Test sobre Fuentes y Jurisdicción II
En marzo de 2004 las Cortes aprueban una nueva Ley de Extranjería,
en la que se regula el régimen de visados (indicando que sólo existirán
tres tipos) y se dispone que un reglamento señalará todos los derechos
y libertades que podrán corresponderles a los extranjeros en el
territorio nacional. En mayo, el Gobierno aprueba el Reglamento de
extranjería, en el que, además de introducir nuevos tipos de visado no
previstos en la Ley, se estipula que los extranjeros podrán acceder a
la función pública en igualdad de condiciones con los españoles. No se
les podrá exigir para las pruebas de acceso el conocimiento de una
lengua oficial autonómica. El Parlamento Vasco impugna ante
el Tribunal Constitucional tanto la Ley como el Reglamento, por
considerar que invade sus competencias, ya que una Ley vasca exige el
conocimiento del euskera a todos los que ingresen en puestos de
funcionario que hayan de relacionarse directamente con los
administrados.
1.- ¿Es correcta la remisión que efectúa la Ley de Extranjería
a favor del Reglamento?
a. Sí. Sólo si existe tal remisión o
habilitación expresa podría dictarse un Reglamento ejecutivo. Respuesta incorrecta El fundamento de la
potestad reglamentaria no deriva de la ley, sino directamente de la CE
(art. 97). En consecuencia, el Gobierno no hubiera necesitado
habilitación expresa para dictar un reglamento desarrollando la ley
b. No, puesto que se trata de una
deslegalización en una materia que es objeto de reserva de ley, ya que
el art. 13 CE dispone que una ley regulará los derechos y libertades de
los extranjeros en España.Respuesta
correcta No cabe la deslegalización en materia de reserva de
ley, que existe efectivamente respecto de los derechos y libertades de
los extranjeros (art. 13.3 CE).
c. No sería necesaria. El Reglamento de
Extranjería podría regular libremente los derechos y libertades de los
extranjeros, ya que en nuestro ordenamiento son posibles los
reglamentos independientes. Respuesta
incorrecta No sería necesaria porque el fundamento de la
potestad reglamentaria deriva de la CE, no de la ley. Sin embargo, en
materias sometidas a reserva de ley no cabe un reglamento
independiente, sino sólo reglamentos ejecutivos, plenamente sometidos a
la ley.
d. No. La Ley nunca puede remitirse a un
reglamento para que complemente su contenido. Respuesta incorrecta La ley puede realizar
perfectamente remisiones al reglamento para que complete sus
prescripciones en cuestiones de detalle.
2.- La regulación de nuevos tipos de visado que realiza el
Reglamento,
a. Es nula, por atentar contra el principio de
jerarquía normativa. Respuesta correcta El
reglamento contraviene la ley que sólo consagra tres tipos de visados.
Al introducir otros adicionales infringe el principio de jerarquía
normativa (art. 9.3 CE).
b. Es válida, ya que los reglamentos pueden
ser independientes y, por tanto, introducir nuevas regulaciones no
previstas en la ley. Respuesta incorrecta En
el caso de materias sometidas a reserva de ley, sólo caben reglamentos
plenamente sometidos a la ley, sin que puedan innovar el ordenamiento.
c. Es nula porque la ley no ha habilitado
expresamente al Reglamento a desarrollar esa materia, condición
indispensable para que pudiera dictarse un reglamento de desarrollo. Respuesta incorrecta El fundamento de la
potestad reglamentaria en el ordenamiento español no deriva de la ley,
sino de la propia CE (art. 97 CE). En consecuencia, la ausencia de una
remisión por parte de la ley no puede ser la causa de la prohibición de
la existencia de un reglamento de desarrollo.
d. Es nula, porque la regulación de la ley de
los visados produce una congelación de rango, en virtud de la cual esa
materia queda en el futuro reservada a la ley.Respuesta incorrecta El hecho de que la ley
regule los visados no significa que en el futuro toda esa materia sólo
pueda ser regulada por una ley. El reglamento puede ocuparse de la
materia sobre visados, desarrollándola, siempre que no contradiga lo
dispuesto en la ley.
3.- ¿Qué relación jurídica existe entre la Ley Vasca y el
Reglamento del Gobierno central?
a. El Reglamento es superior jerárquicamente,
ya que es una norma del Estado central. Respuesta
incorrecta La relación que existe entre el derecho del Estado y
el derecho de las Comunidades Autónomas no se rige por el criterio de
jerarquía, sino por el de competencia.
b. La Ley Vasca es superior jerárquicamente,
en virtud del principio de legalidad.Respuesta
incorrecta La relación que existe entre el derecho del Estado y
el derecho de las Comunidades Autónomas no se rige por el criterio de
jerarquía, sino por el de competencia.
c. La Ley estatal será nula si versa sobre una
competencia que han asumido y ejercido todas las Comunidades
Autónomas, o sólo aplicable supletoriamente si no es así. Respuesta correcta Si las Comunidades Autónomas
han asumido y ejercido una competencia, el Estado carece de título
competencial sobre el que aprobar una ley ejerciéndola.
d. La Ley Vasca es inaplicable, aplicándose
preferentemente el Reglamento. Respuesta
incorrecta La relación que existe entre el derecho del Estado y
el derecho de las Comunidades Autónomas se rige por un criterio de
validez (en concreto, la competencia), no por el de aplicabilidad.
4.- ¿Cómo podrían impugnar los órganos del País Vasco el Reglamento
estatal?
a. Exclusivamente presentando un recurso
contencioso-administrativo. Respuesta
incorrecta El art. 61,1 LOTC permite a las Comunidades Autónomas
plantear conflictos de competencia ante el TC frente a "disposiciones,
resoluciones y actos emanados de los órganos del Estado"
b. Mediante un recurso de
inconstitucionalidad.Respuesta incorrecta
El recurso de inconstitucionalidad no puede interponerse frente a
reglamentos aprobados por el Gobierno del Estado (art. 31 LOTC).
c. A través de un conflicto positivo de
competencias. Respuesta correcta El
art. 61,1 LOTC permite a las Comunidades Autónomas interponer un
conflicto positivo de competencias frente a "disposiciones,
resoluciones y actos emanados de los órganos del Estado".
d. A través de un conflicto negativo de
competencias.Respuesta incorrecta
Los conflictos negativos de competencia pueden interponerse frente a la
omisión del ejercicio de competencias (art, 68 LOTC). En este caso, lo
que se impugna es un acto normativo no una omisión, por lo que el
conflicto negativo no sería el mecanismo procesal adecuado.
