sola vez (art. 82,3 CE). La delegación había quedado ya agotada con la aprobación del primer decreto-legislativo.
  3. Es nulo, pues se dictó ya agotada la delegación Respuesta correcta El segundo decreto-legislativo no es válido porque la delegación está sometida a término, se manera se agota en el momento en que se haga uso de ella una sola vez (art. 82,3 CE). La delegación había quedado ya agotada con la aprobación del primer decreto-legislativo.
  4. Hubiera requerido para ser válido que antes de ser dictado se hubiera aprobado otra ley de bases Respuesta incorrecta En la medida en que el segundo decreto-legislativo aprueba un texto refundido, lo que habría sido necesario para que fuera válido sería aprobar, no una ley de bases, sino una ley ordinaria de autorización para la refundición (art. 82,2 CE).

 

 

 

5.-Señale la respuesta correcta

  1. Atendiendo a la materia que se delega, en este caso, la ley de bases debería predeterminar en lo esencial el contenido del Decreto legislativo de modo que éste no fuera más que su desarrollo técnico Respuesta correcta Al concederle al Gobierno la capacidad para regular el ejercicio del derecho de reunión, le reconoce una potestad de innovación del ordenamiento jurídico a través de la aprobación de un texto articulado. Este tipo de delegaciones requiere que se realice mediante una ley de bases que determine los principios y las directrices a las que ha de ajustarse la delegación (art. 82,2 y 82,4 CE).
  2. Aun existiendo una segunda ley de delegación en vigor, el segundo decreto legislativo no podría armonizar, aclara o interpretar las disposiciones que refunde Respuesta incorrecta El art. 82,5 CE reconoce que cuando se autorice al Gobierno mediante una ley ordinaria a la refundición de textos legislativos, puede reconocerle la facultad de regularizarlos, armonizarlos o aclararlos
  3. El Gobierno podría haber subdelegado en el Ministro competente la aprobación del segundo decreto legislativo Respuesta incorrecta La delegación legislativa que realice las Cortes en el Gobierno no es susceptible de subdelegaciones dentro de este último órgano (art. 82,3 CE). El decreto-legislativo ha de ser aprobado por el Gobierno en pleno.
  4. El Gobierno no podía dictar ambos decretos al contar con el dictamen desfavorable del Consejo de Estado Respuesta incorrecta El dictamen desfavorable del Consejo de Estado sobre los decretos-legislativos no tiene carácter vinculante (arts. 2 y 21,2 LOCE).

 

 

En 1984 una Comunidad Autónoma ejerce una de sus competencias estatutariamente asumidas aprobando una Ley y un Decreto que desarrollan una materia sujeta a reserva constitucional de ley ordinaria y cuyos aspectos básicos ya fueron tácitamente fijados en 1972 por el Estado en una Orden Ministerial. El Decreto autonómico, contrario a la Ley autonómica, es sin embargo conforme a las bases estatales, mientras que la Ley autonómica se opone a ellas frontalmente. En 1994 el Estado sienta en un Real Decreto nuevas bases que resultan incompatibles tanto con la regulación efectuada por la Orden Ministerial como por la que realiza el Decreto autonómico.

 

 

6.-La ley autonómica

  1. No puede satisfacer la reserva constitucional en favor de la ley ordinaria, pues una reserva de ley se refiere siempre a una ley estatalRespuesta incorrecta Una reserva constitucional de ley ordinaria no siempre se refiere a una ley estatal. Si una materia sometida a reserva de ley ha sido asumida por las CCAA en sus Estatutos, ha de ser ellas las que deben satisfacer la reserva de ley. De ello puede ser buena muestra la reserva de ley existente en materia de la regulación del ejercicio de los derechos fundamentales (art. 53,1 CE), alguno de cuyos ámbitos materiales han sido atribuido a las CCAA.
  2. Deroga las bases estatales establecidas en la Orden Ministerial por aplicación del principio jerárquico Respuesta incorrecta Según la CE, la relación existente entre las fuentes estatales y las autonómicas es de competencia, no de jerarquía.
  3. Es nula, porque, al contrariar las bases estatales, implícitamente sienta unas nuevas y con ello está vulnerando la distribución de competencias Respuesta correcta La competencia para la fijación de las bases corresponde a las fuentes del Estado. En la medida en que la ley autonómica carece de competencia para ello es inconstitucional.
  4. No puede desarrollar la materia, porque esta función sólo puede cumplirla un reglamento Respuesta incorrecta La competencia para la fijación de las bases corresponde a las fuentes del Estado. En la medida en que la ley autonómica carece de competencia para ello es inconstitucional. Además, en materia de fijación de las bases, según la jurisprudencia del TC, rige el principio de preferencia de ley.

 

 

 

7.-Señale la respuesta correcta

  1. La Ley autonómica del caso menoscaba competencias estatalesRespuesta incorrecta La ley del caso no menoscaba simplemente competencias estatales, sino que directamente las usurpa.
  2. Un Gobierno de otra Comunidad Autónoma podría interponer conflicto positivo de competencias contra la Ley del supuesto, si afectara al ámbito de su autonomía Respuesta incorrecta La posibilidad reconocida de que una Comunidad Autónoma pueda interponer un conflicto positivo de competencia frente a normas o actos del Estado se condiciona a que afecte a su propio ámbito (art. 63,1 LOTC).
  3. Un Gobierno autonómico podría interponer recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del supuesto, si afectara al ámbito de su autonomía Respuesta incorrecta Los Gobiernos autonómicos gozan efectivamente de legitimación para interponer un recurso de inconstitucionalidad, pero sólo frente a las normas del Estado (art. 32,2 CE).
  4. La Comunidad Autónoma debió deducir qué es lo básico, buscando en la Orden Ministerial de 1972 aquéllos principios que por su vinculación con el interés general deban ser aplicados en toda EspañaRespuesta correcta A pesar de que, de acuerdo con la jurisprudencia del TC, en materia de determinación de lo básico rige el "principio de preferencia de ley", excepcionalmente aquéllo puede ser deducido de la normativa preconstitucional infralegal.

