Test-caso práctico sobre el legislador de los derechos fundamentales

El Parlamento de Cataluña aprueba una reforma de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de iniciativa legislativa popular, en virtud de la cual se rebaja la edad a la cual se puede ejercer la misma de los 18 años que establecía la antigua redacción a los 16 que establece la nueva. Al amparo de la delegación prevista en dicha reforma legal para concretar los requisitos de constitución de las comisiones promotoras de la iniciativa legislativa popular, la Generalitat aprueba un Decreto-Legislativo que concreta las disposiciones de la ley 2/1995 en lo que se refiere a la constitución y requisitos formales de la Comisión promotora de la iniciativa legislativa popular, y también excluye de la iniciativa legislativa popular, más allá de lo previsto por la ley 2/1995, todas aquellas materias que no sean de competencia exclusiva de Cataluña.

CUESTIONES TEÓRICAS FUNDAMENTALES

Las reservas del art.53.1 y 81.1 CE y las remisiones específicas a la ley
La función de las reservas de ley relativas a derechos fundamentales. La colaboración internormativa
Derecho al rango y derechos de configuración legal
El legislador del desarrollo de los derechos fundamentales: la ley orgánica

El legislador del ejercicio de los derechos: la ley estatal y la ley autonómica
El art. 149.1.1 CE y las condiciones básicas de garantía de la igualdad en el disfrute de los derechos fundamentales
Decretos legislativos y decretos-ley

NORMATIVA A ESTUDIAR
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Constitución Española .
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Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa popular
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Ley 2/1995, de 23 de marzo, de la Generalitat de Cataluña, de iniciativa legislativa popular

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
- ATC 428/1989 , FF. JJ. 2º-4º
- STC 137/1986 . F,J. 3º
- STC 76/1994 , F.J. 3º
- STC 173/1998 , FF. JJ. 6º-9º

BIBLIOGRAFÍA
- F. Bastida, I. Villaverde, P. Requejo, M. Presno, B. Aláez e I. F. Sarasola, Teoría general de los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978, , Edit. Tecnos, 2004. Cap. 7.

Preguntas Test autoevaluación

1. La iniciativa legislativa popular, incluida la de ámbito autonómico, es una conducta

a) no forma parte de ningún derecho fundamental, dado que se encuentra regulada en el art. 87 CE

b) forma parte del derecho a la dignidad de la persona, en el que se ubican las conductas libre no encuadradas expresamente en otros derechos fundamentales

c) forma parte del objeto del derecho a participar directamente en los asuntos públicos (art. 23 CE)

d) forma parte del derecho a participar en los asuntos públicos a través de representantes (art. 23 CE)

2. En la medida en que se entienda que la edad de ejercicio de la iniciativa popular de ámbito autonómico es un elemento esencial del derecho de participación en los asuntos públicos

a) su determinación debe realizarla únicamente la ley orgánica del Estado

b) su determinación podrá realizarse por ley del Estado o por ley catalana.

c) Su determinación sólo podrá realizarse por ley orgánica u ordinaria del Estado

d) su determinación sólo podrá realizarla la ley catalana.

3. En la medida en que se entienda que la edad de ejercicio de la iniciativa popular de ámbito autonómico es sólo un elemento temporal del ejercicio de los derechos fundamentales,

a) su concreción corresponde únicamente a la ley orgánica del Estado

b) su concreción corresponde exclusivamente a la ley ordinaria del Estado

c) su concreción corresponde principalmente a la ley catalana

d) su concreción corresponde exclusivamente a la ley del Estado

4. El Decreto-Legislativo catalán,

a) es inconstitucional porque los Decretos legislativos no pueden regular ningún aspecto de los derechos fundamentales

b) es inconstitucional, además de ultra vires, únicamente en lo que respecta a la regulación de nuevas materias excluidas de la iniciativa legislativa popular

c) puede regular cualquier aspecto de los derechos fundamentales en la medida en que exista una delegación legislativa previa

d) puede regular cualquier aspecto de los derechos fundamentales dado que se trata de una norma con rango de ley.

Last modified: Tuesday, 30 December 2008, 4:06 PM