5.- Si se impugnase el Reglamento ante el Tribunal Constitucional
a. Éste procedería a la suspensión automática
del mismo. Respuesta incorrecta Salvo
que el conflicto hubiese sido instado por el Gobierno de la Nación, al
amparo del art. 161,2 CE, su mera interposición no suspende la
vigencia de la norma impugnada (art. 64,2 LOTC).
b. Sólo procedería a la suspensión del
Reglamento si se lo solicitase el Gobierno Vasco y lo estimase
conveniente. Respuesta correcta Salvo
que el conflicto hubiese sido instado por el Gobierno de la Nación, al
amparo del art. 161,2 CE, la suspensión de la norma impugnada sólo se
produce si el Tribunal lo autoriza previa petición del recurrente (art.
64,3 LOTC).
c. Sólo podría suspender el Reglamento por un
plazo de un mes.Respuesta incorrecta
Acordada la suspensión de la norma impugnada, el TC en el plazo de 5
meses después de iniciado el conflicto, se pronunciará sobre el
mantenimiento o levantamiento de la suspensión decretada (art.65, 2
LOTC).
d. Sólo suspendería el Reglamento si la
regulación de la materia por la normativa vasca es suficiente, ya que
de lo contrario se produciría un vacío legal. Respuesta incorrecta La suspensión de la norma
impugnada se condiciona a la existencia de perjuicios de difícil o
imposible reparación, aspecto que ha de ser libremente valorado por el
TC (art. 64,3 LOTC).
En octubre de 1978 el ciudadano D.A.L. solicita la inscripción en el
Registro de Partidos del "Partido Anarquista Español". El Ministerio
del Interior niega la inscripción ajustándose al entonces vigente
Decreto de 1974 de Asociaciones Políticas cuyo art. 5 señala que
"quedan prohibidos los partidos contrarios a los Principios del
Movimiento". Dos años más tarde se presenta en el Congreso de los
Diputados un Proyecto de Ley Orgánica de Asociaciones Políticas, que
obtiene mayoría absoluta en la Cámara Baja, pero que es vetada por el
Senado. A pesar de ello, el Congreso seis meses después levanta el veto
por mayoría simple y la Ley resulta aprobada. Una disposición
adicional indica que todos sus artículos tienen carácter
orgánico. Transcurrido un año, la Ley Orgánica de
Asociaciones Políticas resulta doblemente
modificada: Por una Ley
ordinaria, que modifica el sistema de financiación de
partidos. Por un
Tratado Internacional celebrado por el Gobierno (art. 94.2 CE), que
altera los requisitos formales para la inscripción de los partidos en
el Registro.
6.- ¿Cómo afecta la entrada en vigor de la Constitución al
Decreto de Asociaciones Políticas?
a. Lo deroga, porque la Constitución exige que
los partidos políticos sean regulados por Ley, y no por Decreto.Respuesta incorrecta La CE sólo deroga las
disposiciones preconstitucionales que, además, sean contrarias a su
contenido. Esto no se produce por el hecho de que una norma
preconstitucional hubiese sido aprobada al margen de los procedimientos
dispuestos por la CE para ello.
b. Lo deroga totalmente, independientemente de
su contenido, por cuanto se trata de una norma preconstitucional. Respuesta incorrecta La CE sólo deroga las
disposiciones preconstitucionales que, además, sean contrarias a su
contenido. Por eso, la mera existencia de una norma preconstitucional
no es causa de su derogación.
c. Deroga aquellas partes, como el art. 5, que
se opongan materialmente a lo dispuesto en la Constitución La CE sólo
deroga las disposiciones preconstitucionales que, además, sean
contrarias a su contenido. Respuesta
correcta Y el art. 5 del Decreto de 1974, de Asociaciones
políticas, lo es, en la medida en que contradice el art. 6 CE, que no
permite la ilegalización de los partidos por los fines que persigan.
d. Lo anula ex tunc, quedando sin valor todos
los efectos jurídicos que hubiese producido desde la aprobación misma
del Decreto en 1974.Respuesta incorrecta
La CE lo que hace es derogar la norma preconstitucional en el momento
en el que aquella ha entrado en vigor (ex nunc). Por eso todos los
efectos jurídicos que ha desplegado el Decreto desde su entrada en
vigor son válidos hasta la aprobación de la CE de 1978.
7.- Una vez aprobada la Constitución, y antes de que la Ley
Orgánica regulase el derecho de asociación
a. El derecho carecía de eficacia jurídica,
puesto que para ser efectivo necesitaba desarrollo normativo.Respuesta incorrecta La CE, en cuanto norma
suprema, tiene eficacia jurídica directa (art. 9,1 y 53,1 CE),
independientemente de que haya sido o no objeto de desarrollo
legislativo.
b. Sería posible que, interinamente, el
derecho fuese regulado por el Gobierno a través de un reglamento. Respuesta incorrecta El Gobierno no podría
regular
c. No se podría acudir al Tribunal
Constitucional por violación del derecho de asociación. Respuesta incorrecta La CE, en cuanto norma
suprema, tiene eficacia jurídica directa (art. 9,1 y 53,1 CE),
independientemente de que haya sido o no objeto de desarrollo
legislativo. Por ello sí sería posible alegar la vulneración del
derecho fundamental ante el TC.
d. El derecho tendría eficacia directa, aun
faltándole el desarrollo legislativo. Respuesta
correcta La CE, en cuanto norma suprema, tiene eficacia
jurídica directa (art. 9,1 y 53,1 CE), independientemente de que haya
sido o no objeto de desarrollo legislativo.
8.- La tramitación de la Ley Orgánica:
a. Fue correcta , pero el proyecto de ley
podría haberse presentado también en el Senado.Respuesta incorrecta Los proyectos de ley se
presentan ante la Mesa del Congreso de los Diputados (art. 88 CE).
b. Fue incorrecta , ya que la Ley Orgánica
tendría que haberse aprobado también por mayoría absoluta en el Senado.
Respuesta incorrecta El art. 81,1 CE
requiere que la mayoría absoluta para la aprobación de las leyes
orgánicas se obtenga en el Congreso de los Diputados en una votación
final sobre el conjunto del proyecto.
c. Fue incorrecta , ya que el veto del Senado
sólo puede superarse en el Congreso a través de mayoría absoluta.Respuesta correcta A pesar de que, con carácter
general, el veto interpuesto por el Senado puede dejarse sin efecto por
el Congreso por mayoría simple una vez transcurridos dos meses (art.
90,2 CE), el art. 132 RCD excepciona tal regla para el caso de la
tramitación de las leyes orgánicas. En este caso, el levantamiento del
veto del Senado exigirá, en cualquier caso, la mayoría absoluta del
Congreso.
d. Fue correcta , debiendo procederse a su
promulgación, sanción y publicación oficial Falso. Respuesta incorrecta A pesar de que, con
carácter general, el veto interpuesto por el Senado puede dejarse sin
efecto por el Congreso por mayoría simple una vez transcurridos dos
meses (art. 90,2 CE), el art. 132 RCD excepciona tal regla para el caso
de la tramitación de las leyes orgánicas. En este caso, el
levantamiento del veto del Senado exigirá, en cualquier caso, la
mayoría absoluta del Congreso.