 

 

 

 
 8.-El Decreto autonómico

  1. Podría ser válido si la Comunidad autónoma hubiera aprobado antes de ser dictado una ley de deslegalizaciónRespuesta incorrecta En materias reservadas a la ley no cabe la deslegalización.
  2. Puede regular materia reservada a la ley, siempre que la ley autonómica remita a él, predeterminando lo que puede regular y circunscribiéndolo a cuestiones de detalle Respuesta correcta En la medida en que se trata de una materia sometida a reserva de ley, la función del reglamento autonómico sólo puede consistir en concretar sus aspectos, sin que pueda llevar a cabo una regulación independiente no sometida plenamente a la ley.
  3. Vulnera el principio de distribución de competencias, pero no el de jerarquía normativa Respuesta incorrecta Sí vulnera el principio de jerarquía porque contraviene una ley autonómica. Entre las fuentes autonómicas, por una parte, y entre las fuentes estatales rige verticalmente el principio de jerarquía. El principio de competencia es aplicable horizontalmente entre las fuentes del Estado y las de las Comunidades Autónomas.
  4. Satisface la reserva constitucional, porque es una norma con rango de ley Respuesta incorrecta El decreto de la Comunidad Autónoma no puede satisfacer la reserva de ley porque aquél no es ni una ley ni posee su rango.

 

 

 
 9.-La Orden Ministerial de 1972

  1. Es nula, porque las bases siempre han debido establecerse en Ley Respuesta incorrecta De acuerdo con la jurisprudencia del TC, se acepta que las bases de una materia puedan deducirse de normas preconstitucionales aunque no se encuentren previstas en una ley formal e incluso si no aparecen expresamente fijadas como tales.
  2. Es nula, porque las bases siempre han debido ser expresas Respuesta incorrecta De acuerdo con la jurisprudencia del TC, se acepta que las bases de una materia puedan deducirse de normas preconstitucionales aunque no se encuentren previstas en una ley formal e incluso si no aparecen expresamente fijadas como tales.
  3. Sería nula de haberse aprobado a fecha de hoy Respuesta correcta En la actualidad, de acuerdo con la jurisprudencia del TC, la fijación de las bases debe de realizarse mediante una ley que, además, determine expresamente lo que es y lo que no es básico. Por eso, un reglamento no podría fijar válidamente lo básico.
  4. Es jerárquicamente superior al Real Decreto de 1994 que no podría derogarla Respuesta incorrecta De acuerdo con la ordenación de las fuentes reglamentarias operadas por la Ley 50/1997 en su art. 23,3, los Reales Decretos asumen un rango jerárquico superior a las Órdenes Ministeriales.

 

 

 

10.-El Real Decreto de 1994

  1. Sería válido si el Estado hubiera aprobado una ley de bases previa  y hubiera razones coyunturales o técnicas que aconsejan esta regulación reglamentaria de lo básico Respuesta correcta Según la jurisprudencia del TC en materia de legislación básica, rige el principio de preferencia de ley en la regulación de la misma. Sólo excepcionalmente pueden fijarse las bases mediante una norma reglamentaria en el caso de que se diesen razones coyunturales o técnicas. Si se da este presupuesto el Real Decreto de 1994 sería válido.
  2. No tiene que determinar expresamente cuáles de sus preceptos contienen normativa básica Respuesta incorrecta Según la jurisprudencia vertida por el TC en materia de legislación básica, la determinación de lo básico ha de hacerse de manera expresa.
  3. Supone la nulidad del Decreto autonómico Respuesta incorrecta La contradicción entre el Real Decreto de 1994 y el Decreto autonómico no se salda con la nulidad de éste. Ello sucedería si ambas normas reglamentarias se relacionasen de acuerdo con el criterio de jerarquía. En aplicación de éste, a igual rango se aplica el criterio de la derogación por parte de la norma posterior. Sin embargo, el criterio de jerarquía opera verticalmente entre las fuentes autonómicas, por una parte, y entre las fuentes estatales, por otra. Entre unas y otras rige el principio de competencia, por ello el hecho de que exista un Decreto estatal posterior en el tiempo no supondría la nulidad del decreto autonómico anterior. Éste tendría que ser modificado para acomodarse a las nuevas bases estatales.
  4. No tendría fuerza pasiva frente a una ley autonómica posterior que lo contradijera Respuesta incorrecta Sí tendría fuerza pasiva frente a una ley autonómica posterior que lo contradijera. La relación existente entre el Real Decreto de 1994 y la Ley Autonómica es de competencia y este principio implica el reconocimiento de fuerza pasiva a aquellas normas que regulen las competencias válidamente asumidas frente a cualquier otra norma que invadiera títulos competenciales ajenos.

 

 

 

Tras rechazar las Cortes una proposición de reforma de un Estatuto de Autonomía del Art.151 CE que afectaba a las relaciones Estado-Comunidad Autónoma, el Gobierno autonómico convoca en su ámbito territorial un referéndum para que los ciudadanos se pronuncien sobre los cambios estatutarios. El Estado acude al Tribunal Constitucional (TC) e interpone conflicto de competencias contra el acto de convocatoria, puesto que según el Art.149.1.32 CE a él le corresponde en exclusiva la “autorización de consultas populares por vía de referéndum”.   Meses más tarde, las Cortes generales, a propuesta del Gobierno estatal, aprueban una Ley de transferencias (Art.150.2 CE), para intentar satisfacer las pretensiones competenciales autonómicas. El TC declara parcialmente nula la ley en la sentencia que resuelve un conflicto en defensa de la autonomía local interpuesto contra ella por un grupo de municipios, al entender que delega a la Comunidad Autónoma competencias locales. 

 

 

 

11.-Señale la respuesta correcta

  1. La proposición de reforma estatutaria, antes de ser rechazada por las Cortes, tuvo que ser aprobada por el Parlamento autonómico Respuesta correcta La proposición de ley de reforma del Estatuto de Autonomía debe de ser aprobada por el Parlamento autonómico antes de su remisión a la Mesa del Congreso de los Diputados (art. 87,2 CE).
  2. Para aprobar la propuesta de reforma estatutaria se requería mayoría absoluta en el Congreso y en el SenadoRespuesta incorrecta Los Estatutos de Autonomía han de aprobarse mediante una ley orgánica, como dispone el art. 81,1 CE. Sin embargo, la mayoría absoluta requerida para su aprobación la exige el art. 81,2 en el caso del Congreso en una votación final sobre el conjunto del proyecto. En el Senado, la aprobación de las leyes orgánicas se lleva a cabo por mayoría simple (art. 143 RS).
  3. Con la aprobación de la reforma en las Cortes hubiera finalizado el procedimiento de reforma estatutaria Respuesta incorrecta Después de que las Cortes Generales hubiesen aprobado la reforma del Estatuto se hubiera requerido un referéndum entre los electores inscritos en los censos correspondientes (art. 152,2 CE).
  4. La proposición de reforma estatutaria, antes de ser sometida a las Cortes para su ratificación, debió ser refrendada por los ciudadanos Respuesta incorrecta Las proposiciones de ley que las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas que presenten ante la Mesa del Congreso no necesitan ratificación por parte de los ciudadanos (art. 87,2 CE).