9.- Según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la Ley
ordinaria que modifica la Ley Orgánica en materia de financiación de
partidos políticos,
a. Sería en principio nula, por afectar a
materia orgánica, salvo que el TC declarase la inconstitucionalidad de
la disposición adicional de la ley. Respuesta
correcta Respuesta incorrecta Según la teoría material de ley
orgánica seguida por el TC, la ley ordinaria posterior no puede derogar
válidamente aquellos preceptos contenidos en una ley orgánica, salvo
que ésta le hubiese privado el carácter orgánico a ciertos preceptos en
una disposición adicional. Si esto no se hubiere contemplado la ley
ordinaria posterior sería inconstitucional.
b. Sería automáticamente nula, al margen de
cualquier declaración del Tribunal Constitucional, puesto que toda
regulación del derecho de asociación exige de Ley Orgánica.Respuesta incorrecta Según el art. 81,1 CE sólo
el desarrollo del derecho de asociación requiere una ley orgánica. La
regulación del ejercicio de aquel derecho puede ser realizada
perfectamente por una ley ordinaria.
c. Sería válida, puesto que el TC mantiene una
concepción procedimental de la ley orgánica, que considera que
sólo tiene carácter orgánico lo que materialmente es orgánico, al
margen del deslinde que pueda hacer el legislador orgánico en la
disposición adicional de la ley.Respuesta
incorrecta La teoría manejada por el TC no es la procedimental
sino la material. Conforme a esta, a ley ordinaria posterior no puede
derogar válidamente aquellos preceptos contenidos en una ley orgánica,
salvo que ésta le hubiese privado el carácter orgánico a ciertos
preceptos en una disposición adicional. Si esto no se hubiere
contemplado la ley ordinaria posterior sería inconstitucional.
d. Sería nula, toda vez que, regulada por Ley
orgánica esa materia, ésta adquiere rigidez en el rango, debido a la
posición de superioridad jerárquica de la ley orgánica sobre la ley
ordinaria.Respuesta incorrecta La
ley orgánica, de acuerdo con la teoría material manejada por el TC, no
se relaciona con la ley orgánica con arreglo a un criterio de
jerarquía, sino de competencia.
10.- El tratado internacional en virtud del cual se modifica la
Ley Orgánica de asociaciones políticas,
a. Tendría que haberse celebrado a través del
art. 93 CE, ya que sólo los tratados celebrados por esta vía pueden
modificar leyes orgánicas.Respuesta
incorrecta No sólo los tratados celebrados por el procedimiento
del art. 93 CE pueden derogar o modificar leyes anteriores. También
esta posibilidad se le atribuye a los tratados internacionales del art.
94,1 CE. Dejando esto a un lado, el tratado al que se refiere el caso,
por razón de la materia, no se corresponde con los del art. 93 CE,
cuya función es la cesión a una organización internacional el ejercicio
de competencias derivadas de la Constitución.
b. Se aplicaría preferentemente sobre la Ley
orgánica, aun cuando hubiese sido celebrado por la vía del art. 94.2
CE (comunicación a las Cortes de la celebración del tratado).Respuesta incorrecta La relación entre la ley
orgánica anterior y el tratado posterior no se rige por el criterio de
aplicabilidad, sino por el de validez (art. 94,1 e CE).
c. Tendría que haberse celebrado por el
procedimiento establecido en el art. 94.1 CE (autorización de las
Cortes). Respuesta correcta Los
tratados internacionales que afecten a los derechos y deberes
fundamentales establecidos en el Titulo I (art. 94,1 c CE) o los que
supongan modificación o derogación de alguna ley (art. 94,1 e CE), como
sucede el caso, han de ser tramitados por el procedimiento del art.
94,1 CE, con autorización de las Cortes Generales.
d. Sería inconstitucional, porque la
regulación del Registro exige ley orgánica, no pudiendo nunca los
tratados internacionales regular materias reservadas a dicha forma
jurídica. Respuesta incorrecta Las
leyes orgánicas en la CE no son una forma jurídica diferente a las
leyes ordinarias, sino que son sólo una subespecie de la forma única
"ley". De conformidad con ello, en la medida en que, como dispone el
art. 94,1 e CE, los tratados pueden modificar o derogar leyes, los
tratados internacionales pueden regular materias propias de ley
orgánica.
Debido a la alta siniestralidad laboral, el Gobierno decide dictar
un Decreto Ley de Prevención de Riesgos Laborales. En él se establecen
tanto las medidas que debe adoptar el empresario para evitar accidentes
laborales como un régimen sancionador para el caso de incumplimiento
empresarial que, en los casos más graves, puede llevar aparejada la
pena de privación de libertad. El Decreto-Ley es convalidado por
el Congreso de los Diputados y, posteriormente, convertido en Ley de
Prevención de Riesgos Laborales. Unos años más tarde, las
Cortes aprueban una Ley de Bases por la que delegan en el Gobierno la
facultad de dictar en el plazo de un año un Decreto Legislativo sobre
sanciones en materia de riesgos laborales. El Decreto legislativo se
publica dentro del año. En su contenido reitera la pena privativa de
libertad para el empresario por faltas graves y, además, establece
nuevas medidas de prevención de riesgos.
11.- ¿Puede regular el Decreto Ley medidas de prevención de riesgos
laborales?
a. No, porque afecta a la libertad de empresa
(art. 38 CE) y los Decretos-Leyes no pueden en ningún caso afectar a
derechos y libertades. Respuesta incorrecta La
prohibición de afectación del decreto-ley a los derechos, deberes y
libertades de los ciudadanos regulados en el Titulo I (art. 86,2 CE) lo
que prohíbe es una regulación que afecte al contenido esencial del
derecho, lo que no sucede en el caso (STC 182/1997).
b. Sí, siempre que exista una extraordinaria y
urgente necesidad. Respuesta correcta No
concurriendo aquí el límite material de la afectación de los derechos,
deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Titulo I; (art.
86,2 CE), el decreto-ley para ser válido sólo le restaría por cumplir
el límite formal del presupuesto habilitante; (art. 86,1 CE).
c. No, esta regulación sólo podría realizarse a
través de Ley Orgánica. Lo que está reservado a la ley orgánica es el
desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas; (arts.
14 a 29 CE).Respuesta incorrecta En
el caso, el ámbito material de afectación del decreto-ley se encuentra
al margen de dicho catálogo de derechos.
d. Sí, pero la regulación sólo surtirá efecto
desde la convalidación por parte del Congreso de los Diputados.Respuesta incorrecta Los decretos-leyes son
válidos desde el momento mismo de su aprobación por parte del Gobierno
una vez promulgados, surtiendo desde ese instante plenos efectos
jurídicos (art. 86,1 CE). La convalización lo único que hace es
prorrogar la vigencia temporal del decreto-ley más allá de los primeros
30 días (art. 86,2 CE).
12.- ¿Pueden el Decreto Ley y la Ley posterior de Prevención de
Riesgos Laborales establecer sanciones privativas de libertad?
a. Ni el Decreto Ley ni la Ley pueden regular
esta materia, por ser objeto de Ley Orgánica. La conversión en Ley del
Decreto Ley no subsana, por tanto, este error material. Respuesta correcta Ambas normas son inválidas
porque la previsión de cuáles sean las sanciones privativas de libertad
afecta al contenido nuclear de diferentes derechos fundamentales (p.
ej.\: art. 17 CE). Por ello, la previsión de las sanciones es materia
propia de ley orgánica (art. 81,1 CE).
b. El Decreto Ley es nulo, pero la Ley es
válida, ya que puede regular dicha materia. Respuesta
incorrecta El TC declararía la inconstitucionalidad del
primero, pero no de la segunda. Ambas normas son inválidas porque la
previsión de cuáles sean las sanciones privativas de libertad afecta al
contenido nuclear de diferentes derechos fundamentales (p. ej.\: art.
17 CE). Por ello, la previsión de las sanciones es materia propia de
ley orgánica (art. 81,1 CE).
c. El Decreto Ley puede regular dichas
sanciones, pero sólo si es convalidado por el Congreso de los
Diputados.Respuesta incorrecta Ambas
normas son inválidas porque la previsión de cuáles sean las sanciones
privativas de libertad afecta al contenido nuclear de diferentes
derechos fundamentales (p. ej.\: art. 17 CE). Por ello, la previsión de
las sanciones es materia propia de ley orgánica (art. 81,1 CE).
d. El Decreto Ley no puede regular esa
materia, pero sí la Ley, de modo que, aprobada ésta, se subsanaría
retroactivamente el error material del Decreto Ley. Respuesta incorrecta Ambas normas son inválidas
porque la previsión de cuáles sean las sanciones privativas de libertad
afecta al contenido nuclear de diferentes derechos fundamentales (p.
ej.\: art. 17 CE). Por ello, la previsión de las sanciones es materia
propia de ley orgánica (art. 81,1 CE).
13.- ¿Qué requisitos de los siguientes deberá cumplimentar la Ley de
Bases?
a. Tener carácter de Ley Orgánica. Respuesta incorrecta La ley de bases no puede
revestir tal carácter en la medida en que se encuentra prohibida la
delegación de materias propias de ley orgánica (art. 82,1 CE).
b. Establecer los criterios y principios a los
que debe ajustarse el ejercicio de la delegación legislativa. Respuesta correcta El art. 82,4 CE determina que
las leyes de bases delimitarán con precisión los principios y
criterios que han de seguirse en su ejercicio.
c. Posibilitar al Gobierno la modificación de
la propia Ley de Bases cuando existan motivos razonables para ello. Respuesta incorrecta El art. 83, a CE prohíbe a
la ley de bases-- sin previsión de excepción alguna-- autorizar al
Gobierno a modificar la propia ley de bases.
d. Establecer un sistema de control sobre el
Decreto Legislativo que, en todo caso, debe suponer una convalidación
de éste por el Congreso de los Diputados. Respuesta
incorrecta El trámite de la convalización se encuentra previsto
constitucionalmente para el caso de los decretos-leyes (art. 86,2 CE).
Los decretos-legislativos no son susceptibles de convalización, aunque
sí pueden establecerse en la ley de bases fórmulas de control
parlamentario (art. 82,6 CE).
14.- Señale la proposición correcta
a. Las Cortes podrían dentro del plazo
concedido para dictar el Decreto legislativo derogar la Ley de Bases
siempre que se trate de una derogación expresa. Respuesta correcta Como se desprende del art. 84
CE. Las Cortes Generales pueden proceder a la derogación expresa de la
ley de delegación, mientras esta se encuentre en vigor, sin que el
Gobierno pueda oponerse a ello.
b. Estando en vigor la Ley de Bases, el
Gobierno no podría oponerse a la tramitación de una proposición de ley
contraria a dicha delegación legislativa.Respuesta
incorrecta El art. 84 CE faculta al Gobierno a oponerse a la
tramitación de proposiciones de ley o de enmiendas que implícitamente
contravengan una delegación legislativa en vigor.
c. Mientras no concluya el plazo de un año
concedido para hacer uso de la delegación legislativa el Gobierno
podría aprobar cuantos Decretos legislativos estimase pertinentes
siempre que no excediesen los límites materiales de la delegación.Respuesta incorrecta Las delegaciones
legislativas sólo amparan la aprobación de un sólo decreto-legislativo.
Así se desprende del art. 82,2 CE, al disponer que la delegación se
agote por el uso que de ella haga el Gobierno mediante la publicación
de la norma correspondiente
d. Si no están en juego derechos
fundamentales, el Gobierno podría subdelegar la aprobación del
Decreto-Legislativo en una Comisión Delegada del Gobierno, siempre que
lo solicite a las Cortes y éstas lo autoricen de manera expresa.Respuesta incorrecta El art. 82,3 CE precisa
que no se permite la delegación legislativa no puede subdelegarse a
autoridades distintas del propio Gobierno.
15.- ¿Ha incurrido en alguna infracción el Gobierno al regular
en el Decreto Legislativo nuevas medidas de prevención de riesgos?
a. Sí, incurre en ultra vires, al excederse de
los términos de la delegación. Respuesta
correcta Según el TC, los jueces y tribunales podrán controlar
este exceso material. El decreto-legislativo incurre en ultra vires al
excederse de los términos de la delegación legislativa. El control del
ultra vires ha de realizarse-- según se desprende del art. 82,6 CE, en
interpretación avalada por el TC-- por parte de los tribunales
ordinarios.
b. Sí, pero según la doctrina del TC el exceso
en la regulación sólo puede ser controlada por el Tribunal
Constitucional, a través de un recurso de inconstitucionalidad. Respuesta incorrecta El TC permite que el ultra
vires pueda ser controlado por parte de los jueces ordinarios.
c. Sí, ya que la Ley de Bases sólo autoriza a
refundir textos legales que regulan una determinada materia, no a
innovar el ordenamiento jurídico en esa materiaRespuesta incorrecta Las leyes de bases
autorizan al Gobierno a aprobar textos articulados que innoven el
ordenamiento (art. 82,2 CE).
d. No, puesto que debe permitirse al Decreto
Legislativo que regule otras materias, a fin de garantizar el principio
de economía legislativa. Respuesta
incorrecta El Gobierno, al aprobar un decreto-legislativo ejerce
una potestad legislativa originaria de las Cortes Generales cedida al
mismo. Por ello, el art. 82 CE exige que el decreto-legislativo deba
ajustarse a los términos de la delegación realizada por las Cortes.
Según el art. 149.1.11 es competencia exclusiva del Estado la
regulación de las bases de la ordenación del crédito, banca y seguros.