 

 

 

12.-Señale la respuesta correcta

  1. El conflicto de competencias será inadmitido a trámite, pues el Estado, a través de su Gobierno, no realizó un previo requerimiento al Gobierno autonómico, pidiéndole que revoque la convocatoriaRespuesta incorrecta El Estado, para poder interponer un conflicto positivo de competencias, no necesita realizar un requerimiento previo a la Comunidad Autónoma para que derogue o anule la disposición o resolución controvertida (art. 62 LOTC).
  2. El gobierno autonómico es sujeto procesal, pero no real en este conflicto Respuesta incorrecta El Gobierno autonómico no es sólo un sujeto llamado a intervenir en alguna fase del procedimiento, sino que es el sujeto pasivo del conflicto, en concreto, la parte demandada (art. 59,1 a LOTC).
  3. El conflicto de competencias será inadmitido a trámite, pues no procede contra actos, sino tan solo contra disposiciones y resoluciones sin valor de ley Respuesta incorrecta Como dispone el art. 71,1 LOTC, el objeto de un conflicto positivo de competencias son las disposiciones, resoluciones y actos del Estado o de las Comunidades Autónomas.
  4. El Gobierno estatal, antes de acudir al TC, tenía la opción de requerir al Gobierno autonómico para que revoque la convocatoria del referéndum Respuesta correcta El Estado, para poder interponer un conflicto positivo de competencias, no es indispensable que realice un requerimiento previo a la Comunidad Autónoma para que derogue o anule la disposición o resolución controvertida(art. 62 LOTC). Sin embargo, puede hacerlo si lo considera oportuno. Por ello, en el presente caso, podría haber requerido a la Comunidad Autónoma para que revocada la convocatoria del referéndum.

 

 

 

13.-El acto autonómico de convocatoria del referéndum

  1. Quedará suspendido con la mera interposición del conflicto Respuesta incorrecta La mera interposición del conflicto por parte del Gobierno no produce automáticamente la suspensión de acto autonómico impugnado. Para que tal suspensión se produzca  es necesario que el Gobierno se invoque la facultad que expresamente le reconoce el art. 161,2 CE.
  2. Quedará automáticamente suspendido si el Gobierno estatal además de interponer el conflicto, activa la impugnación prevista en el Art.161.2 CE Respuesta correcta El art. 161,2 CE dispone que el Gobierno podrá impugnar las disposiciones y las resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. Dicha impugnación producirá, cuando se apoye en la facultad del citado art. 161,2 CE, la automática suspensión de la disposición o resolución recurrida.
  3. Sólo quedará suspendido si el Gobierno estatal lo solicita y el TC accede a ello Respuesta incorrecta El art. 161,2 CE dispone que el Gobierno podrá impugnar las disposiciones y las resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. Dicha impugnación producirá, cuando se apoye en la facultad del citado art. 161,2 CE, la automática suspensión de la disposición o resolución recurrida. En la medida en que la suspensión es automática, el TC no tiene que acceder a ello.
  4. No puede ser suspendido más de 5 meses y siempre que el Gobierno estatal lo impugne a través de Art.161.2 CE Respuesta incorrecta Si el Gobierno interpone el conflicto positivo con expresa alegación de la facultad reconocida en el art. 161,2 CE produce la suspensión automática de  la disposición, resolución o acto impugnado. Pero según reconoce el art. 161,2 CE, la suspensión no puede durar sólo 5 meses. Ese es el plazo en el que, como máximo, el TC ha de pronunciarse sobre el levantamiento o la ratificación de la suspensión producida.

 

 

 

14.-A través de la Ley del Art.150.2 CE

  1. La Comunidad Autónoma podrá ejercer competencias legislativas y ejecutivas que hasta entonces eran ejercidas por el Estado, su titular Respuesta correcta Lo que el Estado realiza mediante la ley orgánica de transferencia o delegación es la cesión del ejercicio de competencias de titularidad estatal. Así se refleja en el tenor literal del art. 150,2 CE.
  2. Las Cortes pueden transferir cualquier materia de titularidad estatal Respuesta incorrecta Como dispone el art. 150,2 CE, el Estado sólo puede delegar o transferir a las Comunidades Autónomas el ejercicio de competencias que, por su propia naturaleza, sean susceptibles de transferencia o delegación. En consecuencia, la cesión competencial del art. 150,2 CE no es en blanco
  3. La Comunidad Autónoma accede a las mismas materias que hubiera podido asumir reformando su Estatuto, siguiendo los procedimientos establecidos Respuesta incorrecta La cesión competencial contemplada no sólo en el art. 150,2, sino también en el art. 150,1, si bien puede ser utilizada para ceder el ejercicio de competencias que, en su día podían haber asumido las CCAA en sus Estatutos, su verdadera función es atribuir competencias no pudieron asumir en virtud de sus Estatutos. Y ello porque su objeto es la cesión del ejercicio de competencias de titularidad estatal, algunas de las cuales\: las del art. 149 no pueden ser asumidas por los Estatutos de Autonomías.
  4. La Comunidad Autónoma accede a la titularidad y al ejercicio de las competencias que se le transfieren Respuesta incorrecta Como el propio art. 150,2 dispone las Comunidades Autónomas no acceden a la titularidad de las competencias, sino al ejercicio de competencias de titularidad estatal.

 

 

 

15.- La ley del Art.150.2 CE

  1. Sólo puede recurrirse a través del recurso o de la cuestión de inconstitucionalidad, pero no a través del conflicto que se indica, pues se trata de una ley orgánica Respuesta incorrecta La ley orgánica estatal sí puede ser objeto del conflicto en defensa de la autonomía local. Como dispone el art. 75 bis LOTC: podrán dar lugar al planteamiento de los conflictos en defensa de la autonomía local las normas del Estado con rango de ley o las disposiciones con rango de ley de las Comunidades Autónomas que lesionen la autonomía local constitucionalmente garantizada. Inequívocamente la ley orgánica del caso se enmarca dentro de las normas del Estado con rango de ley.
  2. Puede ser declarada nula por el TC en la misma sentencia que resuelve el conflicto en defensa de la autonomía local Respuesta incorrecta La sentencia que resuelve el conflicto en defensa de la autonomía local se limitará a declarar si existe o no vulneración de la autonomía local constitucionalmente garantizada, determinando, según proceda, la titularidad o atribución de la competencia controvertida (art. 75 quinque 5 LOTC). Habiéndose constatado que la lesión trae causa en una norma con rango de ley del Estado o de una Comunidad Autónoma, la cuestión se tramitará posteriormente a través de una autocuestión de inconstitucionalidad por el propio TC tras dictar sentencia (art. 75 quinque 6 LOTC).
  3. Puede ser declarada nula por el TC en la sentencia que resuelve el conflicto indicado, sólo si previamente éste se ha tramitado como un recurso de inconstitucionalidad Respuesta incorrecta La sentencia que resuelve el conflicto en defensa de la autonomía local se limitará a declarar si existe o no vulneración de la autonomía local constitucionalmente garantizada, determinando, según proceda, la titularidad o atribución de la competencia controvertida (art. 75 quinque 5 LOTC). Habiéndose constatado que la lesión trae causa en una norma con rango de ley del Estado o de una Comunidad Autónoma, la cuestión se tramitará posteriormente a través de una autocuestión de inconstitucionalidad por el propio TC tras dictar sentencia (art. 75 quinque 6 LOTC).
  4. Podría ser declarada nula por el TC en una sentencia que resuelva la autocuestión de inconstitucionalidad que el propio TC hubiera planteado una vez dictada la sentencia estimatoria que hubiera puesto fin al procedimiento conflictual previo Respuesta correcta La sentencia que resuelve el conflicto en defensa de la autonomía local se limitará a declarar si existe o no vulneración de la autonomía local constitucionalmente garantizada, determinando, según proceda, la titularidad o atribución de la competencia controvertida (art. 75 quinque 5 LOTC). Habiéndose constatado que la lesión trae causa en una norma con rango de ley del Estado o de una Comunidad Autónoma, la cuestión se tramitará posteriormente a través de una autocuestión de inconstitucionalidad por el propio TC tras dictar sentencia (art. 75 quinque 6 LOTC).

 

 

Las Cortes aprueban una ley ordinaria en la que expresamente encomiendan al Gobierno recopilar en 3 meses en un Decreto legislativo toda la normativa existente sobre coordinación sanitaria. El Presidente del Gobierno encarga al Ministro de Sanidad la redacción del Decreto legislativo.   El Gobierno, tras el oportuno debate, se niega a dictarlo, porque considera que aclara y armoniza las normas que refunde. El Gobierno propone que el Ministro reformule el texto corrigiendo estos aspectos y lo vuelva a someter a su aprobación. Antes de que pueda hacerlo y sin que haya trascurrido aún el plazo de 3 meses, 15 senadores presentan en su Cámara una proposición de ley con un artículo único derogatorio de la ley mencionada y 25 diputados presentan en el Congreso una proposición de ley sobre coordinación sanitaria.

 

 

16.-La ley

  1. Es inconstitucional por no contener unos principios y directrices que guíen al Gobierno en la tarea que se le encomienda Respuesta incorrecta No necesitaría contener unos principios y directrices. Eso sería necesario en el caso de que la delegación legislativa se realizara para la aprobación de un texto articulado (art. 82,2 CE). En este caso, se trata de un texto refundido.
  2. Es inconstitucional por la materia que regula Respuesta incorrecta La delegación legislativa no puede tener por objeto materias propias de ley orgánica (art. 82,1 CE). La coordinación sanitaria no reviste tal carácter.
  3. Es constitucional, porque cumple todos los requisitos constitucionalmente exigidos Respuesta correcta La delegación legislativa se acomoda al objeto--no reservado a ley orgánica--, se realiza mediante una ley ordinaria--en la medida en que tiene como función autorizar al Gobierno a refundir textos legislativos--, mediante una ley que tiene como destinatario Gobierno en plano y determina un plazo para su ejercicio. Se cumplen, pues, todos los requisitos contemplados en el art. 82 CE.
  4. Es inconstitucional por no ser una ley orgánicaRespuesta incorrecta La delegación legislativa ha de hacerse mediante una ley ordinaria cuando se trate, como en el caso, de refundir textos legislativos (art. 82,2 CE).

 

 

 

17.-El Decreto legislativo

  1. Hubiera sido inconstitucional, porque NO se puede subdelegar en un Ministro la redacción de la norma Respuesta incorrecta Lo que no puede subdelegarse en el seno del propio Gobierno es la facultad para aprobar el decreto-legislativo (art. 82,3 CE). Sin embargo, no es inconstitucional la facultad reconocida al Ministro para proponer una propuesta de refundición de las disposiciones legislativas sobre la coordinación sanitaria, siempre que la aprobación final del texto refundido la realice el Gobierno en pleno, único destinatario posible de una delegación legislativa (art. 82,1 y 82,3 CE).
  2. Hubiera incurrido en ultra vires, por aclarar y armonizar las normas que refunde Respuesta incorrecta No habría de incurrir necesariamente en ultra vires ya que de la naturaleza de la materia que se encomienda a refundir al Gobierno, cabe deducir al menos la facultad de regularizar, armonizar o aclarar las disposiciones a refundir, como dispone el art. 82,5 CE.
  3. Al contener un texto refundido, NO necesita para ser aprobado que las Cortes deleguen previamente potestad legislativa Respuesta incorrecta Como dispone el art. 82,2 CE, para la refundición de textos legislativos, la labor del Gobierno necesita una autorización mediante una ley ordinaria.
  4. Podía aclarar, armonizar o interpretar, como quería el Ministro, las disposiciones que recopila, pues ello generaría una mínima innovación del ordenamiento Respuesta correcta De la naturaleza de la materia que se encomienda a refundir al Gobierno, cabe deducir al menos la facultad de éste para regularizar, armonizar o aclarar las disposiciones a refundir, como dispone el art. 82,5 CE. En consecuencia, la mínima innovación normativa propuesta por el Ministro es coherente con la CE.