En el art. 148 CE no se menciona esta materia. En 1983 Las Cortes
aprueban como ley ordinaria la ley general de Seguros que dispone que
la ejecución de la inspección sobre las compañías de seguros
corresponde al Estado. A los dos meses de aprobada esta ley el
Presidente de la Generalidad de Cataluña presenta un recurso de
inconstitucionalidad contra la ley, al figurar en el Estatuto catalán la
competencia ejecutiva en materia de seguros. En
1999 todas las Comunidades Autónomas (CCAA) que accedieron a su
autonomía por la vía del art. 143 CE alcanzan el mismo techo
competencial que las CCAA de Cataluña, País Vasco, Galicia y Andalucía.
En la reforma de sus respectivos Estatutos de Autonomía se incluye
como competencia ejecutiva la inspección de seguros en el ámbito
autonómico propio. En 2002 el Gobierno dicta un decreto que regula la
categoría profesional de los inspectores de seguros y los procedimientos
de su actuación. Algunas CCAA plantean un recurso de
inconstitucionalidad contra el Decreto por invasión competencial, pese a
que el Decreto establece en una disposición final que sólo se aplicará
con carácter supletorio. En 2004 merced a los
acuerdos políticos entre el Gobierno y las CCAA se pacta una reforma de
los Estatutos que incluyen entres las nuevas competencias de las CCAA
la legislación básica sobre banca, Cajas de Ahorros y seguros y con la
garantía de que si se producen disfunciones o desequilibrios
interterritoriales las Cortes podrán aprobar una ley de
armonización.
16.- La ley estatal de seguros de 1983
a. Era inconstitucional, pues el Estado
carecía de competencia para regular la materia de seguros.Respuesta incorrecta El art. 149, 1,11 CE
dispone que las bases de la ordenación de los seguros sea precisamente
una competencia exclusiva del Estado.
b. No podía ser objeto de recurso de
inconstitucionalidad al haberse agotado el plazo para poder interponer
el recurso. Respuesta incorrecta El
plazo genérico para la interposición del recurso de
inconstitucionalidad es 3 meses y excepcionalmente de 9 meses (art.
33,1 y 2 LOTC).
c. No podía ser impugnada por el Presidente de
la Generalidad, ya que no estaba legitimado para ello Respuesta correcta El Presidente de una Comunidad
Autónoma no tiene competencia para interponer recurso de
inconstitucionalidad (art. 32,2 LOTC).
d. Sólo podía ser impugnada por el Presidente
del Gobierno español, cincuenta diputados, cincuenta senadores o el
Defensor del Pueblo.Respuesta incorrecta
Además de los sujetos mencionados, están también legitimados para
interponer recurso de inconstitucionalidad contra las Leyes,
disposiciones o actos con fuerza de Ley del Estado que puedan afectar a
su propio ámbito de autonomía los órganos colegiados ejecutivos y las
Asambleas de las Comunidades Autónomas (art. 32,2 LOTC).
17.- La ley estatal de seguros de 1983
a. Tenía que aprobarse como una Ley de Bases
que autorizase la aprobación de Decretos Legislativos por las
Comunidades Autónomas. Respuesta incorrecta La
competencia del Estado para la fijación de lo básico en el ámbito
autonómico no cumple la misma función que las leyes de bases en materia
de delegación legislativa (art. 82 CE). La determinación de lo básico
por parte del Estado en el principio autonómico no implica formalmente
ninguna cesión de competencias ni de funciones.
b. Forma parte del bloque de la
constitucionalidad, ya que concreta jurídicamente lo que en abstracto
ya menciona la Constitución como básico en materia de seguros. Respuesta correcta La ley estatal de seguros
comparte, efectivamente, la función del bloque de la
constitucionalidad\: cerrar la indefinición jurídica--no política,
propia del bloque constitucional-- del concepto legislación básica en
el art. 149.1.11º.
c. Es inconstitucional porque la legislación
básica debe aprobarse por ley orgánicaRespuesta
incorrecta La legislación básica no tiene porque estar
contenida en una ley orgánica, sino que perfectamente puede aprobarse
mediante una ley ordinaria, tal y como se desprende de la
jurisprudencia del TC.
d. Es constitucional porque el Estado puede
regular cualquier materia, aunque no siempre con carácter exclusivo. Respuesta incorrecta El Estado no puede regular
cualquier materia, sino sólo aquellas materias o competencias sobre
materias que la CE o el bloque constitucional le atribuye (arts. 147,1 y
149,1 CE).
18.- Las CCAA del art. 143
a. podían desde un principio tener competencia
ejecutiva en materia de inspección de seguros, ya que no se trataba de
una competencia exclusiva del Estado. Las CCAA constituidas por el
procedimiento del art. 143 CE. Respuesta
incorrecta No pueden asumir, en un principio, más competencias
que las expresamente enumeradas en el art. 148. Como la competencia
ejecutiva en materia de seguros no se encuentra en el art. 148 CE, las
CCAA del 143 CE no podrían haber asumido tal competencia en el momento
de su constitución.
b. Podían desde un principio tener competencia
sobre la materia, ya que no entra dentro de lo básico la mera
inspección de los seguros.Respuesta
incorrecta Las CCAA constituidas por el procedimiento del art.
143 CE. No pueden asumir, en un principio, más competencias que las
expresamente enumeradas en el art. 148. Como la competencia ejecutiva
en materia de seguros no se encuentra en el art. 148 CE, las CCAA del
143 CE no podrían haber asumido tal competencia en el momento de su
constitución.
c. no podían en su inicio tener dicha
competencia, pero sí una vez transcurridos cinco años desde la
aprobación de su Estatuto de Autonomía y siempre que se asumiese la
competencia a través de una ley de de delegación del art. 150.2 CE. Respuesta incorrecta Tras 5 años las CCAA del
art. 143 podrían haber asumido la competencia ejecutiva en materia de
inspección de seguros. Sin embargo, la asunción de dicha competencia ha
de realizarse a través de la reforma de su Estatuto de Autonomía (art.
148,2 CE). La ley estatal del art. 150,2 CE no cede a las CCAA la
titularidad de competencias, sino que sólo cede facultades de ejecución
sobre materias de titularidad estatal.
d. Podían en 1999 tener dicha competencia, ya
que la aprobación de los respectivos Estatutos se hizo entre los años
1981 y 1983 Respuesta correcta En el
año 1999 las CCAA del art. 143 CE ya podrían asumir la competencia
ejecutiva en materia de inspección de seguros, ya que el art. 148,2
faculta a dichas CCAA a aumentar su volumen competencial hasta el
límite infranqueable del art. 149 CE después de 5 años y reformando sus
estatutos.