 

 

 

18.- Si el Ministro hubiera presentado al Gobierno para su aprobación la nueva redacción del Decreto legislativo con las correcciones que le sugirieron

  1. El Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, lo habría dictado y con ello se habría agotado la delegación Respuesta correcta La nueva redacción se habría elevado por el Ministro al Gobierno para su aprobación definitiva, agotándose con ello la delegación legislativa realizada por las Cortes Generales (art. 82,3 CE).
  2. Hubiera vulnerado el requisito de que la delegación está sujeta a plazo Respuesta incorrecta La nueva redacción que se habría elevado por el Ministro al Gobierno para su aprobación definitiva no vulnera el hecho de que la delegación está sujeta a plazo (art. 82,3 CE). Como se deduce del caso, no han transcurrido todavía los 3 meses otorgados por las Cortes para que el Gobierno dictara el decreto-legislativo.
  3. Hubiera vulnerado el requisito de que la delegación está sujeta a término Respuesta incorrecta La nueva redacción que se habría elevado por el Ministro al Gobierno para su aprobación definitiva no vulnera el hecho de que la delegación está sujeta a término (art. 82,3 CE), ya que el Gobierno no procedió a aprobar con anterioridad el Decreto-Legislativo. El término se cumple precisamente cuando el Gobierno--órgano habilitado para ello-- procede a aprobar en pleno el Decreto-legislativo.
  4. El Gobierno lo habría aprobado y con ello se habría revocado la delegación Respuesta incorrecta La revocación de la delegación la llevan a cabo las Cortes Generales no el Gobierno (art. 84 CE). Lo que teóricamente produciría el Gobierno a través de la aprobación del decreto-legislativo es el agotamiento de la delegación (art. 82,3 CE).

 

 

 

19.-La proposición de ley presentada por los senadores

  1. Será inadmitida a trámite por no ir avalada por el número de senadores exigido Respuesta correcta Efectivamente, las iniciativas legislativas procedentes del Senado han de ir suscritas o por un grupo parlamentario o por 25 senadores. En el caso, la iniciativa sólo goza del apoyo de 15 senadores (art. 108,1 RS).
  2. Pretende revocar tácitamente la delegación Respuesta incorrecta Cuando la proposición de ley tiene por objeto, sin más, derogar directamente la ley que autorizaba la delegación, la revocación es expresa. La revocación tácita se produciría si el objeto de la proposición no fuese directamente derogar aquélla ley, pero propusiese una determinada regulación de las materias previamente delegadas en el Gobierno (art. 84 CE).
  3. Puede ser vetada por el Gobierno Respuesta incorrecta El Gobierno sólo puede vetar una revocación implícita. Sin embargo, en el caso se trata de una revocación expresa ya que la proposición de ley tiene por objeto, sin más, derogar directamente la ley que autorizaba la delegación. Pues bien, en el caso de una revocación expresa, el Gobierno no puede oponerse (art. 84 CE).
  4. Debería necesariamente entrar a regular la materia objeto de la delegación que quiere revocar Respuesta incorrecta Para la revocación de la delegación legislativa en vigor la proposición de ley del Senado no necesitaría proponer una redacción propia. Como dispone el art. 84 CE, la revocación de una delegación legislativa puede realizarse simplemente presentando un texto en el que se solicite la derogación de la ley que autorizaba al Gobierno a dictar un decreto legislativo. En este caso se habla de una revocación expresa.

 

 

 

20.-La proposición de ley presentada por los diputados

  1. Puede ser vetada por el Gobierno una vez aprobada Respuesta incorrecta No, el Gobierno no ha de esperar a que la proposición de ley sea aprobada para poder introducir un veto. En este caso, el Gobierno dispone efectivamente de la posibilidad de vetar la iniciativa del Congreso en la medida en que lo que pretende la proposición de ley de Congreso es revocar tácitamente la delegación en vigor, al proponer una regulación propia (art. 84 CE). El Gobierno puede interponer el veto en el momento en que le sea comunicada la proposición del Congreso para que manifieste su toma de posición.
  2. Pretende revocar expresamente la delegación Respuesta incorrecta La proposición del Congreso de los Diputados no pretende realizar una revocación expresa de la delegación. Para que tal cosa ocurriera, la proposición de ley tendría que tener por objeto directamente la derogación de la ley que concedió previamente la delegación legislativa. En este caso, la delegación es tácita ya que lo que pretende la proposición de ley es proponer una regulación propia de las materias delegadas en el Gobierno, revocando implícitamente la cesión legislativa conferida a aquél (art. 84 CE).
  3. Será inadmitida a trámite por no ir avalada por el número de diputados exigidoRespuesta incorrecta La proposición de ley presentada por el Congreso satisface los requisitos exigidos por el Reglamento del Congreso para poder presentarla\: un grupo parlamentario o un diputado junto con otros 14, lo que se da en el presente caso (art. 126 1 a y b RCD).
  4. Será sometida al trámite de toma en consideración, si el Gobierno no la veta antes Respuesta correcta Si el Gobierno no interpone el veto-- que puede lícitamente presentar, al tratarse de una revocación tácita (art. 84 CE)-- la proposición de ley pasará al siguiente trámite en el procedimiento legislativo\: la toma en consideración (art. 126,2 RCD).

 

 

Ante la pertinaz sequía y la inminente llegada de una ola de calor, el Gobierno presenta en el Congreso un proyecto de ley encaminado a contrarrestar sus efectos en la agricultura. Tras su aprobación en el Congreso, el proyecto es vetado en el Senado. Como el tiempo apremia, el Gobierno dicta un Decreto-ley sobre esta cuestión, la Diputación Permanente del Congreso a los 40 días decide convalidarlo introduciéndole algunos cambios que aseguren que el Senado no ponga ninguna objeción a esta convalidación. Para reforzar la eficacia de las medidas adoptadas, el Gobierno firma un tratado de cooperación con otros países afectados por la misma situación climatológica, por el que se comprometen a compartir información y conocimientos en temas meteorológicos.

 

 

21.-El veto del Senado

  1. Hace imposible que ese proyecto llegue a aprobarse Respuesta incorrecta El veto que puede introducir el Senado a un proyecto o a una proposición de ley procedente del Congreso de los Diputados no impide que puedan ser aprobadas. El art. 90,2 CE permite al Congreso de los Diputados levantar el veto del Senado, dejándolo sin efecto.
  2. Debería haber sido sometido a ratificación por mayoría absoluta en el Congreso Respuesta incorrecta El Congreso de los Diputados puede dejar sin efecto el veto interpuesto por el Senado mediante un voto de ratificación del texto inicial bien por mayoría absoluta o bien por mayoría simple transcurridos dos meses (art. 90,2 CE).
  3. Debería haber sido sometido a ratificación por mayoría simple en el Congreso Respuesta incorrecta El Congreso de los Diputados puede dejar sin efecto el veto interpuesto por el Senado mediante un voto de ratificación del texto inicial bien por mayoría absoluta o bien por mayoría simple transcurridos dos meses (art. 90,2 CE).
  4. Obliga al Congreso a pronunciarse sobre la ratificación del proyecto inicialmente aprobado Respuesta correcta El veto interpuesto por el Senado obliga al Congreso de los Diputados a pronunciarse sobre el mismo mediante un voto de ratificación del texto inicial bien por mayoría absoluta o bien por mayoría simple transcurridos dos meses (art. 90,2 CE).

 

 

 

22.- El Decreto-ley

  1. Hubiera necesitado previa autorización de las Cortes para ser aprobado Respuesta incorrecta El decreto-ley dictado por el Gobierno no hubiera necesitado la previa autorización de las Cortes Generales para poder ser aprobado ya que la facultad legislativa que aquél encarna es originaria del Gobierno (art. 86,1 CE). El Gobierno, por el contrario, sí necesita autorización para dictar decretos-legislativos, en la medida en que mediante estos ejerce una potestad legislativa derivada, originaria de las Cortes (art. 82,1 CE).
  2. Carece de presupuesto habilitante para ser aprobado Respuesta incorrecta La existencia de una sequía y la llegada de una ola de calor y sus perniciosos efectos sobre la agricultura puede encuadrarse dentro del presupuesto habilitante de la extraordinaria y urgente necesidad (art. 86,1 CE).
  3. Cumple los requisitos necesarios para ser aprobadoRespuesta correcta El decreto-ley cumple, el primer lugar, con los requisitos formales necesarios para su aprobación: la existencia de una situación de extraordinaria y urgente necesidad. En segundo lugar, el decreto-ley cumple con los requisitos materiales: no afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Titulo I, al régimen de las Comunidades Autónomas, ni al Derecho electoral general(art. 86,1 CE).
  4. Afecta a una materia que le está prohibida Respuesta incorrecta El decreto-ley no afecta a ninguna de las materias vedadas por el art. 86,1 CE a dicha forma\: el ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Titulo I, al régimen de las Comunidades Autónomas, ni al Derecho electoral general(art. 86,1 CE).

 

 

 

23.-En la convalidación del Decreto-Ley

  1. El Senado NO tenía que intervenir Respuesta correcta En el trámite de convalidación de los decretos-leyes sólo interviene el Congreso de los Diputados (art. 86,2 CE).
  2. Los cambios introducidos por la Diputación Permanente del Congreso son válidos Respuesta incorrecta La convalidación de los decretos-leyes, ya se realice por el Congreso de los Diputados o por su Diputación Permanente, ha de realizarse en pleno, sin posibilidad de introducir modificaciones (art. 86,2 CE).
  3. El Congreso actuó dentro de plazo Respuesta incorrecta La convalidación del decreto-ley ha de realizarse, en todo caso, dentro de los 30 días siguientes a su aprobación (art. 86,2 CE).
  4. La Diputación Permanente NO podía intervenir en ningún caso, pues es el Pleno del Congreso el único que puede realizar la convalidación Respuesta incorrecta En los casos de disolución o expiración del mandato del Congreso de los Diputados, su Comisión Permante puede asumir las facultades que en relación con los Decretos-leyes le atribuye el art. 86 CE(art. 57,1 RCD).

 

 

 

24.-Si el Decreto-Ley aprobado por el Gobierno se opusiera a una ley anterior

  1. Ésta quedaría derogada desde la publicación del Decreto-Ley en el BOE Respuesta correcta La ley anterior quedaría derogada cuando entrase en vigor el decreto-ley, aplicándose la regla de la lex posterior derogat legi priori.
  2. Ésta quedaría derogada tras la convalidación del Decreto-Ley por la Diputación Permanente Respuesta incorrecta El rango de ley lo asume el decreto-ley desde el mismo momento en que ha sido dictado por el Gobierno (art. 86,1 CE). No necesita para ello haber sido convalidado por el Congreso o por su Diputación Permanente. En consecuencia, nada más que el decreto-ley es aprobado tiene capacidad para derogar leyes anteriores.
  3. Ésta sólo quedaría derogada si el Decreto-Ley fuera convertido en Ley Respuesta incorrecta El decreto-ley goza de rango de ley en todos sus extremos, pudiendo derogar todas las leyes anteriores. La conversión del decreto-ley en ley no genera una relación internormativa distinta entre una ley anterior y el decreto-ley convertido en ley. Dicha conversión despliega sus efectos, en su caso, sobre los posible vicios materiales o formales que aquejasen al decreto-ley (art. 86,3 CE).
  4. La ley NO quedaría derogada, porque el Decreto-Ley adquiere rango de ley cuando el Congreso lo convalida correcta mente, cosa que aquí no ocurre Respuesta incorrecta El rango de ley lo asume el decreto-ley desde el mismo momento en que ha sido dictado por el Gobierno (art. 86,1 CE). No necesita para ello haber sido convalidado por el Congreso o por su Diputación Permanente. En consecuencia, nada más que el decreto-ley es aprobado tiene capacidad para derogar leyes anteriores.

 

 

 

25.- Señale la respuesta correcta . El tratado

  1. Podría derogar al Decreto ley en caso de contradicción entre ambos Respuesta incorrecta Para que los tratados internacionales puedan derogar normas con rango de ley preexistentes necesitan haber sido autorizados en su celebración por las Cortes Generales (art. 94,1 e CE). El tratado del caso no ha obtenido dicha autorización.
  2. Necesita previa autorización de las Cortes para su ratificación Respuesta incorrecta Sólo necesitan autorización de las Cortes Generales los tratados internacionales que versen sobre las materias contempladas en los arts. 93 y 94,1 CE. El tratado del caso no afecta a ninguna de ellas, por lo que podría ser celebrado directamente por el Gobierno, informando simplemente a las Cortes Generales a posteriori (art. 94,2 CE).
  3. Podría ser derogado por una norma estatal posterior de rango legal Respuesta incorrecta Tal y como dispone el art. 96 CE, las disposiciones de los tratados internacionales sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional. En consecuencia ninguna ley estatal podría derogar el tratado anterior.
  4. NO podría derogar al Decreto-Ley, en caso de contradicción entre ambos Respuesta correcta Para que los tratados internacionales puedan derogar normas con rango de ley preexistentes necesitan haber sido autorizados en su celebración por las Cortes Generales (art. 94,1 e CE). El tratado del caso no ha obtenido dicha autorización.