19.- El Decreto del Gobierno regulando la categoría profesional
de los inspectores de seguros y los procedimientos de su actuación
a. Es constitucional, ya que la legislación
básica tiene un sentido material y puede ser regulada tanto por ley
como por Decreto. Respuesta incorrecta Lo
importante es que regule una materia básica. Como ha dejado claro el
TC, en materia de legislación básica rige el principio de preferencia
de ley.
b. Es inconstitucional aunque pretenda
aplicarse como derecho supletorio, pues la competencia en cuestión ya
fue asumida por todas las CCAA. Respuesta
correcta Para poder dictar derecho supletorio es necesario gozar
también de un título competencial, inexistente allí donde todas las
CCAA hayan asumido la competencia en cuestión.
c. Puede ser objeto de recurso de
inconstitucionalidad, pues es evidente la invasión competencial que
causa a las CCAA.Respuesta incorrecta
El recurso de inconstitucionalidad sólo puede interponerse contra las
Leyes, disposiciones normativas o actos con fuerza de Ley (art. 31
LOTC). El decreto del Gobierno de la Nación no asume tal carácter.
d. Es constitucional, siempre que se
aplique como derecho preferente.Respuesta
incorrecta El Estado carece de un título competencial propio
para dictar el Decreto, ya que todas las CCAA han asumido la
competencia en cuestión. La preferencia en su aplicabilidad
evidentemente no puede otorgarle validez alguna a la norma estatal.
20.- Las reformas estatutarias realizadas en 2004 son
a. inconstitucionales, ya que su aprobación
exigiría una previa reforma de la Constitución. Respuesta correcta Los Estatutos son
inconstitucionales al alterar el sistema competencial diseñado por la
CE en materia de seguros. Su válida aprobación habría de requerir la
previa reforma constitucional.
b. inconstitucionales, porque establecen una
uniformidad competencial en materia de seguros.Respuesta incorrecta La configuración
estatutaria de una uniformidad competencial en materia de seguros no
convierte en sí misma a los Estatutos en inconstitucionales, ya que el
legislador tiene, dentro del marco constitucional, un amplio margen para
configurar el mapa competencial de las CCAA.
c. constitucionales, ya que se aprobaron por
consenso, con el respaldo del Gobierno de la nación y de las CCAA
implicadas.Respuesta incorrecta El
consenso político que apoya a los Estatutos no les dota de ningún valor
jurídico en lo que se refiere a la eventual práctica del juicio de
constitucionalidad.
d. constitucionales, ya que el Estado tiene
garantizada su competencia exclusiva en materia de seguros a través de
la posibilidad de dictar una ley de armonización Respuesta incorrecta La facultad para aprobar
una ley de armonización no es garantía de la asunción de la titularidad
exclusiva de una materia ya que, como dispone el art. 150,3 CE, el
Estado tiene facultades armonizadoras incluso en el caso de materias
atribuidas a la competencia de las CCAA.
Las Cortes Generales aprueban en el año 2000 una Ley de
Asociaciones, cuyas principales novedades son dos: por una parte, la
regulación del sistema de contabilidad que han de llevar las
asociaciones (aspecto que antes se regulaba mediante un Reglamento);
por otra, la obligación de que todas las asociaciones tengan un
funcionamiento democrático. Dos Comunidades Autónomas y las dos
terceras partes de los municipios asturianos pretenden impugnar la Ley
ante el TC, alegando su interés en el asunto, debido a la gran cantidad
de asociaciones sitas en su territorio. El TC desestima el recurso de
inconstitucionalidad. Años más tarde, tras haberse
ilegalizado una asociación por su funcionamiento no democrático, el
promotor de dicha asociación insta al juez que conoce del asunto a que
plantee la cuestión de inconstitucionalidad. El juez accede a hacerlo,
aunque en el escrito señala al TC que no duda de la constitucionalidad
de la norma, planteando la cuestión sólo para que el Tribunal
Constitucional ratifique mediante una sentencia "erga omnes" la validez
de la Ley.
21.- Una vez que la Ley regula el sistema de contabilidad, ¿qué
sucede con el Reglamento que hasta entonces se ocupaba de esa materia?
a. El Reglamento sigue siendo válido, aunque
resulta inaplicable. El reglamento queda derogado en aquellas de sus
partes que son contradichas por la ley posterior. Respuesta incorrecta En el resto, el reglamento
sigue siendo válido, pudiendo ser modificado por otros reglamentos
posteriores siempre que no contradigan la citada ley, jerárquicamente
superior.
b. Donde exista contradicción de contenidos,
el Reglamento queda derogado. Respuesta
correcta Ello no impedirá que otros Reglamentos posteriores se
ocupen de esta materia, siempre que se respete el contenido de la Ley.
Que una materia se encuentre regulada por una ley no significa que la
misma quede por entero sustraída al reglamento en el futuro. El
reglamento puede proceder a la regulación de la misma siempre y cuando
no contradiga la ley.
c. El Reglamento anterior es nulo.Respuesta incorrecta No podrá regularse esta
materia en lo sucesivo mediante reglamentos, ya que se ha producido una
"congelación de rango" de la materia a favor de la Ley. La relación
existente entre una ley y un reglamento estatal es de jerarquía.
d. El Reglamento sigue siendo válido, puesto
que la relación entre éste y la Ley es de distribución de materias.Respuesta incorrecta En la CE, la relación
existente entre una ley y un reglamento que se contradicen es siempre
de validez, no de aplicabilidad.
22.- ¿Pueden las Comunidades Autónomas impugnar la Ley?
a. No, ya que no se trata de un problema
competencial, único supuesto en el que las Comunidades Autónomas están
legitimadas para plantear el recurso de inconstitucionalidad. Respuesta incorrecta El TC ha admitido que las
CCAA puedan recurrir una ley estatal no sólo cuando existe un problema
estrictamente competencial, afectando a su propio ámbito de autonomía,
sino cuando se produce cualquier contradicción con la CE. A juicio del
TC, las CCAA también tienen interés en la depuración del ordenamiento
jurídico.
b. Sí, ya que puede haber un interés (no
estrictamente competencial) de las Comunidades Autónomas en el asunto. Respuesta correcta El TC ha admitido que las
CCAA puedan recurrir una ley estatal no sólo cuando existe un problema
estrictamente competencial, afectando a su propio ámbito de autonomía,
sino cuando se produce cualquier contradicción con la CE. A juicio del
TC, las CCAA también tienen interés en la depuración del ordenamiento
jurídico.
c. No, ya que las Comunidades Autónomas sólo
están legitimadas para impugnar a través del recurso de
inconstitucionalidad las leyes de otras Comunidades Autónomas.Respuesta incorrecta Las CCAA han de impugnar a
través del recurso de inconstitucionalidad leyes del Estado (arts.
32,2 LOTC).
d. Sí, pudiendo optar por hacerlo a través del
recurso de inconstitucionalidad o del conflicto positivo de
competencias.Respuesta incorrecta El
conflicto positivo de competencias no puede interponerse frente a una
ley (art. 61 y 67 LOTC).