 

 


En 1990 los Estatutos de todas las Comunidades que accedieron a la autonomía vía Art.151 CE, no así los del Art.143, asumían la competencia de desarrollo en materia de régimen energético, cuya normación básica el Art.149.1.25 CE atribuye al Estado.   Éste aprueba en 1991 una ley ordinaria de transferencia de competencias a Murcia para el desarrollo del régimen energético. En 1993 el Estado aprueba otra ley ordinaria, que afirma regular en su primer capítulo las bases de este régimen y ofrecer en los siguientes un desarrollo de las mismas. En 1994 se reforman los Estatutos de las Comunidades del Art.143 y todas asumen como propio el desarrollo del régimen energético. En 2001 el Estado aprueba una ley que sienta unas nuevas bases en la materia y también realiza su desarrollo normativo.

 

 

26.-La competencia de desarrollo del régimen energético

  1. Nunca podrá ser asumida estatutariamente por las Comunidades del Art.143, al no aparecer mencionada en el listado del Art.148 CE Respuesta incorrecta Si bien es cierto que las Comunidades Autónomas que se constituyan por el procedimiento del art. 143 CE sólo pueden obtener inicialmente las competencias previstas en el art. 148 CE; pueden llegar a asumir, si reforman sus estatutos de autonomía, pasados cinco años, todas las materias posibles hasta el límite infranqueable del art. 149 (art. 148,2 CE). En el art. 149 CE, lo que se reserva en exclusiva al Estado son las bases del régimen minero y energético (art. 149,1, 25º). En consecuencia, las Comunidades del art. 143, si reforman sus estatutos después de 5 años, pueden asumir todo lo que no sea básico del régimen minero y energético.
  2. NO podía ser asumida estatutariamente por las Comunidades del Art.151, al aparecer  mencionado el régimen energético en el Art.149.1.25 CE Respuesta incorrecta Las Comunidades que se constituyan por el procedimiento del art. 151 CE puede asumir--no así inicialmente las del 143 CE-- todas las competencias posibles hasta el límite infranqueable de las previstas en el art. 149 CE. Esta disposición reserva en exclusiva al Estado  las bases del régimen minero y energético (art. 149,1, 25º). En consecuencia, las Comunidades del art. 151 puede asumir en sus Estatutos todo lo que no sea básico del régimen minero y energético.
  3. Podía haber sido asumida estatutariamente en 1990 por las Comunidades del Art.143, si hubieran reformado sus Estatutos Respuesta correcta Si bien es cierto que las Comunidades Autónomas que se constituyan por el procedimiento del art. 143 CE sólo pueden obtener inicialmente las competencias previstas en el art. 148 CE; pueden llegar a asumir, si reforman sus estatutos de autonomía, pasados cinco años, todas las materias posibles hasta el límite infranqueable del art. 149 (art. 148,2 CE). En el art. 149 CE, lo que se reserva en exclusiva al Estado son las bases del régimen minero y energético (art. 149,1, 25º). En consecuencia, las Comunidades del art. 143, si reforman sus estatutos después de 5 años, pueden asumir todo lo que no sea básico del régimen minero y energético. En 1991, ya habían transcurridos más de 5 años desde la aprobación del Estatuto de Murcia.
  4. Sólo puede ser asumida por Comunidades del 143 CE, si el Estado la delega a todas ellas a través una ley marco del Art.150.1 CE Respuesta incorrecta Las Comunidades Autónomas que se constituyan por el procedimiento del art. 143 CE sólo pueden obtener inicialmente las competencias previstas en el art. 148 CE. Sin embargo, pueden llegar a asumir, si reforman sus estatutos de autonomía, pasados cinco años, todas las materias posibles hasta el límite infranqueable del art. 149 (art. 148,2 CE). En el art. 149 CE, lo que se reserva en exclusiva al Estado son las bases del régimen minero y energético (art. 149,1, 25º). Por lo tanto, la cesión de la competencia básica y de ejecución sobre el régimen minero y energético no tiene que realizarse necesariamente por la vía del art. 150 CE.

 

 

 

27.-La ley estatal de 1991

  1. Transfiere una competencia que por su naturaleza no es susceptible de delegación Respuesta incorrecta La prohibición de que puedan transferirse o delegarse funciones sobre competencias de titularidad estatal que, por su propia naturaleza, no sean susceptibles de transferencia o de delegación (art. 150,2 CE)se asocia al funcionamiento armónico y unitario del sistema. No parece encontrarse en peligro en el caso de la presente cesión por parte de la ley estatal de 1991.
  2. Debiera ser orgánica Respuesta correcta Las leyes de transferencia o delegación han de ser leyes orgánicas, según predispone el art. 150,2 CE.
  3. NO puede transferir una competencia que ya puede ser asumida estatutariamente Respuesta incorrecta Las leyes orgánicas de transferencia o delegación tienen como función transferir o delegar el ejercicio de funciones de titularidad estatal a las Comunidades Autónomas. Funciones de titularidad estatal, además de las previstas en el art 149 CE, son todas aquellas que pudiendo haber sido asumidas por las Comunidades Autónomas mediante los Estatutos de Autonomía, no han sido recogidas en estos (art. 149,3 CE). En consecuencia, la ley orgánica del art. 150,2 CE puede perfectamente transferir o delegar competencias que podrían haber sido asumidas estatutariamente por las Comunidades Autónomas.
  4. Debiera transferir la titularidad y no el ejercicio de la competencia Respuesta incorrecta La función de las leyes del art. 150,2 CE es transferir o delegar facultades correspondientes a materia de titularidad estatal. En consecuencia, lo que se cede mediante el art. 150,2 CE es el ejercicio, no de la competencia completa, sino de facultades sobre competencias de titularidad estatal.