23.- ¿Están legitimados los entes locales para impugnar la ley
estatal?
a. Sí, pudiendo plantear un recurso de
inconstitucionalidad, siempre que lo suscriban al menos la mitad de los
municipios afectados por la ley. Respuesta
incorrecta Los municipios no poseen legitimación para interponer
un recurso de inconstitucionalidad (art. 32,1 LOTC).
b. No, ya que los entes locales sólo pueden
impugnar las leyes autonómicas.Respuesta
incorrecta Los entes locales, a tenor de lo dispuesto en el
art. 75 bis LOTC, pueden interponer un conflicto en defensa de la
autonomía local tanto frente a leyes autonómicas como estatales, que
lesionen la autonomía local constitucionalmente garantizada.
c. Podrían plantear un conflicto en defensa de
la autonomía local si entienden que se afecta el régimen de autonomía
local. Respuesta correcta Los entes
locales, a tenor de lo dispuesto en el art. 75 bis LOTC, pueden
interponer un conflicto en defensa de la autonomía local tanto frente a
leyes autonómicas como estatales, que lesionen la autonomía local
constitucionalmente garantizada.
d. Podrían plantear un conflicto en defensa de
la autonomía local, pero deberían esperar a que existiese un acto
administrativo de ejecución de la ley.Respuesta
incorrecta Los entes locales, a tenor de lo dispuesto en el
art. 75 bis LOTC, pueden interponer un conflicto en defensa de la
autonomía local directamente frente a leyes del Estado o de las CCAA,
sin necesidad de que existan actos de ejecución de la misma.
24.- ¿Puede plantearse la cuestión de inconstitucionalidad en
este caso?
a. No, puesto que el TC ya ha dictado una
sentencia desestimatoria. Lo que el art. Respuesta
incorrecta 38,2 LOTC prohíbe es un nuevo planteamiento de otro
recurso de inconstitucionalidad fundado en la infracción de idéntico
precepto constitucional. En consecuencia, podría interponerse
perfectamente una cuestión de constitucionalidad en este caso.
b. Sí. Sólo se negaría esta posibilidad si el
TC hubiese dictado una sentencia desestimatoria en la resolución de
otra cuestión de inconstitucionalidad.Respuesta
incorrecta El art. 38,2 LOTC lo único que limita es la
interposición de un recurso de inconstitucionalidad o de un conflicto
en defensa de la autonomía local --basado en la infracción del mismo
precepto constitucional--, habiéndose pronunciado ya una sentencia
desestimatoria en un recurso o en un conflicto. Nada se dispone acerca
de la preexistencia de una cuestión de inconstitucionalidad, por lo que
podría interponerse aun cuando se hubiesen planteado otras con
anterioridad que hubiesen sido desestimadas por el TC.
c. Sí, ya que se lo ha solicitado al juez una
de las partes del proceso, requisito indispensable para que pueda
plantearse la cuestión de inconstitucionalidad.Respuesta incorrecta La cuestión de
inconstitucionalidad puede plantarse no sólo a instancia de parte, sino
también de oficio por parte del juez o tribunal. Por ello, la solicitud
de interposición de la cuestión por una de las partes no es un
presupuesto para plantearla (art. 35,1 LOTC).
d. Sí, porque el TC podría dictar con
posterioridad una nueva sentencia, ahora estimatoria. Respuesta correcta El art. 38,2 LOTC lo único que
limita es la interposición de un recurso de inconstitucionalidad o de
un conflicto en defensa de la autonomía local --basado en la infracción
del mismo precepto constitucional--, habiéndose pronunciado ya una
sentencia desestimatoria en un recurso o en un conflicto. Nada se
dispone acerca de la preexistencia de una cuestión de
inconstitucionalidad, por lo que podría interponerse aun cuando se
hubiesen planteado otras con anterioridad que hubiesen sido
desestimadas por el TC.
25.- ¿Admitiría a trámite el Tribunal Constitucional la
cuestión de inconstitucionalidad?
a. NO, porque el juez no justifica una duda
razonable sobre la constitucionalidad de la ley. Respuesta correcta El art. 35,2 LOTC exige del
juez o tribunal que plantee la cuestión de inconstitucionalidad que
concrete la ley o norma con fuerza de ley cuya constitucionalidad se
cuestiona, el precepto constitucional que se supone infringido y
especificar o justificar en qué medida la decisión del proceso depende
de la validez de la norma en cuestión. En el presente caso, el juez no
plantea una duda acerca de la constitucionalidad de la ley.
b. NO, porque las cuestiones de
inconstitucionalidad no tienen el trámite procesal de admisión a
trámite.Respuesta incorrecta El art.
37,1 LOTC. Somete las cuestiones de inconstitucionalidad interpuestas
por un juez y tribunal a un trámite de admisión.
c. NO, porque el TC ya se había pronunciado
sobre esta misma materia al resolver el recurso de
inconstitucionalidad. Respuesta incorrecta Lo
que el art. 38,2 LOTC prohíbe es un nuevo planteamiento de otro
recurso de inconstitucionalidad fundado en la infracción de idéntico
precepto constitucional. En consecuencia, podría interponerse
perfectamente una cuestión de constitucionalidad en este caso.
d. SI, pues el juez a quo plantea la cuestión
de inconstitucionalidad cumpliendo los requisitos del llamado juicio de
relevancia.Respuesta incorrecta A
tenor del art. 35,2 LOTC, el juicio de relevancia exige del juez o
tribunal que plantee la cuestión de inconstitucionalidad que concrete
la ley o norma con fuerza de ley cuya constitucionalidad se cuestiona,
el precepto constitucional que se supone infringido y especificar o
justificar en qué medida la decisión del proceso depende de la validez
de la norma en cuestión. En este caso, el juez no cuestiona la
constitucionalidad de la ley.
El Tribunal Constitucional resolvió en su Decisión 1/2004 el
requerimiento previo interpuesto contra el Tratado por el que se
establece una Constitución para Europa, afirmando que no contradice a
la Constitución española. Tras la consulta popular del 20 de febrero,
el Gobierno inicia el procedimiento de ratificación del Tratado. Una
vez ratificado, se observa que el Tratado no sólo es contrario a varias
leyes españolas vigentes, sino también a algunos preceptos
constitucionales que el Tribunal Constitucional en su Declaración 1/2004
no tuvo en consideración.
26.- El requerimiento previo fue instado por
a. Las Cortes Generales Según el art. 78,1
LOTC, el recurso previo de inconstitucionalidad de los tratados sólo
puede ser interpuesto por el Gobierno o por cualquiera de las Cámaras. Respuesta incorrecta Las Cortes Generales como
órgano complejo no tienen legitimación en aquél.
b. Los órganos ejecutivos autonómicos Respuesta incorrecta Según el art. 78,1 LOTC, el
recurso previo de inconstitucionalidad de los tratados sólo puede ser
interpuesto por el Gobierno de la Nación o por cualquiera de las
Cámaras.
c. El gobierno estatal Respuesta correcta Según el art. 78,1 LOTC, el
recurso previo de inconstitucionalidad de los tratados sólo puede ser
interpuesto por el Gobierno de la Nación o por cualquiera de las
Cámaras.La respuesta es correcta .
d. El propio Tribunal Constitucional, de
oficio Respuesta incorrecta Según el
art. 78,1 LOTC, el recurso previo de inconstitucionalidad de los
tratados sólo puede ser interpuesto por el Gobierno de la Nación o por
cualquiera de las Cámaras. En consecuencia, el TC no puede plantearlo
de oficio.