 

 

 

28.-La norma estatal de 1993

  1. NO necesita señalar expresamente qué disposiciones tienen carácter básico Respuesta incorrecta De conformidad con la doctrina acuñada por el TC, el legislador a la hora de fijar las bases sobre una materia ha de determinar de manera expresa qué es lo que en su normativa ha de entenderse por básico.
  2. Es nula por regular el desarrollo del régimen energético Respuesta incorrecta No es nula porque el Estado sigue ostentando la titularidad sobre toda la competencia en materia de régimen energético respecto de las Comunidades Autónomas del art. 143 CE, cuyos Estatutos no les han atribuido competencia alguna. Lo que la ley de 1991 transfiere a las Comunidades del art. 143 CE es el ejercicio de facultades de desarrollo cuya titularidad corresponde. En consecuencia, cuando el Estado procede en 1993 a aprobar una normativa de desarrollo del régimen energético está desempeñando una competencia de su titularidad.
  3. Sólo puede revestir forma legal, pues la Constitución somete lo básico a reserva de ley Respuesta incorrecta La doctrina del TC ha acuñado el principio de preferencia de ley en lo que se refiere a la fijación de lo básico, aunque ha admitido excepcionalmente que el reglamento pueda proceder a su regulación. Esto sólo puede justificarse en el caso de que razones coyunturales y técnicas así lo aconsejen.
  4. Podría haber tenido rango reglamentario, si razones técnicas o coyunturales hubieran aconsejado la regulación de las bases bajo esta forma jurídicaRespuesta correcta La doctrina del TC ha acuñado el principio de preferencia de ley en lo que se refiere a la fijación de lo básico, aunque ha admitido excepcionalmente que el reglamento pueda proceder a su regulación. Esto sólo puede justificarse en el caso de que razones coyunturales y técnicas así lo aconsejen.

 

 

 

29.-Señale la respuesta correcta

  1. Las normas básicas contenidas en la ley de 1993 tendrán una aplicación supletoria en todas las Comunidades Autónomas Respuesta incorrecta Las normas básicas de la ley de 1993 no pueden tener aplicación supletoria al derecho aprobado por las Comunidades Autónomas porque esta no tiene competencia para la fijación de normativa básica en materia de régimen energético (art. 149,1,25º). Ésta es una competencia exclusiva del Estado, siendo esta la única válida y preferente.
  2. Las normas de desarrollo contenidas en la ley de 1993 tendrán una aplicabilidad de primer grado en Murcia Respuesta incorrecta Las normas de desarrollo contenidas en la ley estatal de 1993 no podrían reclamar su aplicabilidad preferente frente a las normas creadas por la Comunidad de Murcia, en la medida en que el Estado ha transferido a ésta el ejercicio de la competencia para el desarrollo del régimen minero. La legislación de desarrollo del Estado, como titular de la competencia cedida a dicha Comunidad, sólo podría ser válida como derecho supletorio.
  3. Antes de 1994 las normas de desarrollo de la ley de 1993 tendrán una aplicabilidad supletoria en las Comunidades que accedieron a la autonomía vía 151 CE y en Murcia Respuesta correcta Las normas de desarrollo contenidas en la ley estatal de 1993, como titular de la competencia cedida a la Comunidad de Murcia, desempeñan un papel supletorio respecto de la normativa de desarrollo que apruebe ésta. También de las Comunidades Autónomas del art. 151 CE. Sin embargo, a partir de 1994, en que se reforman los Estatutos, pasando la competencia de desarrollo del régimen energético a la titularidad de todas las Comunidades Autónomas, el Estado no tendría título competencial propio en el que se pueda apoyar su derecho supletorio.
  4. Las normas de desarrollo de la ley de 1993 NO podrán aplicarse supletoriamente en ninguna Comunidad Autónoma Respuesta incorrecta Las normas de desarrollo contenidas en la ley estatal de 1993, como titular de la competencia cedida a la Comunidad de Murcia, desempeñan un papel supletorio respecto de la normativa de desarrollo que apruebe ésta. También de las Comunidades Autónomas del art. 151 CE. Sin embargo, a partir de 1994, en que se reforman los Estatutos, pasando la competencia de desarrollo del régimen energético a la titularidad de todas las Comunidades Autónomas, el Estado no tendría título competencial propio en el que se pueda apoyar su derecho supletorio.

 

 

 

30.-La ley estatal de 2001

  1. Es válida y aplicable en todos sus extremos en todas las Comunidades Autónomas con una eficacia de primer grado Respuesta incorrecta La ley sí puede regular la normativa básica, en la medida en que tal competencia es exclusiva del Estado (art. 149,1,25º). Sin embargo, habiendo transferido la competencia de desarrollo de las bases estatales a todas las Comunidades Autónomas, el Estado no dispone de título competencial en el que apoyar la validez de una normativa de desarrollo ni mucho menos de la aplicabilidad preferente de la misma a las Comunidades Autónomas.
  2. Es válida y aplicable en todos sus extremos en todas las Comunidades Autónomas con una eficacia de segundo grado o supletoria Respuesta incorrecta La ley sí puede regular la normativa básica, en la medida en que tal competencia es exclusiva del Estado (art. 149,1,25º). Sin embargo, habiendo transferido la competencia de desarrollo de las bases estatales a todas las Comunidades Autónomas, el Estado no dispone de título competencial en el que apoyar la validez de una normativa de desarrollo ni mucho menos de la aplicabilidad preferente de la misma a las Comunidades Autónomas.
  3. Puede contener normativa de desarrollo destinada a una aplicación meramente supletoria Respuesta incorrecta La ley sí puede regular la normativa básica, en la medida en que tal competencia es exclusiva del Estado (art. 149,1,25º). Sin embargo, habiendo transferido la competencia de desarrollo de las bases estatales a todas las Comunidades Autónomas, el Estado no dispone de título competencial en el que apoyar la validez de una normativa de desarrollo ni mucho menos de la aplicabilidad preferente de la misma a las Comunidades Autónomas.
  4. Sólo podría fijar nuevas bases, pero no establecer disposiciones de desarrollo Respuesta correcta La ley sí puede regular la normativa básica, en la medida en que tal competencia es exclusiva del Estado (art. 149,1,25º). Sin embargo, habiendo transferido la competencia de desarrollo de las bases estatales a todas las Comunidades Autónomas, el Estado no dispone de título competencial en el que apoyar la validez de una normativa de desarrollo ni mucho menos de la aplicabilidad preferente de la misma a las Comunidades Autónomas.