27.- El requerimiento al Tribunal Constitucional y su posterior
respuesta
a. Es preceptivo, pero no vinculante Respuesta incorrecta A tenor de lo dispuesto en
el art. 95 CE y en el art. 78 LOTC, el requerimiento es sólo
potestativo-- pudiendo el Gobierno o las Cámaras decidir o no sobre su
planteamiento-- y vinculante en su resolución por parte del TC.
b. Es preceptivo y vinculante Respuesta incorrecta A tenor de lo dispuesto en
el art. 95 CE y en el art. 78 LOTC, el requerimiento es sólo
potestativo-- pudiendo el Gobierno o las Cámaras decidir o no sobre su
planteamiento-- y vinculante en su resolución por parte del TC.
c. Es potestativo y no vinculanteRespuesta incorrecta A tenor de lo dispuesto en
el art. 95 CE y en el art. 78 LOTC, el requerimiento es sólo
potestativo-- pudiendo el Gobierno o las Cámaras decidir o no sobre su
planteamiento-- y vinculante en su resolución por parte del TC.
d. Es potestativo y vinculante Respuesta correcta A tenor de lo dispuesto en el
art. 95 CE y en el art. 78 LOTC, el requerimiento es sólo potestativo--
pudiendo el Gobierno o las Cámaras decidir o no sobre su
planteamiento-- y vinculante en su resolución por parte del TC.
28.- Señale la respuesta correcta
a. La celebración del referéndum, con
independencia de su resultado, es un trámite indispensable para que
pueda ratificarse un Tratado de este tipo Respuesta
incorrecta El Gobierno, si así lo decide, puede convocar un
referéndum sobre la ratificación del tratado, de conformidad con lo
dispuesto en el art. 92 CE, que dispone que las decisiones políticas de
especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de
todos los ciudadanos. Sin embargo, la celebración de este referéndum
es sólo potestativa y no se erige en condición para la válida
ratificación de los tratados.
b. El Gobierno necesita para ratificar este
Tratado autorización previa de las Cortes por ley orgánica, según prevé
el Art.93 CE Respuesta correcta El
tratado se corresponde con la clase de los previstos en el art. 93 CE,
en la medida en que su función es la atribución a una organización o
institución internacional--aquí, la Unión Europea-- el ejercicio de
competencias derivadas de la Constitución. Pues los tratados del art.
93 CE requiere la autorización de las Cortes Generales mediante la
aprobación de una ley orgánica.
c. La ratificación de este Tratado exige
necesariamente que sea previamente autorizada por los ciudadanos en
referéndum Respuesta incorrecta La CE
no exige para la válida ratificación de los tratados internacionales
la celebración de un referéndum.
d. El Gobierno necesita ratificar este Tratado
previa autorización de las Cortes, según prevé el Art.94.1 CE Respuesta incorrecta El tratado se corresponde
con la clase de los previstos en el art. 93 CE, en la medida en que su
función es la atribución a una organización o institución
internacional--aquí, la Unión Europea-- el ejercicio de competencias
derivadas de la Constitución. Esa no es la función de los tratados que
se contemplan en el art. 94,1 CE.
29.- Las leyes españolas a las que alude el supuesto, una vez
ratificado el Tratado
a. Quedan derogadas por él Quedan derogadas
por el tratado, ya que en su celebración han tenido que intervenir las
Cortes Generales, al ser un tratado de los del art. 93 CE.Respuesta correcta Como se deduce de lo
dispuesto en el art. 94,1 e CE, los tratados derogar las leyes
preexistencias cuando las Cortes intervengan en su autorización. En
caso contrario no se produce la derogación de la ley anterior, si no
que el tratado posterior que contradiga la ley es nulo.
b. Son nulas No son nulas, sino que más bien
quedan derogadas por el tratado posterior.Respuesta
incorrecta Como se deduce de lo dispuesto en el art. 94,1 e CE,
los tratados derogan las leyes preexistencias cuando las Cortes
intervengan en su autorización.
c. Son inaplicables, pero no son expulsadas de
nuestro ordenamiento jurídico Respuesta
incorrecta A tenor de lo dispuesto en el art. 94,1 e CE, la
relación entre una ley anterior y un tratado posterior se articula en
términos de validez, no de eficacia.
d. Pasarán a tener una aplicabilidad
supletoria, en el caso de que la normativa comunitaria tenga algún tipo
de laguna Respuesta incorrecta A
tenor de lo dispuesto en el art. 94,1 e CE, la relación entre una ley
anterior y un tratado posterior se articula en términos de validez, no
de eficacia.
30.- La presunta contradicción del Tratado ratificado con la
Constitución española
a. Ya no puede ser controlada, pues la
Declaración 1/2004 afirmó con efectos de cosa juzgada la
constitucionalidad del Tratado La Declaración 1/2004 se pronunció sobre
la eventual constitucionalidad de una norma no válida aún en el seno
del ordenamiento jurídico español. Respuesta
incorrecta El efecto de cosa juzgada se atribuye en la LOTC a
las sentencias recaídas en los procedimientos de inconstitucionalidad,
articulados en torno a normas válidas --recurso y cuestión de
inconstitucionalidad-- (art. 38).
b. Puede ser controlada tanto a través del
recurso como de la cuestión de inconstitucionalidad Respuesta correcta Los tratados válidamente
celebrados pueden ser objeto de impugnación ante el TC (art. 27, 2 c
LOTC), tanto a través de un recurso de inconstitucionalidad (art. 31
LOTC) como de una cuestión de inconstitucionalidad (art. 35 LOTC).
c. Sólo puede ser controlada a través de la
cuestión de inconstitucionalidad, pues su naturaleza concreta es
compatible con la existencia de un previo requerimiento de naturaleza
abstracta Respuesta incorrecta Los
tratados válidamente celebrados pueden ser objeto de impugnación ante
el TC (art. 27, 2 c LOTC), tanto a través de un recurso de
inconstitucionalidad (art. 31 LOTC) como de una cuestión de
inconstitucionalidad (art. 35 LOTC).
d. No puede ser controlada en ningún caso por
el Tribunal Constitucional, pues sólo el Tribunal de Justicia de la
Unión es competente para enjuiciar a las normas comunitarias de
cualquier rango Respuesta incorrecta Los
tratados válidamente celebrados pueden ser objeto de impugnación ante
el TC (art. 27, 2 c LOTC).